DISPOSICIÓN 39 2021 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO

Síntesis:

SE DEJA SIN EFECTO LA DISPOSICIÓN N° 9/DGDGAS/17 - APROBACIÓN DEL PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO, RENOVACIÓN Y/O CAMBIO DE RUBRO, CADUCIDAD Y RENUNCIA DE PERMISOS DE USO PRECARIO Y GRATUITO DE LOS PUESTOSUBICADOS EN LOS CENTROS DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL (CAM) - 72 MERCADO DE SAN NICOLÁS - AV. CÓRDOBA 1750 - 128 MERCADO DE BELGRANO -  JURAMENTO 2527 - MERCADO GASTRONÓMICO MARCELO T. DE ALVEAR -  CALLE BONPLAND 1660 - FERIAS - 

Publicación:

29/11/2021

Sanción:

19/11/2021

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO


VISTO: Las Ordenanzas Nros. 33.313 y 43.273 (textos consolidados por Ley N°

6.347), la Ley N° 6.292 273 (texto consolidado por Ley N° 6.347), los Decretos Nros.

3.142/89, 463-GCABA/19 y sus modificatorios, las Disposiciones Nros. 9-DGDGAS/17,

23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria 43-GCABA-DGDGAS/19, el Expediente

Electrónico N° EX-2021-35518930-GCABA-DGDGAS, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, contemplándose, entre otros, al Ministerio de Desarrollo

Económico y Producción;

Que mediante Decreto N°463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción a la Dirección General Desarrollo Gastronómico dependiente de la

Subsecretaría de Políticas Gastronómicas, la cual tiene entre sus funciones la de "(...)

Coordinar las actividades y supervisar el funcionamiento de los mercados de servicios

gastronómicos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires";

Que por otra parte, las Ordenanzas Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto Reglamentario

N° 3142/89 conforman el acervo normativo que regula todo lo relativo a los Centros de

Abastecimiento Municipales;

Que, en dicho marco, mediante Disposición N° 9-DGDGAS/17, la entonces Dirección

General Desarrollo Gastronómico aprobó el procedimiento administrativo de solicitud

de permiso de uso sobre los puestos ubicados en los Centros de Abastecimiento

Municipal (CAM) N° 72, sito en Avda. Córdoba N° 1750 y N° 128, sito en la calle

Juramento N° 2527 y el Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear", sito en la calle

Bonpland N° 1660;

Que asimismo, mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N°

43-GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento que rige los Centros de

Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, sito en Avda. Córdoba N° 1750 y N° 128, sito

en la calle Juramento N° 2527 y el Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear", sito

en la calle Bonpland N° 1660;

Que al respecto, la Gerencia Operativa de Mercados y Patios Gastronómicos

dependiente de esta Dirección General, mediante Informe N° IF-2021-34943396-

GCABA-DGDGAS, propicia la aprobación de un nuevo procedimiento de otorgamiento,

renovación, renuncia, cambio de rubro o caducidad de permisos de uso precario y

gratuito sobre los puestos emplazados en los Centros de Abastecimiento Municipal y

Mercados Gastronómicos precitados, a los fines de proveer a la optimización de

recursos, eficacia y eficiencia en dichos trámites mediante la implementación de los

medios digitales con la utilización del TAD (Trámites a Distancia), fijando los requisitos

que estima pertinentes,;

Que en este sentido, resulta pertinente el dictado del presente acto administrativo a los

fines de la aprobación de un nuevo procedimiento de otorgamiento renovación,

renuncia, cambio de rubro o caducidad de permisos de uso precario y gratuito sobre

los puestos ubicados en los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72 y 128,

sito en la Avda. Córdoba N° 1750, y Juramento N° 2527, respectivamente y el

Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear", sito en la calle Bonpland N° 1660,

administrados por la Dirección General Desarrollo Gastronómico de la Subsecretaría

de Bienestar Ciudadano dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción;

Que asimismo, resulta oportuno establecer que todos aquellos permisos de uso

precario y gratuito sobre los puestos ubicados en los distintos Centros de

Abastecimiento Municipal y Mercados Gastronómicos que hayan sido otorgados en

carácter previo al dictado del presente acto administrativo, continúen vigentes hasta su

vencimiento en los mismos términos y condiciones en los que fueran oportunamente

otorgados;

Que, en consecuencia, corresponde asimismo dejar sin efecto la Disposición N° 9-

DGDGAS/17.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DE DESARROLLO GASTRONÓMICO

DISPONE:

Artículo 1°- Déjase sin efecto la Disposición N° 9/DGDGAS/17.

Artículo 2°- Apruébase el procedimiento para el otorgamiento, renovación y/o cambio

de rubro, caducidad y renuncia de permisos de uso precario y gratuito de los puestos

ubicados en los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72 "Mercado de San

Nicolás", sito en Av. Córdoba 1750 N° 128 "Mercado de Belgrano", sito en Juramento

2527 y el Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear", sito en la calle Bonpland

1660, que como Anexo (IF-2021-35525965-GCABA-DGDGAS) forma parte integrante

de la presente.

Artículo 3°- Dispóngase que aquellos permisos de uso precario y gratuito que fueran

otorgados previo al dictado de la presente continuarán vigentes hasta su vencimiento

en los mismos términos y condiciones que fueron otorgados.

Artículo 4°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Notifíquese a las Asociaciones Cooperadoras de los Centros de Abastecimiento

Municipal (CAM) N° 72 "Mercado de San Nicolás" sito en Av. Córdoba 1750 y N° 128

"Mercado de Belgrano" sito en Juramento 2527 y el Mercado Gastronómico "Marcelo

T. de Alvear", sito en la calle Bonpland N° 1660. Para su conocimiento y demás

efectos, comuníquese a la Subsecretaría de Políticas Gastronómicas y a la Dirección

General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción. Cumplido, archívese. Tahier


ANEXOS

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 2° de Disposicion N° 38-DGDGAS/23 establece que los postulantes deberán acompañar la documentación que luce en el Anexo I (IF-2021-35525965-GCABA-DGDGAS), el cual forma parte integrante de la Disposición N° 39-DGDGAS/21, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 81/DGDGAS/22 Declara abierto el procedimiento de convocatoria para ocupar el puesto N° 9 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 72 CAM, Mercado de San Nicolás, dispuesto por la Disposición N° 39/DGDGAS/21.</p><p>Artículo 2°, establece que los/las postulantes deberán acompañar la documentación que especifica el Anexo I que forma parte integrante de la Disposición N° 39/DGDGAS/21.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 9-DGDGAS/22 declara abierta la convocatoria para ocupar los locales comerciales Nros. 24/25 y 71/72/73 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 128 CAM -Mercado de Belgrano, sito en Juramento 2527 , en el marco del Procedimiento aprobado por Disposición 39-DGDGAS/21.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 42/DGDGAS/21 intima a los permisionarios de los Centros de Abastecimiento Municipal, Mercados y Patios Gastronómicos a que, con fecha límite 21 de diciembre de 2021 inclusive, procedan a constituir un domicilio electrónico, complementado el procedimiento aprobado por la Disposición 39/DGDGAS/21.</p>
COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Disposición 39-DGDGAS/21 aprueba el procedimiento para el otorgamiento, renovación y/o cambio<br />de rubro, caducidad y renuncia de permisos de uso precario y gratuito de los puestos ubicados en los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72 Mercado de San Nicolás, regulada por Disposición 23-DGDGAS/19.</p>
DEROGA
<p>Art. 1 de la Disposición 39-DGDGAS/21 deja sin efecto la Disposición 9/DGDGAS/17.</p>