DISPOSICIÓN 38 2023 DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO

Síntesis:

DECLARA ABIERTA CONVOCATORIA - PARA OCUPAR LOS PUESTOS N° 24/25 - CENTRO DE ABASTECIMIENTO MUNICIPAL N° 128 - CAM - MERCADO DE BELGRANO - TAD - TRÁMITE A DISTANCIA

Publicación:

04/09/2023

Sanción:

30/08/2023

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO GASTRÓNOMICO


VISTO: La Ley N° 6.292, las Ordenanzas Nros 33.313 y 43.273 (textos consolidados

por Ley N° 6.347) los Decretos Nros. 3.142/89, 463/GCABA/19 y 337-GCABA/21 y sus

modificatorios, la Disposiciones Nros. 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N°

43-GCABA-DGDGAS/19 y 39-GCABA-DGDGAS/21 el Expediente Electrónico N° EX-

32104484-GCABA-DGDGAS/23, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de

Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose,

entre otros, al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;

Que por los Decreto N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción a la Dirección General Desarrollo Gastronómico dependiente de la

Subsecretaría de Políticas Gastronómicas;

Que mediante Decreto N° 337-GCABA/21, se creó dentro del ámbito de esta Dirección

General, la Gerencia Operativa de Mercados y Patios Gastronómicos la que posee

entre sus responsabilidades primarias las de "... planificar y administrar la organización

de Mercados Gastronómicos y los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72,

sito en la Avda. Córdoba 1750, y N° 128, sito en la calle Juramento 2527, y el Mercado

Gastronómico Marcelo T. de Alvear, sito en la calle Bonpland 1660 (...) planificar y

elaborar un plan de uso del espacio referido a dichos mercados (...) participar en la

organización de mercados bajo su competencia, y/o reubicados por razones de interés

general...";

Que por su parte, cabe recordar que la regulación de los permisos de uso precario en

los Centros de Abastecimiento Municipal se encuentra normado por las Ordenanzas

Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto Reglamentario N° 3142/89;

Que mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N° 43-

GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento de los Centros de Abastecimiento

Municipal;

Que asimismo, mediante Disposición N° 39-GCABA-DGDGAS/21, se aprobó el

procedimiento para el otorgamiento, renovación y/o cambio de rubro, caducidad y

renuncia de permisos de uso precario y gratuito de los puestos ubicados en los

Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72 "Mercado de San Nicolás", sito en

Av. Córdoba 1750 N° 128 "Mercado de Belgrano", sito en Juramento 2527 y el

Mercado Gastronómico "Marcelo T. de Alvear", sito en la calle Bonpland 1660;

Que sobre el particular, tal como surge del Informe N° IF 31772670-GCABA-

DGDGAS/23, la Gerencia Operativa de Mercados Gastronómicos dependiente de esta

Dirección General, informó que los puestos Nros. 24 y 25 del Centro de

Abastecimiento Municipal (CAM) N° 128 "Mercado de Belgrano", sito en Juramento

2527 de esta Ciudad se encuentran, a la fecha, vacantes y sin ocupación resultando

de suma importancia poder otorgar permisos de uso precario respecto de los

mencionados puestos a los fines que los mismos puedan explotarse comercialmente,

lo que implicaría un beneficio para el funcionamiento del Mercado de Belgrano;

Que a tales fines, esta Dirección General entiende oportuno abrir la convocatoria a fin

de ocupar los puestos N° 24 y 25 del Centro de Abastecimiento Municipal N° 128

(CAM) "Mercado de Belgrano", los que cuentan con una superficie de 24.7 m2 e

instalación eléctrica. debiendo los postulantes a ocupar los locales, acompañar la

documentación que luce en el Anexo I (IF-2021-35525965-GCABA-DGDGAS), el cual

forma parte integrante de la Disposición N° 39-GCABA-DGDGAS/21;

Que por lo expuesto corresponde el dictado del presente acto administrativo iniciando

el procedimiento de otorgamiento de permisos de uso precario previstos;

Por ello y en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR GENERAL

DESARROLLO GASTRONÓMICO

DISPONE:

Artículo 1°.- Declárase abierta la convocatoria para ocupar los puestos N° 24/25 del

Centro de Abastecimiento Municipal N° 128 (CAM) "Mercado de Belgrano", sito en

Juramento 2527 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Establécese que los postulantes deberán acompañar la documentación

que luce en el Anexo I (IF-2021-35525965-GCABA-DGDGAS), el cual forma parte

integrante de la Disposición N° 39-GCABA-DGDGAS/21, dentro de los diez (10) días

hábiles contados a partir de la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Establécese que la documentación mencionada en el artículo anterior será

recibida a través del sistema TAD "Trámite a Distancia".

Artículo 4°.- Difúndase el presente acto en la cartelera del Centro de Abastecimiento

Municipal N° 128 (CAM) "Mercado de Belgrano" por el plazo de diez (10) días hábiles

contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires.

Artículo 5°.- Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires y notifíquese el presente acto a la Asociación Cooperadora del "Mercado

de Belgrano". Para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Subsecretaría

de Políticas Gastronómicas y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal

del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Tahier

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 40-DGDGAS/23 prorroga por el plazo de diez (10) días hábiles la convocatoria a concurso para ocupar los puestos comerciales N° 24 y 25 del del Centro de Abastecimiento Municipal CAM N° 128 -”Mercado de Belgrano” sito en Juramento 2527 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocado mediante Disposición N° 38-DGDGAS/23.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 2° de Disposicion N° 38-DGDGAS/23 establece que los postulantes deberán acompañar la documentación que luce en el Anexo I (IF-2021-35525965-GCABA-DGDGAS), el cual forma parte integrante de la Disposición N° 39-DGDGAS/21, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.</p>