DISPOSICIÓN 85 2022 DIRECCION GENERAL CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES
Síntesis:
ESTABLECE - CONDICIONES - ACREDITACIÓN DE SUPERVIVENCIA - MODALIDAD PRESENCIAL - BENEFICIARIOS DE SUBSIDIOS - INCENTIVOS - GRATIFICACIONES - PREMIOS - O CUALQUIER OTRO BENEFICIO DINERARIO QUE NO CONSTITUYA PAGO DE REMUNERACIÓN U HONORARIOS DEBIDOS POR SERVICIOS PRESTADOS - DIRECCIÓN GENERAL DE CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES - GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS PREVISIONALES - PROCEDIMIENTO - TRÁMITES
Publicación:
08/11/2022
Sanción:
03/11/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES
VISTO: El Decreto N° 266/09, la Resolución 1067-GCABA-SSGRH/22, el Expediente
Electrónico N° 39388200-GCABA-DGCLAP/22, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 266/09 se estableció la obligación de acreditar el certificado
de supervivencia a los beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones, premios o
cualquier otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u
honorarios debidos por servicios prestados;
Que el Decreto mencionado precedentemente estableció que dicho certificado debe
ser presentado con una periodicidad de seis (6) meses, durante los meses de junio y
diciembre de cada año;
Que a tal fin, mediante Resolución N° 1067-GCABA-SSGRH/22 se aprobó el
procedimiento para la acreditación de supervivencia, por parte de los sujetos
alcanzados por los términos del Decreto mencionado;
Que mediante el Artículo 3° del Anexo I a dicha Resolución, se brinda a los sujetos
beneficiarios, la opción de acreditar supervivencia mediante la modalidad presencial, a
través de su huella digital, debiendo proceder a registrar la misma a dichos fines;
Que en tal sentido, se instruyó a la Dirección General Concursos, Legales y Asuntos
Previsionales, determinar el lugar, días y horarios establecidos para que, quienes
optaren por acreditar supervivencia mediante la modalidad descripta en el párrafo que
antecede, pudieren proceder a registrar y/o acreditar su huella digital;
Que atento lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 1067-GCABA-
SSGRH/22,
Artículo 1°.- Establecer que los sujetos alcanzados por los términos del art. 1° del
Decreto N° 266/09, que optaren por acreditar la supervivencia del mes de Diciembre
de 2022, mediante la modalidad presencial fijada en el artículo 3° del Anexo I a la
Resolución N° 1067-GCABA-SSGRH/22, deberán hacerlo teniendo en consideración
lo siguiente:
a. Requisitos: Concurrir munidos de su Documento Nacional de Identidad.
b. Dirección: Oficinas del GCABA sitas en Av. Martín García N° 364, PB.
c. Días y horarios: Lunes a Jueves, en días hábiles, en el horario de 10:00 a 14:00 hs.,
respetando lasiguiente distribución:
Artículo 2°.- Establecer que para la gestión del presente trámite, se podrán remitir
consultas a la Gerencia Operativa de Asuntos Previsionales, dependiente de esta
Dirección General, a la siguiente casilla de correo electrónico:
supervivenciagcba@buenosaires.gob.ar.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos comunicar a la Gerencia Operativa Asuntos
Previsionales, dependiente de esta Dirección General, y a la Dirección General
Planificación y Control Operativo, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de
Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Seco