DISPOSICIÓN 85 2022 DIRECCION GENERAL CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES

Síntesis:

ESTABLECE - CONDICIONES - ACREDITACIÓN DE SUPERVIVENCIA - MODALIDAD PRESENCIAL - BENEFICIARIOS DE SUBSIDIOS - INCENTIVOS -  GRATIFICACIONES - PREMIOS - O CUALQUIER OTRO BENEFICIO DINERARIO QUE NO CONSTITUYA PAGO DE REMUNERACIÓN U HONORARIOS DEBIDOS POR SERVICIOS PRESTADOS - DIRECCIÓN GENERAL DE CONCURSOS  LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES - GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS PREVISIONALES - PROCEDIMIENTO - TRÁMITES

Publicación:

08/11/2022

Sanción:

03/11/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL CONCURSOS LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES


VISTO: El Decreto N° 266/09, la Resolución 1067-GCABA-SSGRH/22, el Expediente

Electrónico N° 39388200-GCABA-DGCLAP/22, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 266/09 se estableció la obligación de acreditar el certificado

de supervivencia a los beneficiarios de subsidios, incentivos, gratificaciones, premios o

cualquier otro beneficio dinerario que no constituya pago de remuneración u

honorarios debidos por servicios prestados;

Que el Decreto mencionado precedentemente estableció que dicho certificado debe

ser presentado con una periodicidad de seis (6) meses, durante los meses de junio y

diciembre de cada año;

Que a tal fin, mediante Resolución N° 1067-GCABA-SSGRH/22 se aprobó el

procedimiento para la acreditación de supervivencia, por parte de los sujetos

alcanzados por los términos del Decreto mencionado;

Que mediante el Artículo 3° del Anexo I a dicha Resolución, se brinda a los sujetos

beneficiarios, la opción de acreditar supervivencia mediante la modalidad presencial, a

través de su huella digital, debiendo proceder a registrar la misma a dichos fines;

Que en tal sentido, se instruyó a la Dirección General Concursos, Legales y Asuntos

Previsionales, determinar el lugar, días y horarios establecidos para que, quienes

optaren por acreditar supervivencia mediante la modalidad descripta en el párrafo que

antecede, pudieren proceder a registrar y/o acreditar su huella digital;

Que atento lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 1067-GCABA-

SSGRH/22,

LA DIRECTORA GENERAL

DE CONCURSOS, LEGALES Y ASUNTOS PREVISIONALES

DISPONE:

Artículo 1°.- Establecer que los sujetos alcanzados por los términos del art. 1° del

Decreto N° 266/09, que optaren por acreditar la supervivencia del mes de Diciembre

de 2022, mediante la modalidad presencial fijada en el artículo 3° del Anexo I a la

Resolución N° 1067-GCABA-SSGRH/22, deberán hacerlo teniendo en consideración

lo siguiente:

a. Requisitos: Concurrir munidos de su Documento Nacional de Identidad.

b. Dirección: Oficinas del GCABA sitas en Av. Martín García N° 364, PB.

c. Días y horarios: Lunes a Jueves, en días hábiles, en el horario de 10:00 a 14:00 hs.,

respetando lasiguiente distribución:

Artículo 2°.- Establecer que para la gestión del presente trámite, se podrán remitir

consultas a la Gerencia Operativa de Asuntos Previsionales, dependiente de esta

Dirección General, a la siguiente casilla de correo electrónico:

supervivenciagcba@buenosaires.gob.ar.

Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos comunicar a la Gerencia Operativa Asuntos

Previsionales, dependiente de esta Dirección General, y a la Dirección General

Planificación y Control Operativo, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de

Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archivar. Seco

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1  de la Disposición 85-DGCLAP/22 establece lo que deberán considerar los sujetos alcanzados por los términos del art. 1 del Decreto 266/09, que optaren por acreditar la supervivencia del mes de Diciembre de 2022, mediante la modalidad presencial fijada en el artículo 3° del Anexo I a la Resolución N° 1067-GCABA-SSGRH/22. </p>
COMPLEMENTA
<p>Artículo 1  de la Disposición 85-DGCLAP/22 establece lo que deberán considerar los sujetos alcanzados por los términos del art. 1 del Decreto 266/09, que optaren por acreditar la supervivencia del mes de Diciembre de 2022, mediante la modalidad presencial fijada en el artículo 3° del Anexo I a la<br />Resolución N° 1067-GCABA-SSGRH/22. </p>