DISPOSICIÓN 1487 2022 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

Síntesis:

ESTABLECE - CUADRO DE ASIMILACIÓN - CÓDIGO URBANÍSTICO - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - CUADRO DE USOS DEL SUELO N° 3.3 SE CONSIGNAN LAS CATEGORÍAS DESCRIPCIONES Y RUBROS

Publicación:

14/11/2022

Sanción:

07/07/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA


VISTO: El Código Urbanístico aprobado por la Ley N° 6.099 y su modificatoria Ley N°

6.361, el Expediente Electrónico N° EX-2022-23208264- -GCABA-DGIUR, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.099 -modificada por la Ley N° 6.361-, se aprobó el Código

Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estableciendo un Cuadro de

Usos del Suelo en el que se consignan los usos permitidos y las restricciones que

condicionan los mismos, los factores de ocupación del suelo, y los requerimientos de

estacionamiento y lugar para carga y descarga, según correspondiera a las distintas

áreas en que se subdivide la Ciudad;

Que el artículo 1.1.2 del Código Urbanístico indica que el mismo tiene como objeto

ordenar "...el ejido, los usos del suelo y las cargas públicas, incluyendo los espacios

públicos y privados y las edificaciones que en éstos se desarrollen, considerando las

condiciones ambientales, morfológicas y funcionales de la Ciudad en su totalidad..."

disponiendo en su "Título 3. Normas de uso del suelo 3.1. Usos del Suelo Urbano y su

Clasificación" que los usos del suelo se clasifican y nomenclan según su mixtura en

cuatro Áreas de Mixturas de Usos;

Que asimismo, en su artículo 3.1. "Usos del Suelo Urbano y su Clasificación del

Código Urbanístico" se establece que: "Los Usos del Suelo se orientan por el principio

de Ciudad Diversa del Plan Urbano Ambiental. Los Usos se clasifican y nomenclan

según su mixtura en cuatro Áreas de Mixturas de Usos. El grado de Mixtura de Usos

guarda relación con las densidades y características propuestas para las diferentes

clasificaciones de edificabilidad establecidas en el Título 6 del presente Código. La

intensidad de usos se regula en función de los metros cuadrados y de las

características del entorno. En relación a las características del área de localización,

conjuntamente con los organismos competentes, se debe regular la saturación de

usos. (...) En el Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,

Descripciones y Rubros, así como las restricciones que condicionan los mismos y a los

requerimientos de estacionamiento, bicicleta, carga y descarga, según corresponda a

las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad.";

Que por su parte, la modificación del Código Urbanístico, en su artículo 3.3.2. Cuadro

de Usos del Suelo N ° 3.3. del C.U. indica que "Cualquier uso que se desarrolle en la

Ciudad debe estar incluido en alguna de las Categorías, Descripciones o Rubros del

presente Cuadro de Usos del Suelo" y dispone del cuadro que ordena dichos usos;

Que esta Dirección General de Interpretación Urbanística recibe diversas consultas

tanto de particulares como de otras reparticiones de gobierno, cuya temática motiva el

dictado de la presente;

Que en tal sentido, a fin de dar celeridad a los procedimientos administrativos,

corresponde dictar el acto administrativo que establezca el "Cuadro de asimilación del

Código Urbanístico Ley 6.099 y su modificación Ley 6.361".

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

DISPONE:

Artículo 1°.- Establécese el "Cuadro de asimilación del Código Urbanístico Ley 6.099 y

su modificación Ley 6.361" que como Anexo I (IF-2022-22194056-GCABA-DGIUR)

forma parte integrante de la presente Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a la Gerencia Operativa de Usos del Suelo, a la Gerencia Operativa de

Obras de la Dirección General de Registros de Obras y Catastro, a la Dirección

General de Registros de Obras y Catastro, a la Subsecretaría de Gestión Urbana, a la

Dirección General de Evaluación Ambiental y a la Presidencia de la Agencia de

Protección Ambiental, a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y a

Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control. Cumplido, archívese.

Tuya


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6500

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Art. 1 de la Disposición N° 1487/DGIUR/22 aprueba el Cuadro de asimilación del Código Urbanístico Ley N° 6099 correspondiente al Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3.</p>