DISPOSICIÓN 1321 2022 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Síntesis:
AUTORIZA - FUNCIONAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE INTERÉS SOCIAL VOCES DEL SUR - FIIS - PLAZA COLOMBIA, ENTRE LA CALLE PINZÓN Y LA AV. MONTES DE OCA - PLAZA IRALA, ENTRE LA CALLE IRALA Y TOMAS LIBERTI - BARRIO BARRACAS - COMUNA 4 - DIRECCIÓN GENERAL DE CONSERVACIÓN DEL PAISAJE URBANO
Publicación:
23/11/2022
Sanción:
18/11/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
VISTO: Ley N° 6.292, Decretos Nro. 1086-GCABA/93, 463-GCABA/19, 49-GCABA/21
y N° 366- GCABA/22, Resolución N° 3-SSPE/93, Disposiciones N° 754-DGFER/17 y
137-DGFER/19, 1064- DGCDPU/22, y expediente electrónico N° 41015482-GCABA-
DGCDPU/22, y
CONSIDERANDO:
Que, la ley N° 6.292 Ley de Ministerios establece que el Ministerio de Espacio Público
e Higiene Urbana entiende en políticas de mejora, mantenimiento, incremento y puesta
en valor del espacio público, en lo relativo al uso del espacio público por parte de
terceros y en políticas de regulación y control de ferias y mercados;
Que, el Decreto 463-GCABA/19 y sus modificatorios, establecen entre las
responsabilidades primarias de la Dirección General de Conservación del Paisaje
Urbano, dependiente de la Subsecretaría de Paisaje Urbano, las de "diseñar políticas
de regulación, registro, fomento, coordinación y fiscalización de la actividad de ferias y
mercados y comercios callejeros", y "de promover el desarrollo y puesta en valor de
ferias y mercados", "administrar el Registro Único de Permisionarios y el
fortalecimiento de la identidad ciudadana en espacio público";
Que, el Decreto 49-GCABA/21 modificatorio de las responsabilidades primarias,
establece para la Gerencia Operativa Mercados las de "planificar, administrar y
supervisar la organización (...) de las Ferias Itinerantes de Interés Social (FIIS)";
Que, el Decreto 1086-GCABA/93 establece "autorízase la instalación de las Ferias
itinerantes de Interés Social en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en los lugares
a definir por la (entonces) Subsecretaría de Servicios Públicos", estableciendo su
reglamentación a través de la Resolución N° 3-SSPE/93 de la Subsecretaría de
Planeamiento Estratégico;
Que, por medio el Decreto N° 196-GCABA/17, se autorizó el funcionamiento la Feria
del Barrio 31 y 31 bis, siendo reglamentado su funcionamiento por la Disposición N°
658-DGFER/2017;
Que, mediante la Disposición N° 137-DGFER/2019 se han aprobado los Rubros
autorizados para actividades reguladas por la entonces Dirección General de Ferias;
Que, a través la Disposición N° 1064-DGCDPU/22 se ha autorizado el funcionamiento
de la Feria Itinerante de Interés Social (FIIS) "Voces del Sur" en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, asimismo la Disposición N° 754-DGFER/17, instrumenta la inscripción en los
Registros de Postulantes a través de la plataforma TAD (trámites a distancia);
Que por medio de la Comunicación Oficial N° 41010004-DGCDPU/22 se informó a la
Junta Comunal N° 4 del nuevo emplazamiento de la Feria Itinerante Interés Social;
Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados por IF N°
41011963-DGCDPU/22 solicita y presta conformidad a autorizar nuevos
emplazamientos de FIIS "VOCES DEL SUR" para los días 19 y 20 de noviembre de
2022 en el Barrio de Barracas;
Por ello en uso de facultades que le son propias,
Artículo. 1°.- Autorízase el funcionamiento de la Feria Itinerante de Interés Social
(FIIS)"Voces del Sur", conforme detalle obrante en el Anexo (IF-2022-41011985-
GCABA-DGCDPU), que forma parte integrante de la presente, de acuerdo a los
considerandos de la presente.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido,archívese. Palacio