DISPOSICIÓN 1064 2022 DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Síntesis:
SE AUTORIZA - FUNCIONAMIENTO - FERIA DE INTERÉS SOCIAL - VOCES DEL SUR - AVENIDA MONTES DE OCA Y PINZÓN - PLAZA COLOMBIA - BARRACAS - COMUNA 4 - SÁBADO 3 Y DOMINGO 4 DE SEPTIEMBRE - DE 10 A 18 HS - DIRECCION GENERAL DE CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
Publicación:
21/09/2022
Sanción:
31/08/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL CONSERVACION DEL PAISAJE URBANO
VISTO: Ley N° 6.292, Decretos Nro. 1086/93, 463/19 y 49/21, Resolución N° 3-
SSPE/93, Disposiciones N° 754-DGFER/17 y 137-DGFER/19, Expediente Electrónico
N°31239174 -GCBA-DGCDPU/22;
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 6.292 Ley de Ministerios establece que el Ministerio de Espacio Público
e Higiene Urbana entiende en políticas de mejora, mantenimiento, incremento y puesta
en valor del espacio público, en lo relativo al uso del espacio público por parte de
terceros y en políticas de regulación y control de ferias y mercados;
Que el Decreto 463/19 y sus modificatorios establecen entre las responsabilidades
primarias de la Dirección General de Conservación del Paisaje Urbano "diseñar
políticas de regulación, registro, fomento, coordinación y fiscalización de la actividad
de ferias y mercados y comercios callejeros", y "de promover el desarrollo y puesta en
valor de ferias y mercados", "administrar el Registro Único de Permisionarios y el
fortalecimiento de la identidad ciudadana en espacio público";
Que el Decreto 49/21 modificatorio de las Responsabilidades Primarias, establece
para la Gerencia Operativa Mercados planificar, administrar y supervisar la
organización de las Ferias Itinerantes de Interés Social (FIIS);
Que el Decreto 1086/93 establece "autorízase la instalación de las Ferias itinerantes
de Interés Social en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en los lugares a definir
por la (entonces) Subsecretaría de Servicios Públicos", estableciendo su
reglamentación a través de la Resolución N° 3-SSPE/93 de la Subsecretaría de
Planeamiento Estratégico;
Que a través del Decreto N° 196/17, se creó la Feria de Barrio 31 y 31 bis, siendo
reglamentado su funcionamiento por la Disposición N° 658-DGFER/2017;
Que a través de la Disposición N° 137-DGFER/2019 se han aprobado los Rubros
autorizados para actividades reguladas por la entonces Dirección General de Ferias;
Que en dicha normativa para las Ferias de Interés Social se ha previsto la venta de
alimentos para mascotas, antigüedades, bijouterie, calzado, feria americana, ferretería,
frutihortícola, granja indumentaria, juguetería, lácteos y almacén, librería y juguetería,
limpieza y bazar, marroquinería. mercería, panadería, pañalera, peluquería,
pescadería, plantas, regalería, reparación de electrodomésticos, revistas y libros
usados, zapatería, y cualquier otro rubro que en el futuro la autoridad de aplicación
considere pertinente;
Que en el ámbito de la ex Dirección General de Ferias, se dictó la Disposición N° 754-
DGFER-2017, incorporando al sistema TAD los trámites de postulación para las ferias
de su competencia, con carácter opcional;
Que se han realizado relevamientos por parte de la Gerencia Operativa de Mercados
en cuanto a la necesidad de autorizar un nuevo emplazamiento para ofrecer productos
a precios bajos fomentando la inserción laboral de los postulantes para la FIIS "Voces
del sur" con el fin de promover y acompañar proyectos productivos y la creación un
nuevo emplazamiento de las Ferias de Interés Social en el espacio público;
Que teniendo como antecedentes históricos a las Ferias Itinerantes de Interés Social
(FIIS) y a la Feria de Interés social del Barrio 31 y 31 bis, dicha Gerencia Operativa ha
tomado intervención propiciando nuevos emplazamiento;
Que mediante No-2022-30975891-DGCDPU se le informo a la comuna 4 del
emplazamiento de la Feria Itinerante de Interés Social "Voces del Sur";
Que ha tomado debida intervención la Gerencia Operativa Mercados propiciando el
presente trámite a través del Informe N° -31237510DGCDPU/22;
Por ello en uso de facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Autorízase el funcionamiento de la Feria de Interés Social "Voces del sur"
en el emplazamiento conforme detalle obrante en Anexo IF-2022-31237652-GCABA-
DGCDPU, que forma parte integrante de la presente, de acuerdo a los considerandos
vertidos ut supra.
Artículo 2°.- Extendiénse los alcances del régimen normativo contenido en la
Disposición N° 658-DGFER/2017, modificada parcialmente por Disposición N° 137-
DGFER/2019 a la Feria de Interés Social "Voces del Sur
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese Sallaberry