DISPOSICIÓN 548 2025 DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
Síntesis:
AUTORIZA - EMPLAZAMIENTO - FERIA ITINERANTE DE INTERÉS SOCIAL - VOCES DEL SUR - SÁBADO 1 Y 15 DE MARZO - ESTACIÓN BUENOS AIRES - SÁBADO 8 Y 22 DE MARZO - PLAZA ISLAS MALVINAS - Y DOMINGO 9 DE MARZO - PARQUE PEREYRA - DIRECCIÓN GENERAL PERMISOS Y FERIAS - SUBSECRETARÍA ORDENAMIENTO URBANO
Publicación:
27/02/2025
Sanción:
24/02/2025
Organismo:
DIRECCION GENERAL PERMISOS Y FERIAS
VISTO: la Ley Nro. 6.684, los Decretos Nros. 1086/93, 387/23, 91/24, 246/24 y 152/24,
la Resolución Nro. 3-SSPE/93, la Disposición Nro. 1.064-DGCDPU/22, y el Expediente
Nro. 08938902-GCABA-DGPF/25, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades
primarias de entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando
estrategias y diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como
entender en lo relativo al uso del espacio público;
Que, mediante Decreto N° 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano;
Que, asimismo por los Decretos Nros. 91/24 y 246/24, se modificó la estructura
orgánica funcional del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, asignando a la Dirección General Permisos y
Ferias dependiente de la Subsecretaría Ordenamiento Urbano, las responsabilidades
primarias para " Planificar, administrar y supervisar la organización de las las Ferias
Itinerantes de Interés Social (FIIS), en coordinación con las áreas competentes en
caso de corresponder (...);
Que, el Decreto N° 1086/93 establece "Autorízase la instalación de las Ferias
Itinerantes de Interés Social en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, en los lugares
a definir por la (entonces) Subsecretaría de Servicios Públicos", estableciendo su
reglamentación a través de la Resolución N° 3-SSPE/93 de la Subsecretaría de
Planeamiento Estratégico;
Que, a través la Disposición N° 1.064-DGCDPU/22 se ha autorizado el funcionamiento
de la Feria Itinerante de Interés Social "Voces del Sur" en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, mediante Comunicación Oficial N° 08950191 -DGPF/25 se informó a la Junta
Comunal N° 4 de los nuevos emplazamiento de la Feria Itinerante de Interés Social
"Voces del Sur";
Que, el horario de funcionamiento de la feria será a partir de las 15hs hasta las 20 hs
contemplando el armado dos horas antes del horario de inicio de la feria y el
desarmado dos horas posterior al cierre de la feria;
Que, deviene imperioso autorizar dichos emplazamientos de las Ferias Itinerantes de
Abastecimiento Barrial, a fin de evitar grandes desplazamientos y ofrecer productos de
calidad y variados, en nuevos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en virtud de lo antes señalado, la Gerencia Operativa Mercados mediante
Informe N° 08950727-DGPF/25 solicita y presta conformidad a autorizar nuevos
emplazamientos de la Feria Itinerante de Interés Social "Voces del Sur" para sábado 1
y 15 de marzo en estación Buenos Aires, el sábado 8 y 22 de marzo en Plaza Islas
Malvinas y el domingo 9 de marzo en Parque Pereyra.
Por ello, en el uso de las facultades que le son propias por el Decreto 152/24,
Artículo 1°.- Autorizar los emplazamientos de la Feria Itinerante de Interés Social
"Voces del Sur" para sábado 1 y 15 de marzo en estación buenos Aires, el sábado 8 y
22 de marzo en Plaza Islas Malvinas y el domingo 9 de marzo en Parque Pereyra.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las notificaciones
correspondientes. Cumplido, archívese. Fiore