DISPOSICIÓN 658 2017 DIRECCION GENERAL FERIAS
Síntesis:
SE AUTORIZA - MARCO NORMATIVO - FUNCIONAMIENTO DE LA FERIA DE INTERÉS SOCIAL N° 31 - DIRECCIÓN GENERAL FERIAS - REGISTRO DE POSTULANTES - PERMISIONARIOS - CREACION - REGISTRO DE INVITADOS AUTORIZADOS - ARMADO DE LAS FERIAS - EMPLAZAMIENTO - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PERMISIONARIOS - ASISTENCIA - CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS - PASES - RUBROS - MODIFICACIÓN DE RUBRO - CUERPO DE DELEGADOS - RÉGIMEN DE SANCIONES - BAJA EN EL REGISTRO DE PERMISIONARIOS - NORMAS ESPECÍFICAS
Publicación:
21/09/2022
Sanción:
19/07/2017
Organismo:
DIRECCION GENERAL FERIAS
VISTO: la Ley 5.460 y modificatoria Ley N° 5.503, la Ley N° 3343, los Decretos
N°363/15 y modificatorio 208/17,N° 77/17 y N° 196/17, IF 16658249/2017 DGFER; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.460 y modificatoria Ley N° 5.503, se sancionó la Ley de Ministerios
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobándose las funciones del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que el Decreto 363/15 y modificatorios aprobó la estructura orgánico funcional del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N°
208/2017, los objetivos y responsabilidades primarias de la Dirección General Ferias,
dependiente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de
Ambiente y Espacio Público;
Que, la Ley N° 3.343 prescribe la urbanización del polígono correspondiente a la "Villa
31" y a la "Villa 31 bis", comprendido entre las Calle 4, vías del Ferrocarril General San
Martin, prolongación virtual de la Avenida Pueyrredón, Calle 9, Avenida Pte. Ramón S.
Castillo y prolongación virtual de la Avenida Gendarmería Nacional de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que el Decreto N° 77/17 se ratifica la designación de la funcionaria Scauzillo, Paula
Valeria efectuada por Decreto N° 51/16, de forma que, según la nueva estructura del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público, establecida por Decreto N° 675/16, queda a
cargo de la Dirección General de Ferias. A partir del 1° de enero de 2017;
Que el Decreto N° 196/17 aprueba en su Artículo 1°: ..."la instalación de la Feria de
Interés Social N°31, en el ámbito de los asentamientos habitacionales denominados
"Villa 31" y "Villa 31Bis" de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires"...;
Que el Decreto N° 196/17 indica en su Artículo 2° ..." Establécese que la Dirección
General Ferias, dependiente de la Subsecretaria de Uso del Espacio Público, del
Ministerio de Ambiente y Espacio Público, o el organismo que en futuro la reemplace,
es la autoridad de Aplicación del presente Decreto, facultándola a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para para su
aplicación"...;
Que las normas citadas en el Visto, autorizan a reglamentar y delegan las
competencias específicas de autorización, fiscalización y control de la Feria de Interés
Social N°31" a esta Dirección General Ferias;
Que a los fines del correcto funcionamiento resulta oportuno emitir normativa
específica relativa a la organización y operatoria de una Feria de Interés Social sobre
el polígono correspondiente a la "Villa 31" y a la "Villa 31 bis" con el objeto de
garantizar el abastecimiento de productos y continuidad de la cadena comercial a
sectores sociales de menor recursos logrando además una correcta fiscalización por
parte del Gobierno de la Ciudad, para lo que corresponde autorizar el Anexo I para
regular su funcionamiento.
Por ello,
Artículo 1.- Autorízase el ANEXO I IF 16658249/2017 DGFER como marco normativo
para el funcionamiento de la Feria de Interés Social N°31.
Artículo 2.- Dése intervención a la Gerencia Operativa Mercados, que efectuará las
notificaciones correspondientes
Artículo 3.- Cumplido archívese. Scauzillo