DECRETO 196 2017
Síntesis:
AUTORIZA - INSTALACIÓN - FERIA DE INTERÉS SOCIAL NUMERO 31 - ASENTAMIENTOS HABITACIONALES DENOMINADOS VILLA 31 Y 31 BIS - DIRECCIÓN GENERAL FERIAS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN - SUBSECRETARÍA USO DEL ESPACIO PÚBLICO - MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO - ABASTECIMIENTO DE PRODUCTOS - CONTINUIDAD DE LA CADENA COMERCIAL - SECTORES SOCIALES DE MENOR RECURSOS
Publicación:
05/06/2017
Sanción:
31/05/2017
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
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VISTO:
Las Leyes Nros. 3.343, 5.460 (textos consolidados por Ley N° 5.666), los Decretos
Nros. 1.086/MCBA/93, 363/GCBA/15 y modificatorios, la Resolución N° 3/SSPE/93 y el
Expediente Electrónico N° 2017-09290263-DGFER y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 5.460 sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre ellos al Ministerio de Ambiente y
Espacio Público;
Que, el Decreto N° 363/GCBA/15 y modificatorios, aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita de la Subsecretaría Uso del Espacio
Público dependiente del referido Ministerio, a la Dirección General Ferias;
Que, el Decreto N° 1.086/MCBA/93 (B.M. N° 19.595) autorizó la instalación de Ferias
Itinerantes de Interés Social (FIIS) en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires,
designándose a la entonces Dirección General de Comercio como Autoridad de
Aplicación;
Que, a través de la Resolución N° 3/SSPE/93 la entonces Subsecretaría de
Planeamiento Estratégico reglamentó el funcionamiento de las denominadas Ferias
Itinerantes de Interés Social;
Que, la Ley N° 3.343 prescribe la urbanización del polígono correspondiente a la "Villa
31" y a la "Villa 31 bis", comprendido entre las Calle 4, vías del Ferrocarril General San
Martin, prolongación virtual de la Avenida Pueyrredón, Calle 9, Avenida Pte. Ramón S.
Castillo y prolongación virtual de la Avenida Gendarmería Nacional de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que, en el marco de la urbanización establecida por la mencionada Ley N° 3.343, se
prevé la formalización paulatina de la zona mencionada, integrando la misma con el
resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a efectos de dotar a todos los
ciudadanos de los derechos y obligaciones que gozan la totalidad de los vecinos de la
misma;
Que, en virtud de las particularidades y vulnerabilidad socioeconómica de los
asentamientos correspondientes a la "Villa 31" y a la "Villa 31 bis" resulta oportuno
emitir normativa específica relativa a la organización y operatoria de una Feria de
Interés Social sobre el polígono correspondiente a la "Villa 31" y a la "Villa 31 bis" con
el objeto de garantizar el abastecimiento de productos y continuidad de la cadena
comercial a sectores sociales de menor recursos logrando además una correcta
fiscalización por parte del Gobierno de la Ciudad.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Autorízase la instalación de la "Feria de Interés Social N° 31" en el ámbito
de los asentamientos habitacionales denominados "Villa 31" y "Villa 31Bis" de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los lugares a definir por la Dirección General
Ferias.
Artículo 2°.- Establécese que la Dirección General Ferias, dependiente de la
Subsecretaría Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público o
el organismo que en el futuro la reemplace, es la Autoridad de Aplicación del presente
Decreto, facultándola a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas
que fueren necesarias para su aplicación.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Ambiente y
Espacio Público y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Subsecretaría Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y
Espacio Público y a la Agencia Gubernamental de Control y para su conocimiento y
demás efectos pase a la Dirección General Ferias. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ
LARRETA - Macchiavelli - Miguel