LEY 6579 2022

Síntesis:

MODIFICACIÓN - CÓDIGO URBANISTICO - LEY 6099 - ESTADIO DIEGO ARMANDO MARADONA DE LA ASOCIACIÓN ATLÉTICA ARGENTINOS JUNIORS - ÁREAS ESPECIALES INDIVIDUALIZADAS - PROYECTO DE REFORMA EDILICIA - ARBOLADO PÚBLICO - ÁRBOLES

Publicación:

23/11/2022

Sanción:

03/11/2022

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

18/11/2022


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Sustitúyese el Artículo 1.6.89 EE-95 Estadio Diego Armando Maradona de

la Asociación Atlética Argentinos Juniors del Anexo II "Áreas Especiales

Individualizadas", del Código Urbanístico por el texto que como Anexo I forma parte

integrante de la presente Ley.

Art. 2°.- El proyecto de la reforma edilicia del estadio Diego Armando Maradona

deberá respetar el arbolado público existente en las calles San Blas, Gavilán, Boyacá

y Juan Agustín García, de conformidad al Artículo 7.2.7.2 del Código Urbanístico y a la

Ley 3263 sobre Arbolado Público Urbano, o la que en el futuro la reemplace.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi


ANEXOS

ANEXO

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Ley N° 6579 sustituye el Art. 1.6.89. EE-95 Estadio Diego Armando Maradona de la Asociación Atlética Argentinos Juniors del Anexo II “Áreas Especiales Individualizadas”, del Código Urbanístico aprobado por Ley 6099.</p>
PROMULGADA POR