DISPOSICIÓN 92 2022 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
APRUEBA - PROGRAMACIÓN DE CONTENIDOS - FIESTA ABASTO 2022 - PROGRAMA ABASTO BARRIO CULTURAL - FIESTA ABASTO PRIMAVERA - 2022 - 8 DE DICIEMBRE DE 2022 - ESCENARIOS - ESCENARIO ESCALINATAS DEL ABASTO - AGÜERO ESQUINA GUARDIA VIEJA - ESCENARIO PASTILLA - AGÜERO ESQUINA HUMAHUACA - ESCENARIO PISTA DE BAILE - ZELAYA ALTURA 3150 - ESCENARIO ZELAYA - JEAN JAURES ESQUINA ZELAYA - VECINAS - VECINOS - VISITANTES - DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO - MINISTERIO DE CULTURA
Publicación:
24/11/2022
Sanción:
23/11/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: El Decreto 463-GCABA/19 y modificatorios; las Resoluciones N.° 2940-
MCGC/21 y N.° 2011-MCGC/22; las Disposiciones Nros. 33-GCABA-DGPSE/22 y 52-
GCABA-DGPSE/22; el Expediente Electrónico N° 23263744-GCABA-DGPSE/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N.° 463-GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, asignando a la Dirección General de Planificación y Seguimiento bajo la
órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus responsabilidades
primarias las de "coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados
del ámbito cultural", entre otras;
Que mediante la Resolución N.° 2940-MCGC/21 oportunamente se creó el Programa
"Abasto Barrio Cultural - Abasto Abierto", con el objetivo de fomentar la actividad
cultural e identidad del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, en todas sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de
artistas, creadores y gestores en el marco de la pandemia por el virus COVID-19
(Coronavirus) hacia esquemas en transición gradual hacia la plena presencialidad en
observancia de los protocolos de emergencia sanitaria vigentes en el futuro;
Que por la Resolución N.° 2011-MCGC/2022 se modificó la denominación del citado
Programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año
2022;
Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y
Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para
instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución
de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances
programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas
necesarias para su implementación;
Que mediante Disposición 33-GCABA-DGPSE/22, la Dirección General Planificación y
Seguimiento impulsó la realización de la convocatoria FIESTA ABASTO 2022, en el
marco del Programa "Abasto Barrio Cultural", convocando a los Espacios Culturales
radicados en el Barrio del Abasto a presentar propuestas de actividades y/o
espectáculos artístico-culturales en espacios públicos equipados a tal fin por el
Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires, con el objeto de fomentar y
fortalecer la producción del barrio;
Que mediante Disposición 52-GCABA-DGPSE/22 y su Anexo (N.° DI-2022-32740183-
GCABA-DGPSE) se aprobó la nómina de espacios culturales seleccionados en el
marco de la referida convocatoria;
Que atenta la época del año en curso, las actividades seleccionadas por la
convocatoria precedentemente mencionada se realizarán bajo la denominación "Fiesta
Abasto Primavera";
Que resulta ahora oportuno invitar a los vecinos, vecinas y visitantes de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires a participar de forma libre y gratuita de las actividades
detalladas en la programación de contenidos que se detalla en el Anexo que forma
parte integrante de la presente Disposición;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la programación de contenidos correspondiente a la
convocatoria ëFiesta Abasto 2022û, en el marco del Programa "Abasto Barrio
Cultural", bajo la denominación FIESTA ABASTO PRIMAVERA - 2022, a realizarse el
8 de diciembre de 2022, desde la hora 12.00 hasta la hora 22.00, en los escenarios
situados en Agüero esquina Guardia Vieja, Agüero esquina Humahuaca, Zelaya altura
3150, y Jean Jaures esquina Zelaya, conforme a la programación de contenidos que
se detallan en el Anexo (DI-2022-43271538-GCABA-DGPSE) que forma parte
integrante de la presente Disposición.
Artículo 2°.- Invítase a las vecinas, vecinos y visitantes de la Ciudad a participar de las
actividades descritas en el Anexo (DI-2022-43271538-GCABA-DGPSE), de forma libre
y gratuita.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido,
Archívese. Slauscius