DISPOSICIÓN 97 2022 DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
Síntesis:
APRUEBA ACTIVIDAD - EL ABASTO SE BAREA - PARTICIPACIÓN LIBRE Y GRATUITA - PROGRAMACIÓN DE CONTENIDOS - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO
Publicación:
01/12/2022
Sanción:
28/11/2022
Organismo:
DIRECCION GENERAL PLANIFICACION Y SEGUIMIENTO
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347); el Decreto N° 463/19
y sus modificatorios; las Resoluciones 2940-MCGC/21 y 2011-MCGC/22; las
Disposiciones 18- GCABA-DGPSE/22 y 71-GCABA-DGPSE/22; el Expediente
Electrónico N° 21219093-GCABA- DGPSE, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), se sancionó la Ley
de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando,
en su artículo 2°, al Ministerio de Cultura;
Que mediante el Decreto N° 463/19 y sus modificaciones se aprobó la estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, hasta el nivel de Dirección General; fijando dentro de las
responsabilidades primarias de la Dirección General Planificación y Seguimiento la de
"Coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados del ámbito
cultural";
Que, mediante Resolución N° 2940-MCGC/21, se creó el Programa ëAbasto Barrio
Cultural -Abasto Abiertoû, con el objetivo de fomentar la actividad cultural e identidad
del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en todas
sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de artistas, creadores y gestores
en el marco de la pandemia por el virus COVID-19 (Coronavirus), en transición gradual
hacia la plena presencialidad en observancia de los protocolos de emergencia
sanitaria vigentes;
Que por la Resolución N° 2011-MCGC/2022 se modificó la denominación del citado
programa por la de "Abasto Barrio Cultural" y se aprobó la 2° edición, para el año
2022;
Que la mencionada norma determina que la Dirección General Planificación y
Seguimiento será la autoridad de aplicación del Programa, estando facultada para
instrumentar las convocatorias, eventos y demás acciones tendientes a la consecución
de los propósitos y objetivos del mentado programa y dentro de sus alcances
programáticos, así como para adoptar las medidas reglamentarias y operativas
necesarias para su implementación;
Que, mediante Disposición 18-GCABA-DGPSE/22 se aprobó el ciclo de actividades
"ABASTO IN SITU", con el objeto de fomentar nuevas formas de entender el espacio y
las artes, entre ellas, el concepto de "artes de campo expandido", y hacer posible la
creación de piezas dinámicas que persigan dialogar, no sólo entre ellas, sino con la
Ciudad, y así transformar el espacio público en escenario y platea de la oferta cultural,
potenciando la misma como motor de desarrollo social y económico mediante la
realización de eventos caracterizados como site-specific o proyectos artísticos
específicamente diseñados para una locación en particular;
Que mediante Disposición 71-GCABA-DGPSE, se aprobó el contenido de actividades
correspondiente a la programación diseñada para el período comprendido entre los
meses de septiembre y diciembre 2022;
Que resulta oportuno potenciar las acciones del Programa Abasto Barrio Cultural, en el
ámbito del ciclo de actividades de Abasto IN SITU, propiciando la actividad artístico-
cultural bajo la denominación "El Abasto se Barea", con el objetivo de rendir homenaje
a la cultura y al ecosistema cultural del Abasto, en reconocimiento del artista Salvador
Walter Barea, quien encontró en el barrio del Abasto el lugar propicio para acunar su
obra caracterizada por las expresiones más radicales de libertad en los años cruciales
del regreso del estado democrático;
Que, por todo lo expuesto, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la actividad bajo la denominación ëEl Abasto se Bareaû, a
realizarse en la intersección de las calles Zelaya y Jean Jaures de esta Ciudad, el 8 de
diciembre de 2022, en el horario de 18.00 a 22:30 hs., con participación libre y gratuita,
en el marco de la actividad "Abasto IN SITU" y en consonancia con los objetivos
planteados para el Programa "Abasto Barrio Cultural".
Artículo 2°.- Apruébase la programación de contenidos detallados en el Anexo (DI-
2022-44026607-GCABA-DGPSE) que forma parte integrante de la presente
Disposición.
Artículo 3°.- Invítase a las vecinas y los vecinos de la Ciudad a participar de la
actividad con entrada ibre y gratuita.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese al Ministerio de Cultura. Cumplido,
archívese. Slauscius