DISPOSICIÓN 108 2022 DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE BIENES

Síntesis:

SE APRUEBAN PLIEGOS Y SE LLAMA A SUBASTA PúBLICA SIMPLE Y ELECTRóNICA PARA LA ENAJENACIóN DE BIENES INMUEBLES DE DOMINIO DE LA CIUDAD AUTóNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

01/12/2022

Sanción:

30/11/2022

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE BIENES


Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

VISTO: Las Leyes N° 70, N° 1.218 (textos consolidados por Ley N° 6.347), N° 6.247,

N° 6.292, N° 6.138, N° 6.301 y N° 6.507, el Decreto N° 323-GCABA/22, el Expediente

Electrónico N° 2022-41960696-GCABA- DGADB, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el VISTO tramita la enajenación de las unidades

funcionales de dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, identificadas como

Unidades Funcionales N° 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 59 y 63 del inmueble

sito en la Avenida Paseo Colón N° 275/277/279 (Nomenclatura Catastral:

Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 60, Parcela 16b), matrículas FR 13- 1879/21,

FR 13-1879/22, FR 13-1879/23, FR 13-1879/25, FR 13-1879/26, FR 13-1879/27, FR

13-1879/28, FR 13- 1879/29, FR 13- 1879/30, FR 13-1879/31, FR 13-1879/59 y FR 13-

1879/63;

Que la Ley N° 6.138 tiene por objeto impulsar la integración urbana, el desarrollo

social, económico y comercial en el sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

continuando con el traslado de centralidades administrativas del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que mediante su artículo 2° se declararon innecesarias para la gestión del Gobierno

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y autorizadas su enajenación, las Unidades

Funcionales N° 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 59 y 63 del inmueble sito en la

Avenida Paseo Colón N° 275/277/279 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13,

Sección 2, Manzana 60, Parcela 16b), matrículas FR 13- 1879/21, FR 13-1879/22, FR

13-1879/23, FR 13-1879/25, FR 13-1879/26, FR 13-1879/27, FR 13-1879/28, FR 13-

1879/29, FR 13- 1879/30, FR 13-1879/31, FR 13-1879/59 y FR 13-1879/63;

Que de conformidad con los antecedentes que lucen en el presente actuado, las

unidades funcionales identificadas en el considerando anterior pertenecen al dominio

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que según el artículo 3° de dicha Ley, el producido de las disposiciones de esos

inmuebles será destinado a la adquisición del dominio y/o el uso por cualquier título de

los inmuebles necesarios para el traslado de las centralidades administrativas al sur de

la Ciudad, con los requerimientos establecidos por el Poder Ejecutivo; y para el

desarrollo de los anteproyectos, proyectos, y obras con fines públicos para las

centralidades administrativas en el sur de la Ciudad, con los requerimientos

establecidos por el Poder Ejecutivo;

Que el producido de la enajenación será depositado en la cuenta recaudadora y

escritural que se creó a tal fin, en los términos del artículo 46 inc. c) de la Ley N° 70

(texto consolidado por Ley N° 6.347). En este sentido, corresponde tener presente lo

dispuesto por el artículo 4° de la Ley N° 6.301, prorrogado por el artículo 9° de la Ley

N° 6.507, que estableció la suspensión, durante el tiempo que dure la emergencia

económica y financiera establecida por la misma, de la afectación específica de

recursos propios y afectados definidos en el artículo 46, incisos b) y c) de la Ley N ° 70

(texto consolidado por Ley N° 6.347) y dispuso la transferencia de los mismos a la

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

cuenta única del Tesoro del Gobierno de la Ciudad, todo ello a fin de reforzar

prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia sanitaria y a dar respuesta a

los efectos que la situación de emergencia económica produzca;

Que mediante la Ley N° 6.247 (texto consolidado por Ley N° 6.347) se establecen los

lineamientos a observar en los procedimientos aplicables a los actos de disposición de

bienes inmuebles de dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando

entre los procedimientos de selección al de subasta pública simple;

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.347) contempla

entre los Ministerios del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al

Ministerio de Desarrollo Económico y Producción con sus respectivas competencias;

Que la mencionada norma en su artículo 21 inciso 7, atribuye a dicha cartera

ministerial la competencia para entender en todos los aspectos vinculados a la

posesión, tenencia, administración, dominio, disposición y enajenación de los bienes

inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 323/GCABA/22 estableció entre las responsabilidades primarias de

la Dirección General Administración de Bienes, dependiente de la Subsecretaría de

Administración de Bienes Inmuebles, del Ministerio de Desarrollo Económico y

Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la de intervenir en

la enajenación, constitución, transferencia, modificación o extinción de derechos sobre

los bienes inmuebles de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 15 de la Ley N° 6.247, ha tomado

intervención el Banco Ciudad de Buenos Aires quien ha realizado la tasación

correspondiente para la presente subasta tal como surge del Registro N° RE-2022-

44595724-GCABA-DGADB, siendo el precio base sugerido de PESOS VEINTIOCHO

MILLONES CIENTO SETENTA MIL ($28.170.000);

Que tomando la cotización tipo vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina de

fecha 25 de noviembre de 2022, día en que se realizó la tasación, equivale a

DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO SETENTA MIL CIENTO DIECIOCHO CON

97/100 CENTAVOS (USD 170.118,97.-)

Que la Dirección General Escribanía General, la Dirección General Contaduría

General, la Dirección General Registro de Obras y Catastro, la Dirección General de

Planeamiento Urbano, la Dirección General de Rentas, la Dirección General de

Tesorería y la Dirección General Relocalización y Gestión Integral de Edificios de

Gobierno tomado la correspondiente intervención conforme las competencias que a

cada una de ellas le son propias;

Que la Unidad de Coordinación Gestión de Políticas Productivas se ha pronunciado

mediante Informe N° IF-2022-44603538-GCABA-UCGPP respecto del monto de precio

base, la forma de pago y los plazos para integrar el total del precio de la venta;

Que en consonancia con el Principio de Vía Electrónica consagrado en la Ley N° 6.247

(texto consolidado por Ley N° 6.347) y lo dispuesto en su Artículo 9, se estima

conveniente que la celebración de la presente subasta pública se realice de manera

electrónica;

Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se expidió en los

términos de la Ley N °1.218 (texto Consolidado por Ley N°6.347);

Que conforme lo expuesto, corresponde proceder a la emisión del Acto Administrativo

pertinente.

Por ello, de conformidad con lo precedentemente expuesto y en uso de las

atribuciones conferidas por la normativa vigente,

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.

En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur"

...............................................................................................................................................................................................................................................................

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES

DISPONE:

Artículo 1°.- Llámase a subasta pública simple y electrónica para la enajenación en

bloque de los bienes inmuebles de dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires identificados como Unidades Funcionales N° 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30,

31, 59 y 63 del inmueble sito en la Avenida Paseo Colón N° 275/277/279

(Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 60, Parcela 16b),

matrículas FR 13- 1879/21, FR 13-1879/22, FR 13-1879/23, FR 13-1879/25, FR 13-

1879/26, FR 13-1879/27, FR 13-1879/28, FR 13- 1879/29, FR 13- 1879/30, FR 13-

1879/31, FR 13-1879/59 y FR 13-1879/63, para el día 28 de diciembre de 2022 con

horario de inicio a las 13 horas, y de finalización a las 14 horas, la que será celebrada

en modo electrónico a través del sitio web https://subastas.bancociudad.com.ar por el

Banco Ciudad de Buenos Aires.

Artículo 2°.- Apruébense el Pliego de Bases y Condiciones (PLIEG-2022-44669240-

GCABA-DGADB) y sus correspondientes Anexos, a saber: Anexo I (IF-2022-

44667911-GCABA-DGADB), Anexo II (IF-2022-44667945-GCABA-DGADB) y Anexo III

(IF-2022-44667967-GCABA-DGADB) que regirán el procedimiento subasta pública

simple y electrónica detallado en el artículo siguiente, y que forman parte integrante de

la presente Resolución.

Artículo 3°- Establécese como precio base para la enajenación del inmueble al que

refiere el artículo precedente la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO

SETENTA MIL CIENTO DIECIOCHO CON 97/100 CENTAVOS (USD 170.118,97.-).

Artículo 4°. - Establécese que el Pliego de Bases y Condiciones de la presente

subasta pública simple y electrónica podrá ser descargado gratuitamente de la página

web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

https://www.buenosaires.gob.ar/desarrolloeconomico/subastas-publicas y consultados

en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 5°.- Publíquese el llamado a subasta pública de conformidad con lo normado

en los artículos 18 y 19 de la Ley N° 6.247 (texto consolidado por Ley N° 6.347), en el

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en las páginas web del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Banco Ciudad de Buenos

Aires.

Artículo 6°.- Publíquese la presente Disposición en el Boletín Oficial de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección Técnica Administrativa y

Legal del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, a la Secretaría Legal y

Técnica del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección General

Administración de Bienes, a la Dirección General Escribanía General y a la Dirección

General de Contaduría. Remítase para su conocimiento y demás efectos al Banco

Ciudad de Buenos Aires. Cumplido. Archívese. Vitale

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Disposición 108-DGADB/22 llama a subasta pública simple y electrónica para la enajenación en bloque de los bienes inmuebles de dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires identificados como Unidades Funcionales N° 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 59 y 63 del inmueble sito en la Avenida Paseo Colón N° 275/277/279 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 60, Parcela 16b), matrículas FR 13- 1879/21, FR 13-1879/22, FR 13-1879/23, FR 13-1879/25, FR 13-1879/26, FR 13-1879/27, FR 13-1879/28, FR 13- 1879/29, FR 13- 1879/30, FR 13-1879/31, FR 13-1879/59 y FR 13-1879/63, declarados innecesarios por Ley 6138 modificatoria de Ley 4264.</p>