LEY 4264 2012

Síntesis:

DECLARA INNECESARIOS INMUEBLES - ENAJENACIÓN DE BIENES - APRUEBA LA VENTA DE INMUEBLES - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - PROCEDIMIENTO DE SUBASTA PÚBLICA - RECAUDACIÓN DESTINADA A MEJORAS - TEATRO GENERAL SAN MARTÍN - CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN - COMPLEJO CIUDAD DE LA MÚSICA - MUSEO DE ARTE MODERNO DE BUENOS AIRES

Publicación:

26/09/2012

Sanción:

23/08/2012

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

19/09/2012


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La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Decláranse innecesarios para la gestión del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y dispónese la enajenación de los inmuebles

individualizados en el Anexo I, que forma parte de la presente, de conformidad con lo

establecido en la normativa vigente.

Art. 2°.- Apruébase la venta, a través del procedimiento de Subasta Pública, de los

inmuebles individualizados en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente.

Art. 3°.- Transfiéranse a título gratuito al Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires los inmuebles individualizados en el Anexo III, que forma parte

integrante de la presente, a efectos de que dicho organismo brinde una solución

habitacional definitiva a sus ocupantes legítimos.

Art. 4°.- El producido de la venta de los inmuebles detallados en los Anexos I, II y III

será ingresado a las partidas presupuestarias correspondientes al Ministerio de

Cultura, Jurisdicción N° 50, inciso 4), con el fin de destinarlo a las obras de

infraestructura, puesta en valor y equipamiento del Teatro General San Martín, del

Centro Cultural General San Martín, del Complejo Ciudad de la Música y del Museo de

Arte Moderno de Buenos Aires.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Vidal - Pérez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 4002

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Artículo 1 de la Disposición 108-DGADB/22 llama a subasta pública simple y electrónica para la enajenación en bloque de los bienes inmuebles de dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires identificados como Unidades Funcionales N° 21, 22, 23, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 59 y 63 del inmueble sito en la Avenida Paseo Colón N° 275/277/279 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 60, Parcela 16b), matrículas FR 13- 1879/21, FR 13-1879/22, FR 13-1879/23, FR 13-1879/25, FR 13-1879/26, FR 13-1879/27, FR 13-1879/28, FR 13- 1879/29, FR 13- 1879/30, FR 13-1879/31, FR 13-1879/59 y FR 13-1879/63, declarados innecesarios por Ley 6138 modificatoria de Ley 4264.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4652, corrige errata en la Ley 4264, en su Anexo II.</p><p>Art. 2, incorpora texto como artículo 2 bis a la Ley 4264.</p><p>Art. 3, modifica el artículo 4.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposción 50-DGAB-15 llama a subasta pública para la venta del inmueble de dominio privado de la Ciudad de Buenos Aires, sito en Av. Rivadavia 5377-81,  integrante del Anexo I de la Ley 4264.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4567, corrige la errata de la Ley 4264, en su Anexo I.</p>
PROMULGADA POR
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 50-19 instruye a la Dirección General Administración de Bienes y Concesiones a llamar a subasta pública para la enajenación de inmuebles declarados innecesarios mediante Ley 4264.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 4 de la Ley 6138 sustituye el Art. 1 de la Ley 4264. </p><p>Art. 5 incorpora un segundo parrafo al Art. 4.</p><p> </p>