DECRETO 403 2022
Síntesis:
PRORROGA - RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES Y OBRAS - EN CONTRAVENCIÓN - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - ANEXO A - ORDENANZA 34421 - CÓDIGO URBANÍSTICO - LEY 6478 - PLAZO DE SEIS MESES
Publicación:
02/12/2022
Sanción:
01/12/2022
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y 6.478, el Decreto Nro.
109/22, el Expediente Electrónico N° 43607910-GCABA-DGROC/22; y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.478, creó el Régimen Especial de Regularización de Construcciones y
Obras llevadas a cabo en contravención a lo establecido en el Código de Edificación
Anexo A de la Ordenanza N° 34.421 y en el Código Urbanístico;
Que, el artículo 1° de la referida Ley determinó que el mencionado régimen tiene un
plazo de duración de seis (6) meses a partir del 1 de junio de 2022, pudiendo ser
prorrogado, por única vez y por idéntico plazo, por el Poder Ejecutivo;
Que el artículo 11 del citado cuerpo normativo establece que el Poder Ejecutivo
designará la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.478;
Que, en virtud del Decreto N° 109/22, la Dirección General de Registro de Obras y
Catastro, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de
Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de
aplicación de la Ley N° 6.478;
Que la mencionada Dirección General propicia prorrogar el mencionado Régimen
Especial de Regularización de Construcciones y Obras llevadas a cabo en
contravención en los términos del artículo 1° de la Ley N° 6.478;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida
intervención conforme lo normado por la Ley N° 1.218;
Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente prorrogar el Régimen Especial de
Regularización de Construcciones y Obras llevadas a cabo en contravención a lo
establecido en el Código de Edificación Anexo A de la Ordenanza N° 34.421 y en el
Código Urbanístico aprobado por la Ley N° 6.478 por un plazo de seis (6) meses, en
conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 1° del citado cuerpo legal;
Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Prorrogar el Régimen Especial de Regularización de Construcciones y
Obras llevadas a cabo en contravención a lo establecido en el Código de Edificación
Anexo A de la Ordenanza N° 34.421 y en el Código Urbanístico aprobado por la Ley
N° 6.478 por un plazo de seis (6) meses, a contar a partir del 2 de diciembre de 2022,
de acuerdo a lo establecido por el artículo 1° de la referida Ley.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de
Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro y a la Dirección
General de Interpretación Urbanística ambas dependientes de la Subsecretaría de
Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de
Ministros y al Ministerio de Hacienda y Finanzas para su conocimiento y demás fines.
Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel