DECRETO 403 2022

Síntesis:

PRORROGA - RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES Y OBRAS - EN CONTRAVENCIÓN - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - ANEXO A - ORDENANZA  34421 - CÓDIGO URBANÍSTICO - LEY 6478 - PLAZO DE SEIS MESES

Publicación:

02/12/2022

Sanción:

01/12/2022

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley N° 1.218 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y 6.478, el Decreto Nro.

109/22, el Expediente Electrónico N° 43607910-GCABA-DGROC/22; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 6.478, creó el Régimen Especial de Regularización de Construcciones y

Obras llevadas a cabo en contravención a lo establecido en el Código de Edificación

Anexo A de la Ordenanza N° 34.421 y en el Código Urbanístico;

Que, el artículo 1° de la referida Ley determinó que el mencionado régimen tiene un

plazo de duración de seis (6) meses a partir del 1 de junio de 2022, pudiendo ser

prorrogado, por única vez y por idéntico plazo, por el Poder Ejecutivo;

Que el artículo 11 del citado cuerpo normativo establece que el Poder Ejecutivo

designará la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 6.478;

Que, en virtud del Decreto N° 109/22, la Dirección General de Registro de Obras y

Catastro, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de

Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de Ministros es la autoridad de

aplicación de la Ley N° 6.478;

Que la mencionada Dirección General propicia prorrogar el mencionado Régimen

Especial de Regularización de Construcciones y Obras llevadas a cabo en

contravención en los términos del artículo 1° de la Ley N° 6.478;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado debida

intervención conforme lo normado por la Ley N° 1.218;

Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente prorrogar el Régimen Especial de

Regularización de Construcciones y Obras llevadas a cabo en contravención a lo

establecido en el Código de Edificación Anexo A de la Ordenanza N° 34.421 y en el

Código Urbanístico aprobado por la Ley N° 6.478 por un plazo de seis (6) meses, en

conformidad con las facultades otorgadas por el artículo 1° del citado cuerpo legal;

Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Prorrogar el Régimen Especial de Regularización de Construcciones y

Obras llevadas a cabo en contravención a lo establecido en el Código de Edificación

Anexo A de la Ordenanza N° 34.421 y en el Código Urbanístico aprobado por la Ley

N° 6.478 por un plazo de seis (6) meses, a contar a partir del 2 de diciembre de 2022,

de acuerdo a lo establecido por el artículo 1° de la referida Ley.

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General Registro de Obras y Catastro y a la Dirección

General de Interpretación Urbanística ambas dependientes de la Subsecretaría de

Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano de la Jefatura de Gabinete de

Ministros y al Ministerio de Hacienda y Finanzas para su conocimiento y demás fines.

Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1º  del Decreto N° 403 prorroga el Régimen Especial de Regularización de Construcciones y Obras llevadas a cabo en contravención a lo establecido en el Código Urbanístico, aprobado por la Ley N° 6.478.</p>