RESOLUCIÓN 377 2022 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

PRORROGA - PLAZO DE VIGENCIA - RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ADEUDADAS - ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Publicación:

14/12/2022

Sanción:

13/12/2022

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: Los términos del inciso 20) del artículo 4° del Código Fiscal aprobado por la

Ley N° 6.505 (BOCBA N° 6285) con las modificaciones introducidas por las Leyes

Nros. 6.556 (BOCBA N° 6447), 6.561 (BOCBA N° 6471) y 6.592 (BOCBA N° 6513), la

Resolución N° 262-AGIP/2022 (BOCBA N° 6461) y el Expediente Electrónico N°

46.182.795/GCABA-DGANFA/2022,

CONSIDERANDO:

Que por medio del inciso 20) del artículo 4° del Código Fiscal vigente se faculta a la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para acordar planes de

facilidades para el pago de deudas vencidas de impuestos, tasas, derechos y

contribuciones y sus respectivos intereses, cuando su monto nominal no exceda el

importe que fije la Ley Tarifaria, pudiéndose -entre otros aspectos- condonar los

intereses resarcitorios por pago al contado;

Que mediante la Resolución N° 262-AGIP/2022, en ejercicio de la citada facultad, se

establece un régimen de regularización de obligaciones tributarias en mora,

disponiéndose que la cancelación total al contado de la deuda regularizada, a través

de los medios que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos fije a tal

efecto, genera la condonación de la totalidad de los intereses resarcitorios devengados

hasta el momento del pago;

Que en virtud del acogimiento masivo al citado régimen de regularización y con el

objetivo de evitar inconvenientes y/o dificultades técnicas en el funcionamiento de los

aplicativos habilitados ante la proximidad de la finalización de su vigencia, resulta

oportuno prorrogar el plazo para la obtención de los beneficios previstos por la

Resolución N° 262-AGIP/2022;

Que es propósito de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos afianzar

la comunicación y relación Fisco Contribuyente, facilitando la regularización de las

obligaciones tributarias en mora.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 20) del artículo 4° del

Código Fiscal vigente,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 31 de enero de 2023, el plazo de vigencia del

Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias Adeudadas establecido por la

Resolución N° 262-AGIP/2022, cuyo vencimiento original operaba el día 15 de

diciembre de 2022.-

Artículo 2°.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.-

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Administración Gubernamental

de Ingresos Públicos. Pase a las Subdirecciones Generales de Cercanía y Servicios al

Contribuyente y de Sistematización de la Recaudación, ambas dependientes de la

Dirección General de Rentas, y a la Dirección General de Planificación y Control para

su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Ballotta

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 377/AGIP/22 prorroga hasta el día 31 de enero de 2023, el plazo de vigencia del Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias Adeudadas establecido por la Resolución N° 262/AGIP/2022.</p>