RESOLUCIÓN 377 2022 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
PRORROGA - PLAZO DE VIGENCIA - RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS ADEUDADAS - ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Publicación:
14/12/2022
Sanción:
13/12/2022
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
VISTO: Los términos del inciso 20) del artículo 4° del Código Fiscal aprobado por la
Ley N° 6.505 (BOCBA N° 6285) con las modificaciones introducidas por las Leyes
Nros. 6.556 (BOCBA N° 6447), 6.561 (BOCBA N° 6471) y 6.592 (BOCBA N° 6513), la
Resolución N° 262-AGIP/2022 (BOCBA N° 6461) y el Expediente Electrónico N°
46.182.795/GCABA-DGANFA/2022,
CONSIDERANDO:
Que por medio del inciso 20) del artículo 4° del Código Fiscal vigente se faculta a la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos para acordar planes de
facilidades para el pago de deudas vencidas de impuestos, tasas, derechos y
contribuciones y sus respectivos intereses, cuando su monto nominal no exceda el
importe que fije la Ley Tarifaria, pudiéndose -entre otros aspectos- condonar los
intereses resarcitorios por pago al contado;
Que mediante la Resolución N° 262-AGIP/2022, en ejercicio de la citada facultad, se
establece un régimen de regularización de obligaciones tributarias en mora,
disponiéndose que la cancelación total al contado de la deuda regularizada, a través
de los medios que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos fije a tal
efecto, genera la condonación de la totalidad de los intereses resarcitorios devengados
hasta el momento del pago;
Que en virtud del acogimiento masivo al citado régimen de regularización y con el
objetivo de evitar inconvenientes y/o dificultades técnicas en el funcionamiento de los
aplicativos habilitados ante la proximidad de la finalización de su vigencia, resulta
oportuno prorrogar el plazo para la obtención de los beneficios previstos por la
Resolución N° 262-AGIP/2022;
Que es propósito de esta Administración Gubernamental de Ingresos Públicos afianzar
la comunicación y relación Fisco Contribuyente, facilitando la regularización de las
obligaciones tributarias en mora.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 20) del artículo 4° del
Código Fiscal vigente,
Artículo 1°.- Prorrógase hasta el día 31 de enero de 2023, el plazo de vigencia del
Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias Adeudadas establecido por la
Resolución N° 262-AGIP/2022, cuyo vencimiento original operaba el día 15 de
diciembre de 2022.-
Artículo 2°.- La presente Resolución rige a partir del día de su publicación.-
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a todas las áreas dependientes de esta Administración Gubernamental
de Ingresos Públicos. Pase a las Subdirecciones Generales de Cercanía y Servicios al
Contribuyente y de Sistematización de la Recaudación, ambas dependientes de la
Dirección General de Rentas, y a la Dirección General de Planificación y Control para
su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. Ballotta