DISPOSICIÓN 51 2022 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD
Síntesis:
ESTABLECE ENTRADA EN VIGENCIA - A PARTIR DEL DÍA 6 DE DICIEMBRE DE 2022 - ARTICULO 18 DE LA RESOLUCIÓN N° 748-SECTOP-22 - LÍNEA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR - CARÁCTER URBANO Y SUBURBANO DE JURISDICCIÓN NACIONAL NRO. 60 - REALIZAR REGULACIÓN DE SUS SERVICIOS - RAMALES B- C- D - E Y F - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD
Publicación:
16/12/2022
Sanción:
05/12/2022
Organismo:
UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD
VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, la
Resolución N° 748/SECTOP/22, el EX-2022-37458131-GCABA-SSPMO, y;
CONSIDERANDO:
Que por medio del artículo 18° de la aludida Resolución N° 748/SECTOP/22, se
estableció la autorización a la Línea de transporte público de pasajeros por automotor
de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional Nro. 60 a realizar la
regulación de sus servicios para los ramales B, C, D, E y F conforme el siguiente
detalle: Línea N° 60 Recorridos B, C, D, E y F: Hacia predio de guarda y regulación
sito en Olleros bajo viaducto del Ferrocarril Bartolomé Mitre (sin tráfico de pasajeros):
desde AVENIDA VIRREY VÉRTIZ y MARISCAL ANTONIO JOSÉ DE SUCRE por
SUCRE por AVENIDA VIRREY VÉRTIZ, AVENIDA DEL LIBERTADOR, giro
semaforizado a la izquierda hacia OLLEROS, OLLEROS, ingreso a predio bajo
viaducto ferroviario Ferrocarril Mitre. Desde Predio de guarda y regulación sito en
Olleros bajo viaducto del Ferrocarril Bartolomé Mitre (sin tráfico de pasajeros): salida
de predio bajo viaducto ferroviario Ferrocarril Mitre hacia OLLEROS, OLLEROS,
AVENIDA DEL LIBERTADOR, AVENIDA VIRREY VÉRTIZ, MARISCAL ANTONIO
SUCRE, su ruta.;
Que asimismo, por medio del artículo 19° de la mencionada Resolución, se estableció
que dicha norma entraría en vigencia a partir de fecha que se determine mediante
Disposición de la Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad
(dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de
Transporte y Obras Públicas), de acuerdo a la terminación de su señalamiento
correspondiente;
Que la Ley N° 6.292 estableció la estructura ministerial y las competencias
actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que a través del Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la
estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la estructura organizativa de la Jefatura de
Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dentro de las Responsabilidades Primarias asignadas a la mentada Unidad de
Proyectos Especiales de Infraestructura de la Movilidad, se encuentran las de
mantener, operar y controlar el funcionamiento de la red semafórica y de los sistemas
Inteligentes de tránsito y transporte, así como también, los elementos de señalización
vertical y demarcación horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;
Que, en este sentido, esta Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la
Movilidad ha realizado los respectivos trabajos de instalación de señalización;
Que, por lo expuesto, se estima conveniente y necesario establecer la fecha de
entrada en vigencia del artículo 18° de la Resolución N° 748/SECTOP/22, a partir del
día 6 de diciembre de 2022;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme lo previsto en el
referido Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios;
Artículo 1°- Establézcase a partir del día 6 de diciembre de 2022, la entrada en
vigencia del artículo 18° de la Resolución N° 748/SECTOP/22.
Artículo 2°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, a la Subsecretaría de
Planificación de la Movilidad y a las Direcciones Generales de Gestión de Servicios de
Movilidad y Cuerpo de Agentes de Tránsito. Cumplido, archívese. Croce