RESOLUCIÓN 3493 2004 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

CONCEDE UN SUBSIDIO A LA SRA. LILIANA B. COUTO - DNI 11.265.441 - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - ESTUDIO LILIANA COUTO - CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN - SUBSIDIO ARTISTAS INVESTIGADORES CIENTÍFICOS Y GESTORES CULTURALES - BENEFICIARIOS

Publicación:

18/11/2004

Sanción:

01/11/2004

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto el Expediente N° 64.932/04, el Decreto N° 1.020/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1965), las Resoluciones Nros. 2.066/SC/04 (B.O.C.B.A. N° 1989) y 2.119/SC/04 (B.O.C.B.A. N° 1987); y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.020/GCBA/2004 se ha creado el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, el Decreto mencionado delega en esta Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;

Que, por Resolución N° 2.066/SC/2004 se ha procedido a reglamentar el citado Decreto;

Que, por Resolución N° 2.119/SC/2004 se procedió a aprobar una línea de subsidios destinada a personas físicas con el objeto de favorecer la creación, producción, formación, difusión y el perfeccionamiento, vinculados a toda expresión cultural, artística, científica o de investigación;

Que, en los presentes actuados tramita la petición de la Sra. Liliana Beatriz Couto, DNI 1.265.441 con domicilio en Godoy Cruz 1892, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el proyecto titulado Estudio Liliana Couto que consiste en la adquisición de equipamiento, encuadrado dentro de la Línea de Subsidios Artistas, Investigadores, Científicos y Gestores Culturales;

Que, el Consejo Asesor recomienda dictaminar favorablemente, por las razones y fundamentos expuestos en su respectivo informe;

Que, el Área Sustantiva, en este caso la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, dictaminó que corresponde propiciar el otorgamiento del subsidio a la Sra. Liliana Beatriz Couto por un monto de pesos cinco mil setecientos nueve ($ 5.709) que deberán ser afectados a la compra de doce spots con lámpara, dos trípodes con barra en T de 2,7 m de alto, un trípode con barra de 3,2 m de alto, un equipo de audio, una consola, parrilla de iluminación, hierro y mano de obra y herrería y mano de obra para barras, por las razones y fundamentos expuestos en su respectivo dictamen;

Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Secretaría de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente;

Por ello, de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 1.020/GCBA/2004 y por la Resolución N° 2.066/SC/2004 y demás normas complementarias;

EL SECRETARIO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Concédase el subsidio solicitado por Liliana Beatriz Couto, DNI 11.265.441 por la suma de pesos cinco mil setecientos nueve ($ 5.709).

Artículo 2° - El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 11 de la Resolución N° 2.066/SC/2004.

Artículo 3° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor de Liliana Beatriz Couto.

Artículo 4° - El beneficiario deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite la suma correspondiente.

Artículo 5° - El beneficiario se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 6° - El gasto que demande el presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria del año 2004.

Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General del Centro Cultural General San Martín, que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. López

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