DECRETO 59 1989
Síntesis:
PROMULGA ORDENANZA 43273
Publicación:
31/01/1989
Sanción:
11/01/1989
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Visto la sanción de la Ordenanza N° 43.273 por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión del día 22 de diciembre de 1988, y
CONSIDERANDO:
Que se debe proceder a su promulgación en tiempo y forma;
Que el artículo 22 de la mencionada norma legal dispone que el Departamento Ejecutivo deberá dictar la respectiva reglamentación.
Por ello,
El Intendente Municipal:
Artículo 1° - Promúlgase la Ordenanza N° 43.273 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en su sesión del día 22 de diciembre3 de 1988.
Art. 2° La subsecretaría de Abastecimiento, Consumo y Aprovisionamiento tendrá a su cargo el dictado de la reglamentación que establece el artículo 22 de la citada ordenanza.
Art. 3° El presente decreto será refrendado por la señora Secretaria de Gobierno.
Art. 4° - Dése al Registro Municipal, gírese copia a la Dirección General Legislativa del Honorable Concejo Deliberante, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines, remítase a la Subsecretaría de Abastecimiento, Consumo y Aprovisionamiento.