DISPOSICIÓN 54 2022 UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD

Síntesis:

ESTABLECE - ENTRADA EN VIGENCIA - ARTÍCULOS 3°  8° Y 15° DE LA RESOLUCIÓN N° 748-SECTOP/22 - A PARTIR DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DE 2022 -  TRAMO AVENIDAS DEL LIBERTADOR ENTRE DORREGO Y AVENIDA SARMIENTO - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD - SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Publicación:

29/12/2022

Sanción:

22/12/2022

Organismo:

UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES UPE INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD


VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, la

Resolución N° 748/SECTOP/22, el EX-2022-37458131-GCABA-SSPMO, y;

CONSIDERANDO:

Que por medio del artículo 3° de la aludida Resolución N° 748/SECTOP/22, se

estableció las ciclovías, de doble sentido de circulación y adyacente a la acera impar,

en los tramos de itinerario comprendidos por los siguientes ejes: Avenida Del

Libertador desde la calle Virrey del Pino hasta la calle Jerónimo Salguero. Avenida Del

Libertador desde la calle Suipacha hasta la calle Basavilbaso;

Que asimismo, por medio del artículo 8° de la mencionada norma, se estaclebió la

prohibición de 7 a 21 horas, los días hábiles, con carácter experimental y por el

término de noventa (90) días corridos, el estacionamiento adyacente al cordón y/o

separador de las ciclovía, en el tramo comprendido por el siguiente eje: Avenida del

Libertador desde Avenida Dorrego hasta Avenida Sarmiento;

Que a través del artículo 15°, de la misma Resolución, se exceptuó de lo dispuesto en

las prohibiciones mencionadas en los artículos 7°, 8° y 14 a los vehículos de

emergencia, conforme los términos del artículo 6.5.1 del Código de Tránsito y

Transporte, aprobado por Ley N° 2.148 (texto según Ley N° 6.588);

Que asimismo, por medio del artículo 19° de la mencionada Resolución, se estableció

que dicha norma entraría en vigencia a partir de fecha que se determine mediante

Disposición de la Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la Movilidad

(dependiente de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad de la Secretaría de

Transporte y Obras Públicas), de acuerdo a la terminación de su señalamiento

correspondiente;

Que la Ley N° 6.292 estableció la estructura ministerial y las competencias

actualmente vigentes para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a través del Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la

estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la estructura organizativa de la Jefatura de

Gabinete de Ministros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dentro de las Responsabilidades Primarias asignadas a la mentada Unidad de

Proyectos Especiales de Infraestructura de la Movilidad, se encuentran las de

mantener, operar y controlar el funcionamiento de la red semafórica y de los sistemas

Inteligentes de tránsito y transporte, así como también, los elementos de señalización

vertical y demarcación horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;

Que, en este sentido, esta Unidad de Proyectos Especiales Infraestructura de la

Movilidad ha realizado los respectivos trabajos de instalación de señalización respecto

del artículos 3° y 8° de la Resolución N° 748/SECTOP/22 para en el tramo de itinerario

comprendido por el siguiente eje: Avenida del Libertador entre Avenida Dorrego y

Avenida Sarmiento;

Que, por lo expuesto, se estima conveniente y necesario establecer la fecha de

entrada en vigencia del artículo 8° de la Resolución N° 748/SECTOP/22, y los artículos

3° y 15° de la misma norma para el tramo de itinerario comprendido en el eje: Avenida

del Libertad entre Avenida Dorrego y Avenida Sarmiento, a partir del día 22 de

diciembre de 2022;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, conforme lo previsto en el

referido Decreto N° 463/GCABA/19 y sus modificatorios;

EL TITULAR DE UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES

INFRAESTRUCTURA DE LA MOVILIDAD

DISPONE:

Artículo 1°- Establézcase, a partir del día 22 de diciembre de 2022 la entrada en

vigencia de los artículos 3° y 15° de la Resolución N° 748/SECTOP/22, para el tramo

comprendido por el siguiente eje: Avenida del Libertador entre Avenida Dorrego y

Avenida Sarmiento.

Artículo 2°- Establézcase, a partir del día 22 de diciembre de 2022 la entrada en

vigencia del artículo 8° de la Resolución N° 748/SECTOP/22.

Artículo 3°- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, a la Subsecretaría de

Planificación de la Movilidad y a las Direcciones Generales de Gestión de Servicios de

Movilidad y Cuerpo de Agentes de Tránsito. Cumplido, archívese. Croce

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Disposicion N° 54-UPEIM/22 establece a partir del día 22 de diciembre de 2022, la entrada en vigencia de  los artículos 3° y 15° de la Resolución N° 748/SECTOP/22, para el tramo comprendido por el  eje<br />eje: Avenida del Libertador entre Avenida Dorrego y<br />Avenida Sarmiento.</p><p><br />Artículo 2°- Establézcase, a partir del día 22 de diciembre de 2022 la entrada en vigencia del artículo 8° </p>