RESOLUCIÓN 218 2022 SUBSECRETARIA GESTION URBANA

Síntesis:

VIGENCIA A PARTIR DEL 2 DE ENERO DE 2023 - APRUEBA - PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN Y RECAUDACIÓN - DERECHO DE CONSTRUCCIÓN SUSTENTABLE Y DEL DERECHO PARA EL DESARROLLO URBANO Y HÁBITAT SUSTENTABLE - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN URBANA

Publicación:

02/01/2023

Sanción:

30/12/2022

Organismo:

SUBSECRETARIA GESTION URBANA


VISTO: La Ley N° 6592, las Resoluciones Nros. 1886-MHFGC/21, 1886-MHFGC/21

su modificatoria Resolución N° 1442-MHFGC/22 y 2308-MHFGC/22, el Expediente

Electrónico N° EX-2022-48311977- GCABA-SSGU; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante los artículos 498, 501 y 502 del Código Fiscal vigente para el año 2023,

aprobado por Ley N ° 6.592, se establece el hecho imponible que configura la

determinación del Derecho de Construcción Sustentable y asimismo se dispone que

"La Subsecretaría de Gestión Urbana, y/o quién en su futuro la reemplace,

determinará, previa intervención del Ministerio de Hacienda la forma de pago.

Asimismo tendrá a su cargo de forma exclusiva, su percepción y determinación del

lugar y tiempo para que los contribuyentes y demás responsables procedan al pago.

Definirá los procedimientos de determinación, recaudación, fiscalización y cobranzas

de este derecho";

Que oportunamente, por las Resoluciones N° 1886-MHFGC/21 y su modificatoria

Resolución N° 1442-MHFGC/22 y 2308-MHFGC/22 se determinaron los diversos

momentos de pago de los Derechos de Delineación y Construcción, los Derechos para

el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable y el Impuesto a la Generación de

Residuos Áridos y Afines;

Que en virtud de las modificaciones implementadas respecto al Derecho de

Construcción Sustentable, resulta conveniente introducir modificaciones respecto de la

forma, lugar y tiempo de pago del citado Derecho;

Que asimismo, en aras de facilitar la difusión y el cumplimiento de las obligaciones

tributarias por parte de los contribuyentes y responsables, deviene oportuno proceder

a la abrogación de la Resolución N° 2308-MHFGC/22, compendiando en una nueva

norma la totalidad de las modificaciones incorporadas.

Que mediante PV-2022-48378881-GCABA-SSHA tomó intervención la Subsecretaría

de Hacienda dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las

competencias que le fueron asignadas y de conformidad con lo establecido por el Art.

501 del referido Código Fiscal;

Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 498, 501 y 502 del

Código Fiscal, aprobado por Ley N° 6.592,

EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN URBANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Aprúebase el procedimiento de determinación y recaudación del Derecho

de Construcción Sustentable y del Derecho para el Desarrollo Urbano y Hábitat

Sustentable, de acuerdo a los Artículos 498, 501 y 502 del Código Fiscal, aprobado

por Ley N° 6.592, conforme el Anexo I (IF-2022-48375298-GCABA-SSGU) que forma

parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día 2 de Enero de

2023.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y

comuníquese a las Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y

Presupuesto, de Contaduría, de Tesorería y al Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Remítase a la Dirección General Registro de Obras y Catastro para su conocimiento y

demás efectos. Cumplido, archívese. Crotto


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6531

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 218-SSGU/22 aprueba el procedimiento de determinación y recaudación del Derecho de Construcción Sustentable y del Derecho para el Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable, de acuerdo a los Artículos 498, 501 y 502 del Código Fiscal.</p>