RESOLUCIÓN 1 2023 UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

DISPONE - EXENCIÓN AL PAGO DE LOS ARANCELES - PREVISTOS EN LEY TARIFARIA - ENTRADA GENERAL POR PERSONA - RESIDENTE NACIONAL - ENTRADA GENERAL POR PERSONA - TURISTA INTERNACIONAL - PASE GENERAL MENSUAL POR PERSONA - PASE GENERAL ANUAL POR PERSONA - EX JARDÍN ZOOLÓGICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EDUARDO LADISLAO HOLMBERG - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO

Publicación:

05/01/2023

Sanción:

02/01/2023

Organismo:

UPE ECOPARQUE INTERACTIVO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: Las Leyes N° 5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) y N° 6.593, los

Decretos Nros. 82- GCABA/17, 463-GCABA/19 y su normativa modificatoria, y 497-

GCABA/19, el Expediente Electrónico N ° 00573385-GCABA-UGGOAALUPEEI/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) dispuso la transformación

progresiva del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires "Eduardo Ladislao

Holmberg";

Que la mencionada Ley estableció en su artículo 2° que la referida transformación

tiene como finalidad contribuir a la conservación de la biodiversidad, a la promoción de

la educación ambiental, al fomento de la innovación para el desarrollo sostenible y a la

concientización y recreación de la población;

Que por el Decreto N° 439-GCABA/16 se creó la Unidad de Proyectos Especiales

(UPE) "Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" como

Organismo Fuera de Nivel, en el ámbito del Ministerio de Modernización, Innovación y

Tecnología, estableciendo sus objetivos, responsabilidades primarias y acciones;

Que mediante el Decreto N° 82-GCABA/17 se aprobó la reglamentación de la Ley

5.752 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) y se modificó la estructura de la "Unidad

de Proyectos Especiales (UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires";

Que, asimismo, por Decreto N° 463-GCABA/19 y su normativa modificatoria, se

incorporó la Unidad de Proyectos Especiales a la órbita de la Secretaría de Ambiente;

Que, oportunamente, se inició un proceso de reacondicionamiento patrimonial bajo el

compromiso de la puesta en valor de todo el predio, la creación de contenidos y

nuevos usos para edificios históricos en miras de garantizar la recuperación de

espacios verdes y las elipses originales;

Que se trazó un plan de aperturas al público tendiente a crear un paseo familiar y

recreativo de referencia, en el que se priorice la concientización para la conservación

de la fauna y flora nativa silvestre de la Argentina, la promoción de proyectos de

rehabilitación de fauna y la investigación científica, como así también propuestas de

interés mediante recorridos y actividades educativas; se estableció como prioridad dar

acceso al público para que el vecino pueda disfrutar del predio y al mismo tiempo ver

el proceso de transformación en primera persona;

Que la finalización de las tareas correspondientes a transformación del ex Jardín

Zoológico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg",

están planificadas para el corriente año;

Que por Ley Tarifaria N° 6.593, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

determinó las alícuotas y aforos para el pago de los impuestos, tasas y demás

contribuciones del Código Fiscal para el periodo fiscal 2023;

Que en el Artículo 142 del Anexo I de la mentada Ley se previeron aranceles para el

ingreso de visitantes al Ecoparque Interactivo;

Que el pago de los aranceles por ingreso general al predio está directamente

vinculado a la posibilidad de que los visitantes accedan a la totalidad de los espacios y

atracciones del predio;

Que el segundo párrafo del Artículo 142 reza "La Unidad de Proyectos Especiales

(UPE) Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrá, mediante

acto administrativo fundado, disponer la exención del pago de los aranceles

establecidos por razones de interés público";

Que, en consecuencia, corresponde determinar la exención, hasta la culminación del

proceso de transformación, al pago de los siguientes aranceles previstos en el referido

artículo: 1.1 Entrada general por persona (Residente Nacional); 1.2 Entrada general

por persona (Turista Internacional); 1.5 Pase General Mensual por Persona y 1.6 Pase

General Anual por Persona;

Que mediante el Decreto N° 497-GCABA/19 se designó al suscripto a partir del 10 de

diciembre de 2019 como Titular de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE)

Ecoparque Interactivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de la

Secretaría de Ambiente;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Unidad de Gestión General de

Operaciones, Administración y Asuntos Legales.

Por ello, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 142 del

Anexo I de la Ley Tarifaria N° 6.593,

EL TITULAR

DE LA UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES ECOPARQUE INTERACTIVO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

Artículo 1.- Dispóngase la exención al pago de los siguientes aranceles previstos en el

Artículo 142 del Anexo I la Ley Tarifaria N° 6.593: "1.1 Entrada general por persona

(Residente Nacional); 1.2 Entrada general por persona (Turista Internacional); 1.5

Pase General Mensual por Persona y 1.6 Pase General Anual por Persona", hasta que

culmine el proceso de transformación progresiva del ex Jardín Zoológico de la Ciudad

de Buenos Aires "Eduardo Ladislao Holmberg" o hasta que la Unidad de Proyectos

Especiales Ecoparque Interactivo lo disponga mediante nuevo acto administrativo

fundado.

Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y

comuníquese a la Dirección General Tesorería y a la Dirección General Contaduría.

Cumplido, archívese. Iglesias

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 1-UPEEI/23 dispone la exención al pago de los siguientes aranceles previstos en el Artículo 142 del Anexo I la Ley Tarifaria N° 6.593:  “1.1 Entrada general por persona (Residente Nacional); 1.2 Entrada general por persona (Turista Internacional); 1.5 Pase General Mensual por Persona y 1.6 Pase General Anual por Persona”, hasta que culmine el proceso de transformación progresiva del ex Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires “Eduardo Ladislao Holmberg o hasta que la Unidad de Proyectos Especiales Ecoparque Interactivo lo disponga mediante nuevo acto administrativo fundado.</p>