RESOLUCIÓN 6462 2022 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA APÉNDICE XXXII - ANEXO DE TÍTULOS - NORMAS DE INTERPRETACIÓN - CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE - ASPIRANTE A CARGOS DE ASCENSO - ASPIRANTE AL INGRESO A LA DOCENCIA - DESIGNACIÓN DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS - EN TODAS LAS ÁREAS DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
10/01/2023
Sanción:
19/12/2022
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su
modificatoria Ley N° 6.544, los Decretos Nros. 1.205/86, 1.621/89, 852/91, 2.428/91,
619/92, 480/93, 517/98, 455/00, 306/02, 270/03, 469/04, 267/05, 304/06, 547/07,
1243/07, 489/08, 370/08, 449/09, 688/10, 418/11, 255/12 y 400/13, las Resoluciones
Nros. 3.831-MEGC/13 y sus modificatorias, 3.850-MEGC/13, 4.120-MEGC/13, 1.690-
MEGC/14, 2.598- MEGC/14, 3.591-MEGC/15, 829-MEGC/16, 928-MEGC/17, 1.364-
MEGC/17, 867- MEGC/18, 1.654-GCABAMEIGC/19, 1.875-GCABA-MEIGC/19, 1.233-
GCABA-MEDGC/20, 737- GCABA-MEDGC/21 y 4.038-GCABAMEDGC/21, el
Expediente Electrónico N° 44.144.468-GCABA- DGCDO/22, y
CONSIDERANDO:
Que tramita por estas actuaciones la aprobación del Apéndice XXXII del Anexo de
Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante
a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de
interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de gestión estatal
dependientes del Ministerio de Educación;
Que el Anexo de Títulos aprobado por Decreto N° 1.205/86 se concibe como un
documento abierto que requiere ser actualizado anualmente, para ajustarlo a los
cambios de la realidad educativa que involucra: Aparición de carreras nuevas, cambios
de planes de estudios y creaciones de cargos docentes;
Que, para satisfacer esas necesidades, la Comisión Permanente de Anexo de Títulos,
creada por el Decreto N ° 370/08, elabora un Apéndice de puntuación anual conforme
el Artículo 5° del mentado decreto que, al contar con la norma aprobatoria, pasa a
integrar el Anexo de Títulos Del Estatuto del Docente Ordenanza N° 40.593 y su
modificatoria Ley N° 6.544;
Que, conforme a lo expuesto, el Anexo de Títulos mencionado fue actualizado con la
elaboración de los Apéndices I, II y su ampliación III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII,
XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII
XXVIII, XXIX y XXX Y XXXI aprobados por los Decretos Nros. 1.621/89, 852/91,
2.428/91, 619/92, 480/93, 517/98, 455/00, 306/02, 270/03, 469/04, 267/05, 304/06,
547/07, 1.243/07, 489/08, 449/09, 688/10, 418/11, 255/12, la Resolución N° 3.831-
MEGC/13 y sus modificatorias, las Resoluciones Nros. 3.850-MEGC/13, 4.120-
MEGC/13, 1.690-MEGC/14, 2.598-MEGC/14, 3.591-MEGC/15, 829-MEGC/16, 928-
MEGC/17, 1.364-MEGC/17, 867-MEGC/18, 1.654-GCABA-MEIGC/19, 1.875-
GCABAMEIGC/19, 1.233-GCABA-MEDGC/20, 737-GCABA-MEDGC/21 y 4.038-
GCABA-MEDGC/21;
Que por Decreto N° 400/13 se encomendó al entonces Ministro de Educación la
aprobación de los Apéndices del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la
clasificación del personal docente en todas las áreas de educación de gestión estatal
dependientes del actual Ministerio de Educación;
Que la Comisión Permanente de Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y
Perfeccionamiento Docente, dependiente del Ministerio de Educación, concluyó y
elevó la propuesta del Apéndice XXXII del Anexo de Títulos para la clasificación del
personal docente, aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y
para la designación de interinatos y suplencias por aplicación de la Ordenanza N°
40.593 y su modificatoria Ley N° 6.544, ajustándose a las disposiciones vigentes;
Que la Dirección General Carrera Docente propicia la aprobación del citado Apéndice;
Que la Subsecretaría de Carrera Docente tomó la intervención de su competencia;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó la intervención que
le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 400/13,
Artículo 1°.- Apruébase el Apéndice XXXII del Anexo de Títulos y Normas de
Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de
ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y
suplencias en todas las áreas de educación de gestión estatal dependientes del
Ministerio de Educación, conforme al detalle obrante en el Anexo (IF-2022-45355789-
GCABA-DGCDO), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
efectúense las comunicaciones oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Carrera
Docente, a la Dirección General Carrera Docente, a la Comisión Permanente de
Anexo de Títulos y Cursos de Capacitación y Perfeccionamiento Docente y a la
Comisión de Registro y Evaluación de Antecedentes Profesionales. Cumplido,
archívese. Acuña