DECRETO 1205 1986

Síntesis:

ANEXOS DE TÍTULOS DOCENTES ELABORADOS POR LA COMISIÓN DE TÍTULOS Y CURSOS (JUNTAS DE CLASIFICACIÓN DOCENTE Y DISCIPLINA)

Publicación:

08/09/1986

Sanción:

04/04/1986

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES


Visto lo normado por la Ordenanza N° 40. 593 y su modificatoria N� 4.0.750 Estatuto del Docente Municipal- en su artículo 17 y concordantes y sus Decretos reglamentarios Nos. 611/86 Y 1517/86 con relación a la clasificación del personal docente y de los aspirantes al ingreso a la docencia y a interinatos y suplencias y,

CONSIDERANDO:

Que las Juntas de Clasificación, entre otras, tienen la función de clasificar a los interesados para elaborar las listas de orden de mérito respectivas;

Que, entre los antecedentes puntua-bles se encuentran títulos y cursos que a los efectos de su reconocimiento y asignación de puntaje, fueron objeto de análisis

previo por parte de la Comisión de Títulos y Cursos (artículo 17 del Decreto 611/86) dependiente de la Dirección de Asuntos Institucionales de la Secretaria de educación;

Que por lo expuesto habiendo culminado la tarea encomendada a dicha Comisión, es necesario la aprobación mediante Decreto de los Anexos de Títulos de las respectivas Áreas de la Educación a efectos de que se agreguen a la Reglamentación del Estatuto del Docente Municipal de la cual deben formar parte;

Por ello y teniendo en cuenta lo propuesto por la Secretaría de Educación,

EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA

Art. 1° - Apruébanse los Anexos de Títulos elaborados por la omisión de Títulos y Cursos dependiente de la Direc-ción de Asuntos Institucionales de la Secretaría de Educación correspondientes a las Áreas de la Educación Inicial de la Educación Primaria de la Educación de la Educación del Adulto y del Adolescente de la Educación Postprimaria y Curricular de Materias y las normas de interpretación que como Anexos I a VII forman parte del presente decreto.

Art. 2� - El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Educación y General de la Intendencia.

Art. 3� - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Educación y a la Dirección General del Personal.


ANEXOS

ANEXOS
VII. NORMAS DE INTERPRETACION

1 - Los títulos o certificados que se mencionan en el presente anexo, como así los que se incluyan en el futuro, son los expedidos por los establecimientos de enseñanza dependientes de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires; por los del Ministerio de Educación y justicia; por los institutos incorporados a la enseñanza oficial; por las Universidades Nacionales; por las Universidades privadas autorizadas; por las Provincias (Ley N° 19988 - Decreto N� 1040/73) y por los organismos de jurisdicción nacional.

2 - No podrán ser considerados por las respectivas juntas títulos o certificados que hayan sido expedidos por otras instituciones u organismos que los expresamente indicados, aún cuando la denominación del título sea coincidente. Las juntas de Clasificación otorgarán puntuación o no de acuerdo, con lo expresado en el apartado 1.

3 - Los títulos otorgados por las Universidades Privadas autorizadas que tengan la misma denominación que los extendidos por las Universidades Nacionales, tendrán igual competencia que estos últimos.

4 - El orden en que se indican los títulos o certificados en cualquier asignatura cargo, no significa de modo alguno prioridad para su clasificación.

5 - Cuando en una asignatura o cargo, se indican dos títulos, un titulo y un certificado, o dos certificados separa dos por la conjunción "y", significa que se requiere la concurrencia de ambos para el desempeño de la asignatura o cargo.

6 - Cuando dos títulos o un título y un certificado, o dos certificados se encuentren separados por la conjunción �o�, que significa que cualesquiera de ellos habilita para el desempeño de la asignatura o cargo.

7 - El cambio en la denominación de un Ministerio Nacional o institución oficial, no modifica el alcance y calificación del título o certificado extendido.

8 - Cualquier título o certificado tendrá igual alcance y calificación tanto figure en masculino o femenino,

9 - Cuando un titulo o certificado se diferente de otro ya incluido en el anexo sólo por una proposición, dicho titulo tendrá la misma validez y alcance que el ya incluido.

10 - Cuando un título se diferencie de otro, únicamente por hallarse su denominación expresada en plural, ambos títulos tienen igual alcance y calificación.

11 - Cuando un título se diferencie de otro, por hallarse sólo cambiado el orden de su denominación, ambos tienen igual alcance y calificación.

12 - El anexo de títulos contiene la denominación de los títulos e indica el origen de los mismos solo en los casos especialmente establecidos.

13 - Ningún documento perderá la calidad del título básico obtenido acuerdo a las reglamentaciones anteriores: Decreto Municipal 1415/82 (B.M. N� 16749) y decreto P.E.N. N� 8188 de 1959; y decretos complementarios o intermedios, pero podrá ser mejorada cuando el presente anexo de títulos así lo determine.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 6250-MEDGC/23 aprueba el Apéndice XXXIII del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de gestión estatal dependientes del Ministerio de Educación, quedando modificado el Decreto N° 1205/86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 4038-MEDGC/21, aprueba el Apéndice XXXI del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de gestión estatal dependientes del Ministerio de Educación, incorporandose al Decreto 1205/86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 867-ME-18 aprueba el Apéndice XXVI del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de Gestión Estatal dependientes del Ministerio de Educación, actualizando los Anexos aprobados por Decretos 1205-86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1364-ME-17 aprueba el Apéndice XXV del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de Gestión Estatal dependientes del Ministerio de Educación, actualizando los Anexos aprobados por Decretos 1205-86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 928-MEGC-17 aprueba el Apéndice XXIV del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias, actualizando el aprobado por Decreto 1205-86.</p>
RATIFICADA POR
Art 1 del Dto 721-11 no hace lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el docente Eduardo Horacio García del Río, F.C. N° 364.985, contra el Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la Clasificación Docente
MODIFICADA POR
INTEGRADA POR
Dto 400-13 en su art. 1° encomienda al Ministro de Educación aprobar los Apéndices del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para el desempeño de interinatos y suplencias en todas las áreas de la educación dependientes del citado Ministerio en el marco del Dec. 1205-86.
MODIFICADA POR
Artículo 1° - Apruébase el Apéndice IX del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente
MODIFICADA POR
Art. 1 y Anexo Dto. 619-92 Mod. Dto. 1205-86 - Aprobación del Apéndice III del Anexo de Títulos.
INTEGRA
Anexos de Títulos Ley Nacional 14473 Incorporados a Dto. 1205-96. (Por Ord. 50224.)
MODIFICADA POR
AMPLIA LOS ALCANCES DEL DECRETO 1205-86 - APRUEBA EL APENDICE VIII
MODIFICADA POR
AMPLIA LOS ALCANCES DEL DECRETO 1205/MCBA/86- - APRUEBA EL APENDICE VII-
MODIFICADA POR
Anexo Dto. 1621-89 Modifica Dto. 1205-86. Aprueba el Apéndice I al Anexo de Títulos: le agrega y suprime títulos habilitantes.
MODIFICADA POR
Dto. 267-05 Mod. Anexos del Dto.1205-86.Títulos Docentes. Incorpora Apéndice X del Anexo de Títulos.
MODIFICADA POR
Dec. 418-11 aprueba el nuevo anexo de títulos para la clasificación de los docentes - modifica el anexo del Dec. 1205-86
MODIFICADA POR
Dto 688-10 Aprueba el Apéndice XV del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante al ingreso y a la designación para el desempeño de interinatos y suplencias en todas las áreas de la educación
MODIFICADA POR
Anexo-Normas de Interpretación punto 1 del Dto. 852-91 Incluye en el Dto. 1205-86 - Inclusión del Apéndice II al Anexo de Títulos Docentes.
MODIFICADA POR
Anexo Folios 27 y 56 Dto. 852-91 Deroga ubicación en Dto. 1205-86 - Apéndice II: Deja sin efecto la ubicación del Dto. 6008-86;Título de Maestra Práctica y Título de Maestro Nacional de Música.
MODIFICADA POR
AMPLIA LOS ALCANCES DEL DECRETO 1205-86- - APRUEBA EL APENDICE VI
MODIFICADA POR
Dto. 2428-91 Amplía Dto. 1205-86. Apéndice II del Anexo de Titulos.
MODIFICADA POR
Dec. 304-06 Modifica el Dec. 1205-86 Títulos Docentes - Incorpora Apéndice XI - del Anexo de Títulos
MODIFICADA POR
Art. 3 Ord. 50224 Inc.al Dto.1205-86.Incorpora los Anexos del Estatuto del Docente Nacional (Ley 14473)
MODIFICADA POR
Art. 1 y Anexo- Apéndice 4 Dto. 480-93 Mod. Dto. 1205-86. Aprobación Apéndice IV , sumándolo al Anexo de Títulos. Títulos Supletorios: deroga ubicación de "Maestro Normal Nacional".
MODIFICADA POR
Dec. 547-07 Modifica el Dec. 1205-86 Títulos Docentes - Incorpora Apéndice XII - del Anexo de Títulos
MODIFICADA POR
Dec. 489-08 - Aprueba el apéndice XIII de Títulos - Modifica el Dec. 1205-86
MODIFICADA POR
Dec. 449-09 - Aprueba el apéndice XIV de Títulos - Modifica el Dec. 1205-86
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1233-MEDGC-20 aprueba el Apéndice XXIX del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de gestión estatal, en marco del Decreto 1250-86. </p>
MODIFICADA POR
<p>Decreto 517-98 y Decreto 1205-86 aprueban Anexo de Títulos y normas de interpretación, confeccionados por la Comisión Permanente de Títulos y Cursos, a efectos de que se agreguen a la Reglamentación del Estatuto del Docente.  </p>
MODIFICADA POR
<p>Res. 2598-MEGC-14 en su art. 1° aprueba Apéndice XXI Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para clasificar al personal docente aspirantes a cargos de ascenso ingreso a la docencia y designación de interinatos y suplencias en el marco del Dto 1205-86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución. 3591-MEGC-15, aprueba Apéndice XXII Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para clasificar al personal docente aspirantes a cargos de ascenso ingreso a la docencia y designación de interinatos y suplencias en el marco del Decreto 1205-86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Dto 255-13 aprueba Apéndice XVII del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante al ingreso y a la designación para el desempeño de interinatos y suplencias en todas las áreas de la educación en el marco del Dec.1205-86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución. 829-MEGC-16, aprueba Apéndice XXIII Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para clasificar al personal docente aspirantes a cargos de ascenso ingreso a la docencia y designación de interinatos y suplencias en el marco del Decreto 1205-86.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolución 1690-MEGC-14 aprueba el Apéndice XX para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia, interinatos y suplencias por aplicación del Decreto 1205-86 y sus modificatorias.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 1875-MEIGC-19 aprueba el Apéndice XXVIII del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente, quedando modificado el Decreto 1205-86.</p>
MODIFICADA POR
<p>El Art. 1º de la Resolucion Nº 1654/MEIGC/19 aprueba el Apéndice XXVII del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de Gestión Estatal dependientes del Ministerio de Educación e Innovación.</p>
COMPLEMENTA
<p>Aprueba los Anexos de Títulos elaborados por la Comisión de Títulos y Cursos.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 6462-MEDGC/22 aprueba el Apéndice XXXII del Anexo de Títulos y Normas de Interpretación para la clasificación del personal docente aspirante a cargos de ascenso, aspirante al ingreso a la docencia y para la designación de interinatos y suplencias en todas las áreas de educación de gestión estatal dependientes del Ministerio de Educación quedando modificado el Decreto N° 1205/86.</p>