RESOLUCIÓN 11 2020 UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

Síntesis:

DISPONE - APLICACIÓN DE LO ESTABLECIDO POR LEY N° 471 - PERSONAL DE GESTIÓN Y TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS - UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Publicación:

17/01/2023

Sanción:

07/07/2020

Organismo:

UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley de Educación Superior N° 24.521, la Ley N° 6.053, el Decreto N°

89/2020/GCBA/AJG, el Expediente Electrónico 16645367/2020/UDECI y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 6.053 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires se creó la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que

funcionará como persona jurídica pública estatal en la órbita del entonces Ministerio de

Educación e Innovación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de lo

dispuesto por la Ley de Educación Superior N° 24.521;

Que la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires gozará de autonomía

académica e institucional y autarquía económica, financiera y administrativa, con los

alcances previstos en la ley 6.053, su reglamentación y los términos de la Ley

Nacional de Educación Superior;

Que la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se organizará

internamente de acuerdo con los Órganos de Gobierno y de Administración que

establece el Estatuto conforme lo prevé el artículo 49 de la Ley de Educación Superior

24.521;

Que la Universidad requiere contar con un plantel de gestión y de personal técnico,

administrativo y de servicios, encargado de brindar soporte al desarrollo de

actividades, procesos y funciones sustantivas de la Universidad.

Que a los efectos de determinar los derechos y obligaciones del personal de gestión y

técnico administrativo y de servicios que se desempeñará en el ámbito de la

Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta necesario establecer que

será de aplicación lo establecido por la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N°

6.017) y sus modificatorias, hasta tanto se dicten las normas correspondientes.

Por ello, y en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL RECTOR- ORGANIZADOR

DE LA UNIVERSIDAD DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Disponer que dentro del ámbito de la Universidad de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, será de aplicación al personal de gestión y técnico,

administrativo y de servicios lo establecido por la Ley N° 471 (texto consolidado por

Ley N° 6.017) y sus modificatorias, hasta tanto se dicten las normas propias.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese. Cumplido, archívese. Palamidessi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 11-UDECI/20 dispone que dentro del ámbito de la Universidad de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será de aplicación al personal de gestión y técnico, administrativo y de servicios lo establecido por la Ley N° 471.</p>