RESOLUCIÓN 1 2023 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

APRUEBA - MODIFICACIÓN - PROTOCOLO DE EXAMEN PRÁCTICO DE IDONEIDAD CONDUCTIVA - HABILITA Y APRUEBA - MODIFICACIÓN - ÁREAS URBANAS PARA EL EXAMEN PRÁCTICO DE IDONEIDAD CONDUCTIVA - EXAMEN - LICENCIAS DE CONDUCIR 

Publicación:

23/01/2023

Sanción:

18/01/2023

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS


VISTO: La Ley N° 2.148 y su modificatoria N° 6.486 (Textos consolidados por Ley N°

6.588), el Decreto N° 588/10 y su modificatorio N° 316/21, el Decreto N°463/19 y sus

modificatorios, el Decreto N° 337/20, la Resolución N° RESFC-2022-1-GCABA-

SECTOP y el Expediente Electrónico N° EX-2022-27737273-- GCABA-DGDEI, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 2.148 (Texto Consolidado por Ley N° 6.588), modificada por Ley N°

6.486 aprobó el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, el artículo 3.2.8 del citado Código establece los requisitos para el otorgamiento

por primera vez de las Licencias de Conducir, determinando para ese supuesto o en

los casos especiales que establece el Código, conforme lo previsto por el inciso j) del

citado artículo se requiere la aprobación de un examen práctico de idoneidad

conductiva, el cual "(...) Debe realizarse en un vehículo correspondiente a la clase de

licencia solicitada, que además cumpla con todas las prescripciones legales de

seguridad y documentación que la Autoridad de Aplicación establezca. Debe utilizarse

un circuito de prueba o un área urbana habilitada por acto administrativo de la

Autoridad de Aplicación. (...)";

Que a través del Decreto N° 588/10, modificado por Decreto N° 316/21, se aprobó la

reglamentación del citado Código, con la excepción de los Títulos Octavo y Undécimo;

Que el artículo 3.2.2. del mencionado Decreto establece como subclasificación de

licencia a la categoría B1 para Automóviles, camionetas y utilitarios hasta tres mil

quinientos kilogramos (3.500 kg.) de peso;

Que, por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico-funcional

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la

Jefatura de Gabinete de Ministros y a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión

Comunal, entonces dependiente de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Poder

Ejecutivo;

Que por Decreto N° 465/22 se creó la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo

Territorial en el ámbito de la Jefatura de Gobierno ;

Que por el mismo acto se modificó la estructura organizativa de la Secretaría de

Asuntos Estratégicos y la dependencia funcional de la Secretaría de Atención

Ciudadana y Gestión Comunal y de las Subsecretarías y Direcciones Generales que le

dependen de la órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos a la Unidad de

Proyección Federal y Desarrollo Territorial;

Que la citada norma contempla, asimismo, a la Dirección General de Habilitación de

Conductores dentro de la órbita de la Subsecretaría de Servicios al Ciudadano de la

Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal;

Que la Secretaría de Transporte y Obras Públicas es la Autoridad de Aplicación del

Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de

conformidad con el Decreto N° 377/20;

Que, por su parte, corresponde a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión

Comunal la implementación de las normas referentes a la habilitación de conductores

en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y asegurar su cumplimiento;

Que la Dirección General de Habilitación de Conductores tiene entre sus

responsabilidades primarias la implementación de las políticas y disposiciones

relativas a la gestión del régimen de habilitación diseñadas y establecidas por la

Secretaría de Transporte y Obras Públicas;

Que por medio de la Resolución de firma Conjunta N° 1/GCABA-SECTOP/22 las

Secretarías de Atención Ciudadana y Gestión Comunal y de Transporte y Obras

Públicas implementaron la metodología y regulaciones que han de tener los exámenes

prácticos mencionados previamente a través de la aprobación de un "Protocolo de

Examen Práctico de Idoneidad Conductiva", y habilitaron las áreas urbanas de la

Ciudad en las que podrá efectuarse el examen práctico para la obtención de las

Licencias de Conducir;

Que, a tal fin, la Dirección General de Diseño e Implementación por medio de la

Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial y la Dirección General de

Habilitación de Conductores se expidieron en los términos de los Informes N° IF-2023-

03799306-GCABA-DGDEI e IF-2023-04231351-GCABA-DGHC, manifestado la

necesidad de modificar "Protocolo de Examen Práctico de Idoneidad Conductiva" y las

áreas urbanas habilitadas a los fines de mejorar la implementación de lo dispuesto en

el artículo 3.2.8 inc. j) del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en virtud de las facultades que les son propias,

LA SECRETARIA

DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

Y LA SECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTIÓN COMUNAL

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Apruébase la modificación del "Protocolo de Examen Práctico de

Idoneidad Conductiva", que como Anexo I (IF-2023-03797340-GCABA-DGDEI), forma

parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Habilítense y apruébase la modificación de las "Áreas Urbanas para el

Examen Práctico de Idoneidad Conductiva", a los efectos establecidos en el Artículo 1°

de la presente, las que se encuentran individualizadas en el Anexo II (IF-2023-

03775092-GCABA-DGDEI) que forma parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

comuníquese a las Escuelas de Conductores de Automotores habilitadas de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, a la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, a la Dirección

General Cuerpo de Agentes de Tránsito, a la Dirección General de Administración de

Infracciones, a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, a la Dirección

General de Diseño e Implementación, a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a

la Subsecretaría de Planificación de la Movilidad,a la Subsecretaría de Servicios al

Ciudadano y a la Gerencia Operativa de Educación y Convivencia Vial. Cumplido,

archívese. Domeniconi - López Menéndez


ANEXOS

ANEXO I

ANEXO II

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Articulo 1° de la Resolución N° 1/SECTOP/23 aprueba la modificación del Protocolo de Examen Práctico de<br />Idoneidad Conductiva, aprobado por la Resolución N° 1/SECTOP/22.</p><p>Articulo 2° aprueba y habilita la modificación de las Áreas Urbanas para el Examen Práctico de Idoneidad Conductiva.</p>