RESOLUCIÓN 799 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
ACTUALIZA - MONTO - UNIDAD MÓVIL DE ASIGNACIONES FAMILIARES - UMAF - Y RANGOS DE INGRESO - CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA Y UNO CÉNTIMOS POR CIENTO - RÉGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES - PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Publicación:
31/01/2023
Sanción:
26/01/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
VISTO: La Ley N° 6.457 y el Expediente Electrónico N° 3.529.964-GCABA-SSGRH/23,
y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 6.457 se aprueba el Régimen de
Asignaciones Familiares para el personal de la Administración Pública del Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente del Poder Ejecutivo, inclusive
entes jurídicamente descentralizados, sociedades del estado y el personal
dependiente de las comunas;
Que se artículo 2° establece que el monto de las mencionadas asignaciones familiares
se conforma en "unidades móviles de asignaciones familiares" (UMAF), cuyo valor
será determinado y actualizado en la forma y oportunidad determinadas en la ley;
Que el segundo párrafo del artículo 5° dispone que "El valor de la UMAF y los rangos
de ingreso que determinan la cantidad de UMAF a percibir se actualizarán en enero y
julio de cada año, conforme el índice que resulte del cálculo del promedio simple de
los incrementos salariales otorgados durante el semestre inmediato anterior conforme
negociación colectiva para el personal de las Carreras de la Administración Pública, de
Enfermería y Especialidades Técnico Profesionales de la Salud, de Profesionales de la
Salud y del Escalafón Docente";
Que, a su vez, el artículo 6° establece que el Ministerio de Hacienda y Finanzas tiene
a su cargo el cálculo y publicación de la movilidad referida;
Que la Dirección General de Planificación y Control Operativo ha tomado la
intervención de su competencia;
Que, en atención a lo expuesto precedentemente, corresponde emitir el presente acto
administrativo.
Por ello y en uso de las funciones establecidas por el artículo 6° de la Ley N° 6.457,
Artículo 1°.- Actualizar el monto de la unidad móvil de asignaciones familiares (UMAF)
y de los rangos de ingreso, en un cincuenta y seis con cuarenta y uno céntimos por
ciento (56,41%), de conformidad con lo establecido en la Ley N° 6.457.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y
comuníquese a las Direcciones Generales de Planificación y Control Operativo y de
Administración y Liquidación de Haberes, pertenecientes a la Subsecretaría de
Gestión de Recursos Humanos de este Ministerio. Cumplido, archívese. Miguel p/p