RESOLUCIÓN 3778 2004 SECRETARIA DE CULTURA

Síntesis:

CONCEDE UN SUBSIDIO A LA JUNTA CENTRAL DE ESTUDIOS HISTÓRICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, FEDERACIÓN - PROGRAMA DE FOMENTO METROPOLITANO DE LA CULTURA LAS ARTES Y LAS CIENCIAS - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - PUBLICACIÓN DE LIBROS - ANÍBAL LOMBA - 8 CONGRESO DE HISTORIA - SUBSIDIO PRESERVACIÓN Y FOMENTO DEL PATRIMONIO CULTURAL - BENEFICIARIOS

Publicación:

06/12/2004

Sanción:

17/11/2004

Organismo:

SECRETARIA DE CULTURA


Visto el Expediente N° 65.557/04, el Decreto N° 1.020/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1965), las Resoluciones Nros. 2.066/SC/04 (B.O.C.B.A. N° 1989) y 2.121/SC/04 (B.O.C.B.A. N° 1987); y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1.020/GCBA/04 se ha creado el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;

Que, el Decreto mencionado delega en esta Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;

Que, por Resolución N° 2.066/SC/04 se ha procedido a reglamentar el citado Decreto;

Que, por Resolución N° 2.121/SC/04 se procedió a aprobar una línea de subsidios destinada a personas físicas y jurídicas que desarrollen actividades para la preservación y fomento del Patrimonio Cultural;

Que, en los presentes actuados tramita la petición del Sr. Aníbal Lomba, DNI 4.188.655, en representación debidamente acreditada de Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires, Federación, CUIT 30-70128936-2, con domicilio en Perú 272, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el proyecto titulado Publicación de una selección de trabajos presentados durante la realización del VIII Congreso de Historia, encuadrado dentro de la línea de subsidio Preservación y Fomento del Patrimonio Cultural;

Que, el equipo asesor recomienda dictaminar favorablemente, por las razones y fundamentos expuestos en su respectivo informe;

Que, el Área Sustantiva, en este caso la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, ha dictaminado propiciar la concesión del subsidio a la Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires -Federación-, por la suma de pesos cinco mil ($ 5.000), para la publicación de una selección de trabajos presentados en el VIII Congreso de Historia de la Ciudad de Buenos Aires, por las razones, motivos y fundamentos expuestos en su correspondiente dictamen;

Que, la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de esta Secretaría de Cultura ha tenido por cumplidos los requisitos y el procedimiento establecido en la normativa vigente, produciendo en consecuencia, el Dictamen correspondiente;

Por ello, de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 1.020/GCBA/04 y por la Resolución N° 2.066/SC/04 y demás normas complementarias;

EL SECRETARIO DE CULTURA

RESUELVE:

Artículo 1° - Concédase el subsidio solicitado por la Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires, Federación, CUIT 30-70128936-2, por la suma de pesos cinco mil ($ 5.000 ).

Artículo 2° - El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art. 11 de la Resolución N° 2.066/SC/04.

Artículo 3° - Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden General de Pago, a favor de Junta Central de Estudios Históricos de la Ciudad de Buenos Aires, Federación.

Artículo 4° - El beneficiario deberá proceder a la apertura de una Cuenta Corriente o Caja de Ahorro en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Casa Matriz o Sucursales, a los fines de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deposite la suma correspondiente.

Artículo 5° - El beneficiario se comprometerá a comunicar fehacientemente los datos de la apertura de la cuenta precitada a la Dirección General de Tesorería.

Artículo 6° - El gasto que demande el presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria del año 2004.

Artículo 7° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 4° de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. López

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