DISPOSICIÓN 448 2023 DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

Síntesis:

APRUEBA PROCEDIMIENTOS - CONSULTAS DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA - FIJACIÓN DE LÍNEA DE FRENTE INTERNO - CONSULTA OBLIGATORIA GENERAL - CERTIFICADO URBANÍSTICO - CONSULTA OBLIGATORIA PARA INMUEBLES EN APH O CATALOGADOS - SOLICITUDES ESPECIALES PARA INMUEBLES EN APH O CATALOGADOS - CONSULTA DE USOS - VISADO DE ANUNCIO PUBLICITARIO - FRONTAL - SALIENTE - MARQUESINA - TOLDOS - CONSULTA DE EMPLAZAMIENTO DE ESTRUCTURAS -  SOPORTES DE ANTENAS - DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

Publicación:

22/02/2023

Sanción:

16/02/2023

Organismo:

DIRECCION GENERAL DE INTERPRETACION URBANISTICA

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 6.099 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y modificatorias, el

Decreto N° 475/20, el Expediente Electrónico N° 2023-07516176-GCABA-DGIUR y,

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados se propician regular los procedimientos de las

consultas de Interpretación Urbanística, Fijación de Línea de Frente Interno, Consulta

Obligatoria General, Certificado Urbanístico, Consulta Obligatoria para Inmuebles en

APH o Catalogados, Solicitudes Especiales para Inmuebles en APH o Catalogados,

Consulta de Usos, Visado de Anuncio Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o

toldos y Consulta de emplazamiento de estructuras soportes de antenas; de acuerdo a

lo dispuesto por el Código Urbanístico, aprobado por Ley N° 6.099 y modificatorias y

sus correspondientes Anexos;

Que a través del Art. 2.4 - Consulta al Organismo Competente del Código Urbanístico

se dispone que el mismo es el procedimiento por el cual se efectúan las consultas

técnicas urbanísticas, siendo ella obligatoria en los casos que así se determinen en el

referido Código;

Que dentro de lo antedicho se encuadran los tramites de Interpretación Urbanística,

Fijación de Línea de Frente Interno, Certificado Urbanístico, Consulta Obligatoria

General, Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH o Catalogados, Solicitudes

Especiales para Inmuebles en APH o Catalogado y Consultas de Usos y Visado de

Anuncio Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o toldos;

Que por Decreto N° 455/22 se estableció entre las responsabilidades primarias de la

Dirección General de Interpretación Urbanística las de "Proponer la reglamentación

técnica correspondiente al Código Urbanístico", "Disponer e informar la aplicación del

Código Urbanístico y de las normas urbanísticas que lo completen o en el futuro lo

reemplacen", "Realizar la interpretación de las normas urbanísticas y del patrimonio

arquitectónico y urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" y "Aplicar y

entender en la normativa sobre usos, tejido urbano y patrimonio arquitectónico y

urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", entre otras;

Que a los fines de otorgar sencillez y eficacia a los trámites y procedimientos que

deban tramitarse ante esta Dirección General de Interpretación Urbanística

dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo

Urbano, con el objeto de asegurar su economía administrativa y celeridad, resulta

necesario aprobar el procedimiento aplicable a las distintas tramitaciones previamente

enunciadas;

Que ha prestado conformidad la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de

Desarrollo;

Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las facultades que le fueron atribuidas,

LA DIRECCIÓN GENERAL

DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA

DISPONE:

Artículo 1°.- Aprobar los procedimientos de las consultas de Interpretación Urbanística,

Fijación de Línea de Frente Interno, Consulta Obligatoria General, Certificado

Urbanístico, Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH o Catalogados, Solicitudes

Especiales para Inmuebles en APH o Catalogados, Consulta de Usos, Visado de

Anuncio Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o toldos, Consulta de

emplazamiento de estructuras soportes de antenas, conforme lo establecido por el

Anexo I (IF-2023-07624312-GCABA-DGIUR) que integra la presente Disposición.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión Urbana y a la Dirección General Registro

de Obras y Catastro para su conocimiento y demás efectos. La presente Disposición

entrará en vigencia a partir de su publicación en Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

Tuya


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6566

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 970/DGIUR/23, deja sin efecto la Disposición N° 448/DGIUR/23 y su Anexo I (IF-2023-07624312-GCABA-DGIUR).</p>
INTEGRA
<p>Articulo 1° de Disposicion N° 448-DGIUR/23 aprueba los procedimientos de las consultas de Interpretación Urbanística, Fijación de Línea de Frente Interno, Consulta Obligatoria General, Certificado Urbanístico, Consulta Obligatoria para Inmuebles en APH o Catalogados, Solicitudes Especiales para Inmuebles en APH o Catalogados, Consulta de Usos, Visado de Anuncio Publicitario (Frontal, saliente) marquesina y/o toldos, Consulta de emplazamiento de estructuras soportes de antenas</p>