RESOLUCIÓN 2 2023 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Síntesis:
SUSTITUYE ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 24-MJGGC/22 - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - ASIGNADAS A JURISDICCIONES - AÑO 2023
Publicación:
07/03/2023
Sanción:
01/03/2023
Organismo:
MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros
463/19 y modificatorios, y 458/22, la Resolución Conjunta N°24/MJGGC/22 y su
modificatoria N° 1/MJGGC/23, y el Expediente Electrónico N° 08680672 - GCABA-
DGDSCIV/23, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario
de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2020 y
el 31 de diciembre de 2020;
Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y
Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la
cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que
correspondan;
Que a través del Decreto N° 458/22 se prorrogó el citado régimen modular por el
período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2023 a fin de continuar
con el cumplimiento de los objetivos y programas de gobierno;
Que, en tal sentido, por la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22, y su modificatoria
Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/23 el Ministro de Hacienda y Finanzas y el señor
Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignaron Unidades Retributivas
Extraordinarias a las distintas jurisdicciones;
Que posteriormente, con el objeto de reorganizar las responsabilidades primarias de
las Unidades Organizativas se realizaron modificaciones de la estructura orgánico
funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que conforme lo expuesto, es menester sustituir el Anexo (IF-2023-04651143-
GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22, por el Anexo (IF-
2023-08686792-GCABA-DGDSCIV), a fin de readecuarla a la nueva estructura.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 463/19,
Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1 de febrero de 2023, el Anexo (IF-2023-04651143-
GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22 por el Anexo (IF-
2023-08686792-GCABA-DGDSCIV).
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Jurisdicciones detalladas en el
Anexo del artículo 1°, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la
Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General
Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio
de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel