RESOLUCIÓN 2 2023 MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Síntesis:

SUSTITUYE ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 24-MJGGC/22 - CANTIDAD DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS - ASIGNADAS A JURISDICCIONES - AÑO 2023

Publicación:

07/03/2023

Sanción:

01/03/2023

Organismo:

MINISTERIO JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


VISTO: La Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros

463/19 y modificatorios, y 458/22, la Resolución Conjunta N°24/MJGGC/22 y su

modificatoria N° 1/MJGGC/23, y el Expediente Electrónico N° 08680672 - GCABA-

DGDSCIV/23, y

CONSIDERANDO:

Que, por la Ley N° 6.292 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por el artículo 9° del precitado Decreto se creó el Régimen Modular Extraordinario

de Plantas de Gabinete por el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2020 y

el 31 de diciembre de 2020;

Que mediante el artículo 11 se estableció que corresponde al Ministro de Hacienda y

Finanzas y al señor Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignar la

cantidad de Unidades Retributivas Extraordinarias a las Jurisdicciones que

correspondan;

Que a través del Decreto N° 458/22 se prorrogó el citado régimen modular por el

período comprendido entre el 1° de enero y 31 de diciembre de 2023 a fin de continuar

con el cumplimiento de los objetivos y programas de gobierno;

Que, en tal sentido, por la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22, y su modificatoria

Resolución Conjunta N° 1/MJGGC/23 el Ministro de Hacienda y Finanzas y el señor

Jefe de Gabinete de Ministros, en forma conjunta, asignaron Unidades Retributivas

Extraordinarias a las distintas jurisdicciones;

Que posteriormente, con el objeto de reorganizar las responsabilidades primarias de

las Unidades Organizativas se realizaron modificaciones de la estructura orgánico

funcional del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que conforme lo expuesto, es menester sustituir el Anexo (IF-2023-04651143-

GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22, por el Anexo (IF-

2023-08686792-GCABA-DGDSCIV), a fin de readecuarla a la nueva estructura.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 del Decreto N° 463/19,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

Y EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Sustituir, a partir del 1 de febrero de 2023, el Anexo (IF-2023-04651143-

GCABA-DGDSCIV) de la Resolución Conjunta N° 24/MJGGC/22 por el Anexo (IF-

2023-08686792-GCABA-DGDSCIV).

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su

conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Jurisdicciones detalladas en el

Anexo del artículo 1°, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la

Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, y a la Dirección General

Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio de

Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio

de Hacienda y Finanzas. Cumplido, archívese. Mura - Miguel


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6575

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 2-MJGGC-MHFGC/23 sustituye a partir del 1 de febrero de 2023, el Anexo de la Resolución Conjunta N° 24-MJGGC-MHFGC/22</p>
COMPLEMENTA
<p>Resolución Conjunta 2/APRA/23 complementa los Artículos 16 y 21 del Anexo I del Decreto 2020/07.</p>