RESOLUCIÓN 11 2023 FISCALÍA GENERAL
Síntesis:
PRORROGA TÉRMINOS - RESOLUCIÓN 43-FG-20 - CASOS CONTEXTUALIZADOS EN VIOLENCIA DE GÉNERO - FISCALÍA DE CÁMARA ESPECIALIZADA EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS - A CARGO DE LA DRA. SANDRA VERÓNICA GUAGNINO - FISCALIA GENERAL DE LA CIUDAD
Publicación:
07/03/2023
Sanción:
01/03/2023
Organismo:
FISCALÍA GENERAL
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, las potestades de administración y funcionamiento de la Ley N° 1903 -Orgánica
del Ministerio Público-, y las Resoluciones FG N° 43/2020, 85/2020, 8/2021, 69/2021 y
13/2022;
CONSIDERANDO:
Que, en ejercicio de las facultades que le son propias como titular de uno de los
ámbitos del Ministerio Público, corresponde al Fiscal General -entre otras
cuestiones- realizar las reasignaciones del personal de acuerdo a las necesidades del
servicio y fijar normas de carácter general tendientes a regular la distribución interna
del trabajo (artículo 22, inciso 6 y artículo 31 inciso 4, de la Ley N° 1.903).
Que, en ese marco, a través de la Resolución FG N° 43/2020 se dispuso que la
Fiscalía de Cámara Especializada en lo Penal, Contravencional y de Faltas, a cargo de
la Dra. Sandra Verónica Guagnino, tome intervención en segunda instancia en los
casos contextualizados en violencia de género que tramitan ante las Fiscalías de
Primera Instancia en lo Penal, Contravenconal y de Faltas N° 16, 18, 27 y 32; medida
que fue prorrogada sucesivamente a través de las Resoluciones FG Nros. 85/2020,
8/2021, 69/2021 y 13/2022. Vale señalar, incluso, que mediante la Resolución FG N°
111/2022 la intervención de la mentada Fiscalía de Cámara Especializada se amplió
también a los casos que tramitan ante las Fiscalías de Primera Instancia en lo Penal,
Contravencional y de Faltas Nros. 23 y 28.
Que, al respecto, con el objeto brindar continuidad a la labor que viene desarrollando
la Fiscalía de Cámara Especializada en lo Penal, Contravencional y de Faltas entiendo
que corresponde prorrogar nuevamente los términos del artículo 1° de la Resolución
FG N° 43/2020 desde el día de la fecha y por el plazo de un (1) año.
Por todo ello, de conformidad con las potestades atribuidas en la Constitución de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Ley N° 1903,
Artículo 1°- Prorrogar los términos del artículo 1° de la Resolución FG N° 43/2020
desde el día de la fecha y por el término de un (1) año, en orden a lo expuesto en los
considerandos de la presente resolución.
Artículo 2°- Regístrese; publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en la página de Internet del Ministerio Público Fiscal; notifíquese a la
titular de la Fiscalía de Cámara Especializada en lo Penal, Contravencional y de
Faltas, y comuníquese al Tribunal Superior de Justicia, al Consejo de la Magistratura,
a la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas, y por su
intermedio, a los/as Sres./as. Jueces/zas de primera instancia, a la Defensoría
General, a la Asesoría General Tutelar, a los Sres. Secretarios Generales, a la
Secretaría de Coordinación Administrativa, a la Oficina de Recursos Humanos y a los
restantes integrantes del Ministerio Público Fiscal. Oportunamente, archívese.
Mahiques