DECRETO 71 2023
Síntesis:
SANCIONA - CON CESANTÍA - CARLOS ALBERTO BINKER - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Publicación:
08/03/2023
Sanción:
06/03/2023
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: La Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su
modificatoria Ley N° 6.544, la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/97 (texto
consolidado conforme Ley N° 6.588), la Resolución N° 1.768- MEDGC/20, el
Expediente Electrónico N° 16.139.377-MGEYA-DGSUM/18, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 1.768-MEDGC/20 se dispuso la instrucción del Sumario
Administrativo N° 1197/18 a fin de investigar los hechos y deslindar las
responsabilidades que pudieran corresponder en base a la denuncia presentada por la
Dirección General Administración Medicina del Trabajo, en relación a presuntas
irregularidades en los certificados médicos aportados por el docente Carlos Alberto
Binker (D.N.I. N° 18.149.218, F.C. N° 404.777), a efectos de justificar licencias
médicas, en los cuales habría falsificado las firmas y sellos de los profesionales
médicos actuantes;
Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria del mencionado
agente Carlos Alberto Binker;
Que, habida cuenta de las constancias obrantes, se le formularon los respectivos
cargos administrativos;
Que la Junta de Disciplina, tomó intervención de su competencia, y acordó por
unanimidad con los cargos formulados por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el agente Carlos Alberto Binker fue debidamente notificado de los cargos
enrostrados como así también de su derecho a tomar vista de las actuaciones para
ofrecer descargo y prueba;
Que, en mérito a lo expuesto, el sumariado presentó su correspondiente defensa, en la
que ofreció prueba documental;
Que, habiendo sido notificado debidamente de la vista y el plazo para alegar, el agente
Carlos Alberto Binker, presentó el escrito correspondiente;
Que no restando medidas de prueba pendientes de producción, se dispuso la clausura
de la etapa de instrucción;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad de
Buenos Aires en su Dictamen Jurídico identificado como N° IF-2022-31844861-
GCABA-DGSUM, luego de un pormenorizado análisis de los hechos, el descargo
formulado por el agente, la prueba colectada, los alegatos, y teniendo por probada la
ocurrencia de los hechos disvaliosos, aconsejó sancionar con cesantía al agente
Carlos Alberto Binker por haber sido hallado responsable de los cargos formulados en
el Sumario Administrativo N° 1197/18, infringiendo en su accionar los deberes
establecidos en el artículo 6°, incisos c) y d) del Estatuto del Docente (Ordenanza N°
40.593, texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria Ley N° 6.544,
quedando aprehendida su conducta en la previsión contenida en el artículo 36, inciso
f), del citado ordenamiento legal;
Que el Procurador General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acordó con la
sanción aconsejada;
Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención mediante Dictamen de
Firma Conjunta identificado como N° IF-2022-33003553-GCABA-DGCDO,
coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General de Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio
de Educación ha tomado intervención atento su competencia;
Que conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con
mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;
Que atento ello, lo dictaminado oportunamente por la Procuración General de la
Ciudad y la valoración efectuada sobre los elementos probatorios y demás constancias
obrantes en autos, corresponde se dicte el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el artículo 38 de la Ordenanza
N° 40.593,
Artículo 1°.- Sancionar con cesantía al agente Carlos Alberto Binker (D.N.I N°
18.149.218 F.C. N° 404.777), por haber sido hallado responsable de los cargos
formulados en el Sumario Administrativo N° 1197/18, y con ello haber transgredido los
deberes establecidos en el artículo 6°, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 y su
modificatoria por Ley N° 6.544, quedando aprehendida su conducta en la previsión
contenida en el artículo 36, inciso f), del citado cuerpo normativo.
Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación y
por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
al señor Carlos Alberto Binker (D.N.I N° 18.149.218) en los términos del artículo 63 del
Decreto N° 1.510/97, con copia del Dictamen IF-2022-31844861-GCABA-DGSUM,
haciéndole saber que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio
de que podrá articular dentro del plazo de diez (10) días hábiles, el recurso de
reconsideración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ordenanza N°
40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y su modificatoria por Ley N° 6.544, o el
recurso previsto en el artículo 464 del Código Contencioso Administrativo y Tributario,
aprobado por Ley N° 189 (texto consolidado por Ley N° 6588). Comuníquese a la
Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, y a la Procuración General de la Ciudad. Para su conocimiento y
demás efectos pase a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional
dependiente del Ministerio de Educación. Cumplido, archívese. RODRIGUEZ
LARRETA - Acuña - Miguel