DECRETO 382 2000
Síntesis:
ACEPTA LA RENUNCIA PRESENTADA POR EL DR. ALBERTO F. LÓPEZ BUJANDA, DNI N° 04.052.766, AL CARGO DE DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TERCERA EDAD, DEPENDIENTE DE LA SECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIAL - DESIGNA EN SU REEMPLAZO AL DR. DANIEL E. MAGLIOCO, DNI N° 11.361.932.
Publicación:
05/04/2000
Sanción:
24/03/2000
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Expediente N° 729/2000, y,
CONSIDERANDO:
Que el Doctor Alberto Felipe López Bujanda, D.N.I. N° 04.052.766, CUIL. 20-04052766-5, ficha N° 386.650, presentó la renuncia al 16 de diciembre de 1999, al cargo de Director General de la Dirección General Tercera Edad, dependiente de la Secretaría de Promoción Social;
Que en consecuencia dicho cargo se encuentra vacante;
Que según surge de los presentes actuados la citada Secretaría, solicita se designe a partir del 1° de enero de 2000, como Director General al Doctor Daniel Eugenio Maglioco, D.N.I. N° 11.361.932, CUIT. 20-11361932-6, ficha N° 296.927, del organismo que nos ocupa;
Que a efectos de proceder a la cobertura del mencionado cargo, resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires);
Artículo 1° - Acéptase al 16 de diciembre de 1999, la renuncia presentada por el Doctor Alberto Felipe López Bujanda, D.N.I. N° 04.052.766, CUIL 20-04052766-5, ficha 386.650, al cargo de Director General de la Dirección General Tercera Edad, dependiente de la Secretaría de Promoción Social, partida 4516.0300.S.99 A.02.
Art. 2° - Desígnase a partir del 1° de enero de 2000, al Doctor Daniel Eugenio Maglioco, D.N.I. N° 11.361.932, CUIT N° 20-11361932-6, ficha N° 296.927, como Director General de la Dirección General Tercera Edad, dependiente de la Secretaría de Promoción Social, partida 4516.0300.S.99 A.02, asignándosele el Adicional Selectivo y Transitorio por Función Superior creado por el artículo 4° del Decreto N° 480/96.
Art. 3° - El presente decreto será refrendado por la Señora Secretaría de Promoción Social y el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
Art. 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Recursos Humanos.