RESOLUCIÓN 1113 2023 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN 4271-MEGC-17 - APRUEBAN - PLAN SARMIENTO BA - NIVEL SECUNDARIO Y PARA EL NIVEL SUPERIOR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicación:

22/03/2023

Sanción:

07/03/2023

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292

(texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios , las

Resoluciones Nros. 4.271-MEGC/17, 5.755- GCABAMEIGC/19, 3.774-GCABA-

MEDGC/21 y 4.067-GCABA-MEDGC/21, el Expediente Electrónico N° 7.482.389-

GCABA-DGED/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un

sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,

tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;

Que la Ley de Ministerios N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en

sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades

que les confiere dicha Ley;

Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación,

"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en

áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";

Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa

del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplándose a la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad bajo la

órbita del Ministerio de Educación;

Que conforme el mencionado Decreto, la Subsecretaría Tecnología Educativa y

Sustentabilidad tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Investigar y

promover la incorporación de tecnologías innovadoras para mejorar la calidad

educativa" y "Diseñar, coordinar e implementar el Plan Integral de Educación Digital en

todos los niveles del sistema educativo, en coordinación con las áreas

correspondientes del Ministerio";

Que, por su parte, la Dirección General Educación Digital, dependiente de la citada

Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Promover la calidad

educativa mediante la planificación de acciones destinadas a la innovación en los

procesos de enseñanza y aprendizaje" e "Impulsar la transversalidad de la Educación

Digital en el sistema educativo";

Que la Gerencia Operativa Plan Sarmiento, dependiente de dicha Dirección General,

tiene entre sus acciones las de "Diseñar y gestionar proyectos que brinden respuesta a

los nuevos paradigmas educativos y de innovación tecnológica y de comunicación en

el aula" y "Analizar, diseñar y administrar la infraestructura y servicios tecnológicos del

Plan Sarmiento, en el marco del Plan Integral de Educación Digital";

Que, la Gerencia Operativa Tecnología e Innovación Educativa, dependiente de la

citada Dirección General, tiene entre sus acciones las de "Asesorar en los procesos

formativos de los alumnos y docentes, en relación con las habilidades y valores

involucrados en el uso de tecnologías digitales con fines educativos a través de

modelos de enseñanza y aprendizaje innovadores" y "Organizar instancias de

desarrollo profesional docente, de manera presencial y virtual, en relación con los

contenidos y estrategias involucradas en la incorporación de tecnologías de la

información y la comunicación en las escuelas";

Que mediante la Resolución N° 4.271-MEGC/17, se creó el Programa "Plan Integral de

Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo principal integrar los procesos de

enseñanza y de aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura digital;

Que en el marco de dicho Programa, a través del Plan Sarmiento BA se busca

promover la innovación pedagógica a partir de los desafíos que plantea el nuevo

paradigma de la sociedad digital, a través de la provisión de infraestructura digital a

escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este orden de ideas, la Dirección General Educación Digital en conjunto con

las áreas competentes, vienen desarrollando estrategias que contemplan la revisión y

actualización de los programas educativos, implementando progresivamente nuevas

tecnologías con el objeto de avanzar en el camino hacia la innovación en el marco de

los desafíos que plantea el nuevo modelo de la sociedad digital;

Que, mediante Resoluciones N° 5.755-GCABA-MEIGC/19, N° 3.774-GCABA-

MEDGC/21 y N° 4.067-GCABA-MEDGC/21, respectivamente, los Diseños Curriculares

de Nivel Inicial, Primario y Secundario fueron modificados incluyendo como eje

transversal a la Educación Digital, donde se sugieren experiencias y propuestas

articuladas con la alfabetización digital y el desarrollo del pensamiento computacional,

como estrategia cognitiva para el planteo, resolución de problemas y organización de

secuencias de comandos, como paso previo a la programación y el uso de internet de

modo responsable y seguro;

Que en este sentido, conforme señalan los diseños curriculares vigentes, la Educación

Digital promueve el desarrollo de capacidades y conocimientos interdisciplinarios entre

los cuales se encuentran el Pensamiento Computacional, la Programación y la

Robótica, conjuntamente con las Alfabetizaciones Múltiples y la Ciudadanía Digital,

campos emergentes cuyo abordaje resulta necesario para promover la calidad

educativa;

Que con la implementación de dichos Ejes Estratégicos, se busca que las/os

estudiantes desarrollen las capacidades necesarias para utilizar de forma crítica y

creativa las tecnologías digitales;

Que la implementación del Plan Integral de Educación Digital (PIED) y su integración

curricular busca que las/os estudiantes adquieran prácticas propias de la cultura digital

a lo largo de toda la escolaridad;

Que en este orden de ideas, la Dirección de Educación Digital impulsa el acceso y uso

de las tecnologías que, en la actualidad, constituyen herramientas educativas

necesarias para la formación de los distintos actores del sistema educativo;

Que en el marco de la renovación y el avance de las tecnologías conjuntamente con

las demandas de la nueva sociedad digital, la Dirección General Educación Digital

propicia avanzar en la profundización del Programa Plan Integral de Educación Digital,

a los efectos de impulsar el uso compartido en aulas de las tecnologías digitales con

sentido pedagógico;

Que asimismo se impulsa continuar ampliando el alcance del Plan Sarmiento BA Nivel

Inicial y Plan Sarmiento BA Nivel Primario;

Que dicha incorporación conforme lo señala la Dirección General tiene como objetivo

conjunto de acciones estratégicas orientadas a la integración progresiva de las/os

estudiantes a la cultura digital, a través de distintos recursos y tecnologías digitales

que potencien los aprendizajes de diversas disciplinas y campos de conocimiento;

Que en virtud de ello la Dirección General Educación Digital incorpora los Anexos I, II,

y III que acompañan a las presentes para sustituir aquellos que forman parte

integrante de la Resolución N° 4.271-MEGC/17;

Que así también, la mencionada Dirección General propicia, en virtud de lo señalado

precedentemente avanzar en la implementación del Plan Sarmiento BA para el Nivel

Secundario y el Nivel Superior de conformidad con los lineamientos incorporados en

los Anexos IV y V que acompañan al proyecto cuya aprobación se propicia;

Que las Subsecretarías Tecnología Educativa y Sustentabilidad, Agencia de

Aprendizaje a lo Largo de la Vida, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa,

la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente y la Dirección General

Planeamiento Educativo brindaron su conformidad en las presentes actuaciones;

Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención

en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo I de la Resolución N° 4.271-MEGC/17 por el Anexo I

(IF-2023-07489576-GCABA-DGED) el que a todos sus efectos forma parte integrante

de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo II de la Resolución N° 4.271-MEGC/17 por el Anexo

II (IF-2023-07489674- GCABA-DGED) el que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Sustitúyase el Anexo III de la Resolución N° 4.271-MEGC/17 por el Anexo

III (IF-2023-07489744- GCABA-DGED) el que a todos sus efectos forma parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 4°.- Apruébase el Plan Sarmiento BA Nivel Secundario, de conformidad con lo

establecido en el Anexo IV (IF2023-07489814-GCABA-DGED) el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 5°.- Apruébase el Plan Sarmiento BA Nivel Superior, de conformidad con lo

establecido en el Anexo V (IF-2023-07489881-GCABA-DGED) el que a todos sus

efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 6°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí

dispuesto será afectado a la UE 7.340 - Programa 4 - Proyecto 61 - Obra 51 - FF11 -

U61.

Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

de Buenos Aires. Efectúense las comunicaciones oficiales a la Dirección General

Educación Digital, a las Gerencias Operativas Plan Sarmiento, Tecnología Educativa e

Innovación, Soporte Técnico a Establecimientos y Educación para la Sustentabilidad.

Cumplido, archívese. Acuña


ANEXOS

ANEXO I

ANEXO V

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución N° 1113/MEDGC/23 sustituye el Anexo I de la Resolución N° 4271/MEGC/17.</p><p>Art. 2 sustituye el Anexo II</p><p>Art. 3 sustituye el Anexo III</p>