RESOLUCIÓN 1113 2023 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
MODIFICA - RESOLUCIÓN 4271-MEGC-17 - APRUEBAN - PLAN SARMIENTO BA - NIVEL SECUNDARIO Y PARA EL NIVEL SUPERIOR - MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Publicación:
22/03/2023
Sanción:
07/03/2023
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley N° 6.292
(texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios , las
Resoluciones Nros. 4.271-MEGC/17, 5.755- GCABAMEIGC/19, 3.774-GCABA-
MEDGC/21 y 4.067-GCABA-MEDGC/21, el Expediente Electrónico N° 7.482.389-
GCABA-DGED/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática;
Que la Ley de Ministerios N° 6.292 establece que el Jefe de Gobierno es asistido en
sus funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades
que les confiere dicha Ley;
Que conforme a la mencionada norma, le corresponde al Ministerio de Educación,
"Diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que
conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo
individual y social", así como "Promover y difundir la investigación y la formación en
áreas de interés que contribuyan al desarrollo de una cultura científica e innovadora";
Que por Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
contemplándose a la Subsecretaría Tecnología Educativa y Sustentabilidad bajo la
órbita del Ministerio de Educación;
Que conforme el mencionado Decreto, la Subsecretaría Tecnología Educativa y
Sustentabilidad tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Investigar y
promover la incorporación de tecnologías innovadoras para mejorar la calidad
educativa" y "Diseñar, coordinar e implementar el Plan Integral de Educación Digital en
todos los niveles del sistema educativo, en coordinación con las áreas
correspondientes del Ministerio";
Que, por su parte, la Dirección General Educación Digital, dependiente de la citada
Subsecretaría, tiene entre sus responsabilidades primarias las de "Promover la calidad
educativa mediante la planificación de acciones destinadas a la innovación en los
procesos de enseñanza y aprendizaje" e "Impulsar la transversalidad de la Educación
Digital en el sistema educativo";
Que la Gerencia Operativa Plan Sarmiento, dependiente de dicha Dirección General,
tiene entre sus acciones las de "Diseñar y gestionar proyectos que brinden respuesta a
los nuevos paradigmas educativos y de innovación tecnológica y de comunicación en
el aula" y "Analizar, diseñar y administrar la infraestructura y servicios tecnológicos del
Plan Sarmiento, en el marco del Plan Integral de Educación Digital";
Que, la Gerencia Operativa Tecnología e Innovación Educativa, dependiente de la
citada Dirección General, tiene entre sus acciones las de "Asesorar en los procesos
formativos de los alumnos y docentes, en relación con las habilidades y valores
involucrados en el uso de tecnologías digitales con fines educativos a través de
modelos de enseñanza y aprendizaje innovadores" y "Organizar instancias de
desarrollo profesional docente, de manera presencial y virtual, en relación con los
contenidos y estrategias involucradas en la incorporación de tecnologías de la
información y la comunicación en las escuelas";
Que mediante la Resolución N° 4.271-MEGC/17, se creó el Programa "Plan Integral de
Educación Digital" (PIED), el cual tiene como objetivo principal integrar los procesos de
enseñanza y de aprendizaje de las instituciones educativas a la cultura digital;
Que en el marco de dicho Programa, a través del Plan Sarmiento BA se busca
promover la innovación pedagógica a partir de los desafíos que plantea el nuevo
paradigma de la sociedad digital, a través de la provisión de infraestructura digital a
escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en este orden de ideas, la Dirección General Educación Digital en conjunto con
las áreas competentes, vienen desarrollando estrategias que contemplan la revisión y
actualización de los programas educativos, implementando progresivamente nuevas
tecnologías con el objeto de avanzar en el camino hacia la innovación en el marco de
los desafíos que plantea el nuevo modelo de la sociedad digital;
Que, mediante Resoluciones N° 5.755-GCABA-MEIGC/19, N° 3.774-GCABA-
MEDGC/21 y N° 4.067-GCABA-MEDGC/21, respectivamente, los Diseños Curriculares
de Nivel Inicial, Primario y Secundario fueron modificados incluyendo como eje
transversal a la Educación Digital, donde se sugieren experiencias y propuestas
articuladas con la alfabetización digital y el desarrollo del pensamiento computacional,
como estrategia cognitiva para el planteo, resolución de problemas y organización de
secuencias de comandos, como paso previo a la programación y el uso de internet de
modo responsable y seguro;
Que en este sentido, conforme señalan los diseños curriculares vigentes, la Educación
Digital promueve el desarrollo de capacidades y conocimientos interdisciplinarios entre
los cuales se encuentran el Pensamiento Computacional, la Programación y la
Robótica, conjuntamente con las Alfabetizaciones Múltiples y la Ciudadanía Digital,
campos emergentes cuyo abordaje resulta necesario para promover la calidad
educativa;
Que con la implementación de dichos Ejes Estratégicos, se busca que las/os
estudiantes desarrollen las capacidades necesarias para utilizar de forma crítica y
creativa las tecnologías digitales;
Que la implementación del Plan Integral de Educación Digital (PIED) y su integración
curricular busca que las/os estudiantes adquieran prácticas propias de la cultura digital
a lo largo de toda la escolaridad;
Que en este orden de ideas, la Dirección de Educación Digital impulsa el acceso y uso
de las tecnologías que, en la actualidad, constituyen herramientas educativas
necesarias para la formación de los distintos actores del sistema educativo;
Que en el marco de la renovación y el avance de las tecnologías conjuntamente con
las demandas de la nueva sociedad digital, la Dirección General Educación Digital
propicia avanzar en la profundización del Programa Plan Integral de Educación Digital,
a los efectos de impulsar el uso compartido en aulas de las tecnologías digitales con
sentido pedagógico;
Que asimismo se impulsa continuar ampliando el alcance del Plan Sarmiento BA Nivel
Inicial y Plan Sarmiento BA Nivel Primario;
Que dicha incorporación conforme lo señala la Dirección General tiene como objetivo
conjunto de acciones estratégicas orientadas a la integración progresiva de las/os
estudiantes a la cultura digital, a través de distintos recursos y tecnologías digitales
que potencien los aprendizajes de diversas disciplinas y campos de conocimiento;
Que en virtud de ello la Dirección General Educación Digital incorpora los Anexos I, II,
y III que acompañan a las presentes para sustituir aquellos que forman parte
integrante de la Resolución N° 4.271-MEGC/17;
Que así también, la mencionada Dirección General propicia, en virtud de lo señalado
precedentemente avanzar en la implementación del Plan Sarmiento BA para el Nivel
Secundario y el Nivel Superior de conformidad con los lineamientos incorporados en
los Anexos IV y V que acompañan al proyecto cuya aprobación se propicia;
Que las Subsecretarías Tecnología Educativa y Sustentabilidad, Agencia de
Aprendizaje a lo Largo de la Vida, de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa,
la Unidad de Coordinación del Sistema de Formación Docente y la Dirección General
Planeamiento Educativo brindaron su conformidad en las presentes actuaciones;
Que la medida que se propicia cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que les son propias,
Artículo 1°.- Sustitúyase el Anexo I de la Resolución N° 4.271-MEGC/17 por el Anexo I
(IF-2023-07489576-GCABA-DGED) el que a todos sus efectos forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Sustitúyase el Anexo II de la Resolución N° 4.271-MEGC/17 por el Anexo
II (IF-2023-07489674- GCABA-DGED) el que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Sustitúyase el Anexo III de la Resolución N° 4.271-MEGC/17 por el Anexo
III (IF-2023-07489744- GCABA-DGED) el que a todos sus efectos forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Apruébase el Plan Sarmiento BA Nivel Secundario, de conformidad con lo
establecido en el Anexo IV (IF2023-07489814-GCABA-DGED) el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5°.- Apruébase el Plan Sarmiento BA Nivel Superior, de conformidad con lo
establecido en el Anexo V (IF-2023-07489881-GCABA-DGED) el que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 6°.- Determínase que el gasto que demande el cumplimiento de lo aquí
dispuesto será afectado a la UE 7.340 - Programa 4 - Proyecto 61 - Obra 51 - FF11 -
U61.
Artículo 7°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
de Buenos Aires. Efectúense las comunicaciones oficiales a la Dirección General
Educación Digital, a las Gerencias Operativas Plan Sarmiento, Tecnología Educativa e
Innovación, Soporte Técnico a Establecimientos y Educación para la Sustentabilidad.
Cumplido, archívese. Acuña