DECRETO 92 2023

Síntesis:

MODIFICA EL DECRETO N° 214-21 - DESIGNA - UNIDAD PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO Y ASUNTOS INSTITUCIONALES - SECRETARÍA GENERAL Y DE RELACIONES INTERNACIONALES -  AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY N° 6208 - LEY MICAELA - CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN GÉNERO

Publicación:

23/03/2023

Sanción:

21/03/2023

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


VISTO: La Ley Nacional N° 27.499, las Leyes Nros. 6.292 y 6.208 (textos

consolidados por Ley N° 6.588), los Decretos Nros. 463/19 y sus modificatorios,

214/21 y 468/22, el Expediente Electrónico N° 11409459-GCABA- UPIGAI/23, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley N° 6.208 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la Ley

Nacional N° 27.499 "Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las

personas que integran los tres poderes del Estado";

Que, por el Decreto N° 214/21 se designó a la entonces Unidad para la Igualdad de

Género como autoridad de aplicación de la Ley N° 6.208;

Que mediante el Decreto N° 468/22, se modificó la estructura organizativa de la

Secretaría General y de Relaciones Internacionales del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

Que por el mencionado Decreto se suprimió la Unidad para la Igualdad de Género y se

creó la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos Institucionales, en el ámbito de la

Secretaría General y de Relaciones Institucionales, transfiriendo el personal,

patrimonio y presupuesto de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales

dependiente de la Secretaría General y Relaciones Internacionales y de la Unidad

para la Igualdad de Género a la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos

Institucionales;

Que la mencionada Unidad, tiene entre sus responsabilidades primarias las de

entender en el diseño, coordinación y monitoreo de la implementación transversal de

la estrategia integral para la igualdad de género del Gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires, y evaluar su alcance e impacto, intervenir en la planificación,

seguimiento y evaluación de los proyectos de gobierno relacionados con el

cumplimiento de los objetivos de la estrategia integral para la igualdad de género, y

entender en el diseño, coordinación, implementación y ejecución de políticas públicas

que fomenten la igualdad de género en el ámbito laboral de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, en colaboración con otras áreas competentes;

Que en ese marco, resulta pertinente designar a la Unidad para la Igualdad de Género

y Asuntos Institucionales como autoridad de aplicación de la Ley N° 6.208, quedando

modificado parcialmente el Decreto N° 214 /21;

Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la

Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 1° del Decreto N° 214/21, el que quedará redactado

de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Designar a la Unidad para la Igualdad de Género y Asuntos

Institucionales dependiente de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales,

o el organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la Ley

N° 6.208."

Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de

Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.

Comuníquese a la Dirección General de la Mujer dependiente de la Subsecretaría

Fortalecimiento Personal, Familiar y Comunitario del Ministerio de Desarrollo Humano

y Hábitat, a la Secretaría de Transformación Cultural de la Jefatura de Gabinete de

Ministros, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Unidad para la

Igualdad de Género y Asuntos Institucionales dependiente de la Secretaría General y

de Relaciones Internacionales. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA -

Miguel

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1°.del Decreto N° 92-23 modifica  el artículo 1° del Decreto N° 214-21</p>