RESOLUCIÓN 1 2023 SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y GESTION COMUNAL
Síntesis:
MODIFICACIÓN - RESOLUCIÓN CONJUNTA N°1-SECACGC-22 - PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE PERMISOS DE USO DEL ESPACIO PÚBLICO PARA EL EMPLAZAMIENTO DE ÁREAS GASTRONÓMICAS EN VEREDAS CALZADAS Y OTROS ESPACIOS PÚBLICOS
Publicación:
27/03/2023
Sanción:
23/03/2023
Organismo:
SECRETARIA DE ATENCION CIUDADANA Y GESTION COMUNAL
VISTO: Las Leyes N° 6.292 y 2.936 (Textos Consolidados según Ley N° 6.588), el
Decreto N° 463/19, N° 277/22 y N° 465/22, la Resolución Conjunta N° 1-
SECACGC/22,los Expedientes Electrónicos N° 27914174-GCABA-DGCCT/22 y el
N°11903433-GCABA-DGCCT/23; y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo
104, inciso 21, que el Poder Ejecutivo posee, dentro de sus atribuciones, otorgar
permisos y habilitaciones para el ejercicio de actividades comerciales y para todas las
que están sujetas al Poder de policía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
conforme a las leyes;
Que, a través de Ley N° 6.292 (Texto Consolidado según Ley N° 6.588) se sancionó la
Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires creándose la
estructura orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que, por el Decreto 463/19 y su modificatorio N° 277/22, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose bajo la órbita de la Secretaría de Asuntos Estratégicos
esta Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal;
Que finalmente por Decreto N° 465/22 se modificó a partir del 1° de enero de 2023 la
estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Estratégicos del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se creó la Unidad de Proyección Federal y
Desarrollo Territorial, transfiriendo la dependencia de la Secretaría de Asuntos
Estratégicos, a dicha Unidad. Consecuentemente, se modificó la dependencia
funcional de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, de las
Subsecretarías y Direcciones Generales que le dependen, de la órbita de la Secretaría
de Asuntos Estratégicos a la Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial;
Que la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal dependiente de la
Unidad de Proyección Federal y Desarrollo Territorial, posee dentro de sus misiones y
funciones la participación en la definición de las políticas de uso y ocupación del
espacio público en el ámbito de la Ciudad y coordinar acciones con otras áreas de
gobierno y organismos de poderes estatales que pudieren corresponder y entender en
los planes y políticas para la administración y control de permisos de uso en espacio
público en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción a la aplicación de la
Ley N° 2.936, mobiliario urbano, ferias y eventos masivos;
Que, asimismo, corresponde a la Dirección General de Competencias Comunales y
Talleres, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Comunal de la citada Secretaría,
la administración de los procedimientos para el otorgamiento de permisos de uso y
ocupación del espacio público, en coordinación con las áreas competentes así como la
información sobre el otorgamiento, modificación, revocación y/o cualquier aspecto
inherente a los permisos de uso del espacio público como las actividades reguladas en
el espacio público por el código de habilitaciones y verificaciones y su remisión al área
de gobierno pertinente, para la planificación de las tareas de supervisión, fiscalización
y control;
Que, por su parte, la Secretaría de Transporte y Obras Públicas, dependiente de la
Jefatura de Gabinete de Ministros, tiene entre sus responsabilidades primarias
entender en la supervisión, planificación, programación y diseño de flujos de movilidad
así como en la regulación y control del transporte y el tránsito y en las políticas
referidas a la gestión, fiscalización y ordenamiento del mismo;
Que a través del Informe N° 2023-11908046-GCABA-DGCCT la Dirección General de
Competencias Comunales y Talleres, dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Comunal analizó la posibilidad de modificar y actualizar los Anexos I, y II de la
Resolución Conjunta N° 1-SECACGC/22, para que se adecue a lo reglamentado en la
Ley N° 2.936 (Texto Consolidado según Ley N° 6.588) en relación a la colocación de
publicidad en áreas gastronómicas;
Que a fin de instrumentar las modificaciones y actualizaciones propiciadas, resulta
conveniente sustituir los Anexos I y II de la Resolución Conjunta N° 1-SECACGC/22,
como así también ratificar los Anexos III, IV y V que mantienen plena vigencia.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I de la Resolución Conjunta N°1-SECACGC/22 por el
Anexo que, como Informe N° IF-2023-11905170-GCABA-DGCCT, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Sustituir el Anexo II de la Resolución Conjunta N° 1-SECACGC/22 , por el
Anexo que, como Informe N° IF-2023-11905165-GCABA-DGCCT, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Ratificar la vigencia de los Anexos III, IV y V de la Resolución Conjunta N°
1-SECACGC/22.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comunicar a la
Subsecretaría de Gestión Comunal, la Dirección General de Competencias Comunales
y Talleres, a la Agencia Gubernamental de Control y a las quince (15) Comunas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. López Menéndez -
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