RESOLUCIÓN 105 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
Síntesis:
SE APRUEBA LA APLICACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO - ESCUELAS - DEL PLAN DE ESTUDIOS BACHILLERATO EN INFORMÁTICA - BACHILLERATO EN MATEMÁTICA Y FÍSICA - BACHILLERATO EN EDUCACIÓN FÍSICA - BACHILLERATO EN LITERATURA - BACHILLERATO EN ARTE-MÚSICA - BACHILLERATO EN ARTE-ARTES - VISUALES - BACHILLERATO EN COMUNICACIÓN - BACHILLERATO EN TURISMO - BACHILLERATO EN ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN - BACHILLERATO EN CIENCIAS NATURALES - BACHILLERATO EN CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
Publicación:
30/03/2023
Sanción:
13/04/2016
Organismo:
SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 15 de septiembre de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico N° 7.157.785/MGEYA- DGEGE/16, y
CONSIDERANDO:
Que por estas actuaciones tramita la solicitud de aprobación de los Planes de Estudios
de diversos Bachilleratos a implementarse en diferentes Escuelas de Educación Media
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que tanto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como la Ley N° 114
de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizan el
derecho inalienable a la educación, prescribiendo la remoción de todo obstáculo que
impida, limite o entorpezca su efectivización, con el objeto de asegurar la igualdad de
oportunidades para el pleno desarrollo físico, psíquico, moral, espiritual y social de los
destinatarios de ese derecho;
Que en el marco normativo preindicado fue sancionada en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires la Ley N° 898 que establece de Obligatoriedad de la
Escuela Media;
Que en razón de ello, los servicios educativos de la jurisdicción deben ir adecuándose
progresivamente, en cantidad y calidad, para concretar la extensión de la
obligatoriedad legalmente impuesta;
Que asimismo, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 prevé en su artículo 16 que "el
Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades jurisdiccionales competentes
asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas
institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los
requerimientos locales comunitarios urbanos y rurales, mediante acciones que
permitan alcanzar resultados de calidad en todo el país y en todas las situaciones
sociales";
Que por Resolución N° 79/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Plan
Nacional de Educación Obligatoria;
Que por Resolución N° 84/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Documento
"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria" que
prescribe en su artículo 3 que es necesario avanzar en la revisión y/o producción de
nuevas regulaciones federales que generen las condiciones para la renovación de las
propuestas formativas, reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la
escolarización y sostenimiento de la trayectoria escolar de los alumnos;
Que las Resoluciones N° 321-MEGC/15 y N° 1189-MEGC/15 establecen los diseños
curriculares de la Nueva Escuela Secundaria;
Que han tomado intervención las instancias correspondientes, prestando su aval al
presente proyecto;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 263-MEGC/16,
Artículo 1.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Informática"
en las escuelas que se detallan en el Anexo I (IF-2016-07160413-DGEGE) que forma
parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Matemática y
Física" en las escuelas que se detallan en el Anexo II (IF-2016-07174887-DGEGE)
que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Educación
Física" en las escuelas que se detallan en el Anexo III (IF-2016-07162307-DGEGE)
que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 4.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Literatura" en
las escuelas que se detallan en el Anexo IV (IF-2016-07162791-DGEGE) que forma
parte de la presente Resolución.
Artículo 5.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Arte-Música"
en las escuelas que se detallan en el Anexo V (IF-2016-07163530-DGEGE) que forma
parte de la presente Resolución.
Artículo 6.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Arte-Artes
Visuales" en las escuelas que se detallan en el Anexo VI (IF-2016-07169443-DGEGE)
que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 7.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en
Comunicación" en las escuelas que se detallan en el Anexo VII (IF-2016-07170343-
DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 8.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Turismo" en
las escuelas que se detallan en el Anexo VIII (IF-2016-07171125 -DGEGE) que forma
parte de la presente Resolución.
Artículo 9.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Economía y
Administración" en las escuelas que se detallan en el Anexo IX (IF-2016-07172626-
DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 10.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Ciencias
Naturales" en las escuelas que se detallan en el Anexo X (IF-2016-07173177-DGEGE)
que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 11.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Ciencias
Sociales y Humanidades" en las escuelas que se detallan en el Anexo XI (IF-2016-
07173675-DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 12.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,
efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarias de
Planeamiento e Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad
Educativa, a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de
Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente, y a la Dirección de Educación
Media. Gírese a la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa. Cumplido,
archívese. Azar
ANEXOS
Anexo - PE-RES-MEDGC-SSPLINED-105-16-ANX-10.pdf