RESOLUCIÓN 105 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

SE APRUEBA LA APLICACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO - ESCUELAS - DEL PLAN DE ESTUDIOS BACHILLERATO EN INFORMÁTICA - BACHILLERATO EN MATEMÁTICA Y FÍSICA - BACHILLERATO EN EDUCACIÓN FÍSICA - BACHILLERATO EN LITERATURA - BACHILLERATO EN ARTE-MÚSICA - BACHILLERATO EN ARTE-ARTES - VISUALES - BACHILLERATO EN COMUNICACIÓN - BACHILLERATO EN TURISMO - BACHILLERATO EN ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN - BACHILLERATO EN CIENCIAS NATURALES - BACHILLERATO EN CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES

Publicación:

30/03/2023

Sanción:

13/04/2016

Organismo:

SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


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VISTO: El Expediente Electrónico N° 7.157.785/MGEYA- DGEGE/16, y

CONSIDERANDO:

Que por estas actuaciones tramita la solicitud de aprobación de los Planes de Estudios

de diversos Bachilleratos a implementarse en diferentes Escuelas de Educación Media

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que tanto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como la Ley N° 114

de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizan el

derecho inalienable a la educación, prescribiendo la remoción de todo obstáculo que

impida, limite o entorpezca su efectivización, con el objeto de asegurar la igualdad de

oportunidades para el pleno desarrollo físico, psíquico, moral, espiritual y social de los

destinatarios de ese derecho;

Que en el marco normativo preindicado fue sancionada en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires la Ley N° 898 que establece de Obligatoriedad de la

Escuela Media;

Que en razón de ello, los servicios educativos de la jurisdicción deben ir adecuándose

progresivamente, en cantidad y calidad, para concretar la extensión de la

obligatoriedad legalmente impuesta;

Que asimismo, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 prevé en su artículo 16 que "el

Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades jurisdiccionales competentes

asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas

institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los

requerimientos locales comunitarios urbanos y rurales, mediante acciones que

permitan alcanzar resultados de calidad en todo el país y en todas las situaciones

sociales";

Que por Resolución N° 79/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Plan

Nacional de Educación Obligatoria;

Que por Resolución N° 84/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Documento

"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria" que

prescribe en su artículo 3 que es necesario avanzar en la revisión y/o producción de

nuevas regulaciones federales que generen las condiciones para la renovación de las

propuestas formativas, reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la

escolarización y sostenimiento de la trayectoria escolar de los alumnos;

Que las Resoluciones N° 321-MEGC/15 y N° 1189-MEGC/15 establecen los diseños

curriculares de la Nueva Escuela Secundaria;

Que han tomado intervención las instancias correspondientes, prestando su aval al

presente proyecto;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 263-MEGC/16,

LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Informática"

en las escuelas que se detallan en el Anexo I (IF-2016-07160413-DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Matemática y

Física" en las escuelas que se detallan en el Anexo II (IF-2016-07174887-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Educación

Física" en las escuelas que se detallan en el Anexo III (IF-2016-07162307-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Literatura" en

las escuelas que se detallan en el Anexo IV (IF-2016-07162791-DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 5.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Arte-Música"

en las escuelas que se detallan en el Anexo V (IF-2016-07163530-DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 6.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Arte-Artes

Visuales" en las escuelas que se detallan en el Anexo VI (IF-2016-07169443-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 7.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en

Comunicación" en las escuelas que se detallan en el Anexo VII (IF-2016-07170343-

DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 8.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Turismo" en

las escuelas que se detallan en el Anexo VIII (IF-2016-07171125 -DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 9.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Economía y

Administración" en las escuelas que se detallan en el Anexo IX (IF-2016-07172626-

DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 10.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Ciencias

Naturales" en las escuelas que se detallan en el Anexo X (IF-2016-07173177-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 11.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Ciencias

Sociales y Humanidades" en las escuelas que se detallan en el Anexo XI (IF-2016-

07173675-DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 12.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,

efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarias de

Planeamiento e Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de

Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente, y a la Dirección de Educación

Media. Gírese a la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa. Cumplido,

archívese. Azar


ANEXOS

Anexo - PE-RES-MEDGC-SSPLINED-105-16-ANX-10.pdf











Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 del Decreto 200/23 autoriza la apertura del turno mañana, en el horario de 07:30 a 12:30, en la Escuela de Comercio N° 27 del Distrito Escolar 4° Antártida Argentina, en la cual funciona el Bachillerato en Economía y Administración aprobado por Resolución 105-SSPLINED/16, en la que continuará funcionando en el turno vespertino.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 61-SSCPEE/23 deja parcialmente sin efecto el Anexo XI de la Resolución N° 105- SSPLINED/16, suprimiendo la implementación del Plan de Estudios “Bachiller en Ciencias Sociales y Humanidades” de la Escuela de Educación Media N° 3 Distrito Escolar N° 10 de forma progresiva a partir de la cohorte 2023.</p>