RESOLUCIÓN 105 2016 SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

SE APRUEBA LA APLICACIÓN DE PLANES DE ESTUDIO - ESCUELAS - DEL PLAN DE ESTUDIOS BACHILLERATO EN INFORMÁTICA - BACHILLERATO EN MATEMÁTICA Y FÍSICA - BACHILLERATO EN EDUCACIÓN FÍSICA - BACHILLERATO EN LITERATURA - BACHILLERATO EN ARTE-MÚSICA - BACHILLERATO EN ARTE-ARTES - VISUALES - BACHILLERATO EN COMUNICACIÓN - BACHILLERATO EN TURISMO - BACHILLERATO EN ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN - BACHILLERATO EN CIENCIAS NATURALES - BACHILLERATO EN CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES

Publicación:

30/03/2023

Sanción:

13/04/2016

Organismo:

SUBSECRETARIA PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


TEXTO ACTUALIZADO

 

El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.

 

Fecha de actualización: 15 de septiembre de 2023

VISTO: El Expediente Electrónico N° 7.157.785/MGEYA- DGEGE/16, y

CONSIDERANDO:

Que por estas actuaciones tramita la solicitud de aprobación de los Planes de Estudios

de diversos Bachilleratos a implementarse en diferentes Escuelas de Educación Media

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que tanto la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como la Ley N° 114

de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, garantizan el

derecho inalienable a la educación, prescribiendo la remoción de todo obstáculo que

impida, limite o entorpezca su efectivización, con el objeto de asegurar la igualdad de

oportunidades para el pleno desarrollo físico, psíquico, moral, espiritual y social de los

destinatarios de ese derecho;

Que en el marco normativo preindicado fue sancionada en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires la Ley N° 898 que establece de Obligatoriedad de la

Escuela Media;

Que en razón de ello, los servicios educativos de la jurisdicción deben ir adecuándose

progresivamente, en cantidad y calidad, para concretar la extensión de la

obligatoriedad legalmente impuesta;

Que asimismo, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 prevé en su artículo 16 que "el

Ministerio de Educación de la Nación y las autoridades jurisdiccionales competentes

asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas

institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos que se ajusten a los

requerimientos locales comunitarios urbanos y rurales, mediante acciones que

permitan alcanzar resultados de calidad en todo el país y en todas las situaciones

sociales";

Que por Resolución N° 79/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Plan

Nacional de Educación Obligatoria;

Que por Resolución N° 84/09 el Consejo Federal de Educación aprobó el Documento

"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria" que

prescribe en su artículo 3 que es necesario avanzar en la revisión y/o producción de

nuevas regulaciones federales que generen las condiciones para la renovación de las

propuestas formativas, reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la

escolarización y sostenimiento de la trayectoria escolar de los alumnos;

Que las Resoluciones N° 321-MEGC/15 y N° 1189-MEGC/15 establecen los diseños

curriculares de la Nueva Escuela Secundaria;

Que han tomado intervención las instancias correspondientes, prestando su aval al

presente proyecto;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención que le compete.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Resolución N° 263-MEGC/16,

LA SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE

Artículo 1.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Informática"

en las escuelas que se detallan en el Anexo I (IF-2016-07160413-DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Matemática y

Física" en las escuelas que se detallan en el Anexo II (IF-2016-07174887-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Educación

Física" en las escuelas que se detallan en el Anexo III (IF-2016-07162307-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 4.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Literatura" en

las escuelas que se detallan en el Anexo IV (IF-2016-07162791-DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 5.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Arte-Música"

en las escuelas que se detallan en el Anexo V (IF-2016-07163530-DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 6.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Arte-Artes

Visuales" en las escuelas que se detallan en el Anexo VI (IF-2016-07169443-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 7.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en

Comunicación" en las escuelas que se detallan en el Anexo VII (IF-2016-07170343-

DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 8.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Turismo" en

las escuelas que se detallan en el Anexo VIII (IF-2016-07171125 -DGEGE) que forma

parte de la presente Resolución.

Artículo 9.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Economía y

Administración" en las escuelas que se detallan en el Anexo IX (IF-2016-07172626-

DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 10.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Ciencias

Naturales" en las escuelas que se detallan en el Anexo X (IF-2016-07173177-DGEGE)

que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 11.- Apruébase la aplicación del Plan de Estudios "Bachillerato en Ciencias

Sociales y Humanidades" en las escuelas que se detallan en el Anexo XI (IF-2016-

07173675-DGEGE) que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 12.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y,

efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarias de

Planeamiento e Innovación Educativa, de Coordinación Pedagógica y Equidad

Educativa, a las Direcciones Generales de Planeamiento Educativo, de Educación de

Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente, y a la Dirección de Educación

Media. Gírese a la Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa. Cumplido,

archívese. Azar


ANEXOS

Anexo - PE-RES-MEDGC-SSPLINED-105-16-ANX-10.pdf











Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 84-MEDGC/26 aprueba el Plan de Estudio de la Nueva Escuela Secundaria Bachillerato en Economía y Administración, Alternativa A, presentado por la Escuela de Comercio 21 Distrito Escolar 11 Cap. de Navío Hipólito Bouchard,complementando la Resolución 105-SSPLINED/16.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución 81/MEDGC/26 aprueba el Plan de Estudio de la Nueva Escuela Secundaria “Bachillerato en Economía y Administración”, Alternativa B, presentado por la Escuela de Comercio N.º 20 Distrito Escolar 14, complementando la Resolución 105/SSPLINED/16.  </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1º de la Resolución 83/MEDGC/26 aprueba el Plan de Estudio de la Nueva Escuela Secundaria “Bachillerato en Ciencias Naturales”, Alternativa A, presentado por el Liceo N.º 8 Distrito Escolar 13° “Esteban Echeverria”, complementando la Resolución 105/SSPLINED/16. </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 82-MEDGC-26 aprueba el Plan de Estudio de la Nueva Escuela Secundaria Bachillerato<br />en Comunicación, Alternativa B, presentado por el Colegio 13 Distrito Escolar 18 Cnel. de Marina Tomás Espora, según lo previsto por Resolución 105-SSPLINED/16.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1 del Decreto 200/23 autoriza la apertura del turno mañana, en el horario de 07:30 a 12:30, en la Escuela de Comercio N° 27 del Distrito Escolar 4° Antártida Argentina, en la cual funciona el Bachillerato en Economía y Administración aprobado por Resolución 105-SSPLINED/16, en la que continuará funcionando en el turno vespertino.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolución N° 61-SSCPEE/23 deja parcialmente sin efecto el Anexo XI de la Resolución N° 105- SSPLINED/16, suprimiendo la implementación del Plan de Estudios “Bachiller en Ciencias Sociales y Humanidades” de la Escuela de Educación Media N° 3 Distrito Escolar N° 10 de forma progresiva a partir de la cohorte 2023.</p>