RESOLUCIÓN 61 2023 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
Síntesis:
APRUEBA IMPLEMENTACIÓN - BACHILLERATO EDUCACIÓN FÍSICA ALTERNATIVA A - NUEVA ESCUELA SECUNDARIA - ESCUELA DE EDUCACIÓN MEDIA N° 3 DE10 - DEJA PARCIALMENTE SIN EFECTO - ANEXO XI - RESOLUCIÓN N° 105-SSPLINED-16 - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA
Publicación:
15/09/2023
Sanción:
17/08/2023
Organismo:
SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°
26.206 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 898 y 6.292 (textos consolidados por Ley
N° 6.588), el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, las Resoluciones del Consejo
Federal de Educación Nros. 79/09 y 84/09, las Resoluciones Nros. 321-MEGC/15, su
rectificatoria y modificatorias y, 105-SSPLINED/16, el Expediente Electrónico N°
30.507.364-GCABA-DGEGE/23, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires reconoce y garantiza un
sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad,
tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática,
asegurando la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia,
reinserción y egreso del sistema educativo;
Que conforme a la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias, la obligatoriedad
escolar, en todo el país, se extiende hasta la finalización del nivel de la educación
secundaria;
Que por su parte la Ley N° 898 dispone la obligatoriedad del nivel medio, en todas sus
modalidades y orientaciones, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Ley N° 6.292, establece que el Ministerio de Educación tiene entre sus
objetivos el de "diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas
educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al
desarrollo individual y social, administrar y fiscalizar el sistema de educación,
asegurando la educación pública estatal laica y gratuita en todos los niveles y
modalidades";
Que mediante las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nros. 79/09 y
84/09 se aprobaron el Plan Nacional de Educación Obligatoria y el Documento
"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria",
respectivamente;
Que asimismo la Resolución del Consejo Federal de Educación N° 84/09, en su
Artículo 3°, establece que es necesario avanzar en la revisión y/o producción de
nuevas regulaciones federales que generen las condiciones para la renovación de las
propuestas formativas, reorganización institucional y estrategias pedagógicas para la
escolarización y sostenimiento de la trayectoria escolar de los alumnos;
Que por las Resoluciones N° 321-MEGC/15, su rectificatoria y modificatorias, se
aprobaron el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para los Ciclos Básico y
Orientado para la Formación General y Específica de la Nueva Escuela Secundaria,
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Escuela de Educación Media N° 3 Distrito Escolar N° 10 implementa en la
actualidad el Plan de Estudio "Bachiller en Ciencias Sociales y Humanidades", de
conformidad con lo establecido por la Resolución N° 105-SSPLINED/16;
Que por el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al
Ministerio de Educación y bajo su ámbito, a la Subsecretaría de Coordinación
Pedagógica y Equidad Educativa, a la que le corresponde "diseñar, promover,
implementar y evaluar las políticas y programas educativos para contribuir al desarrollo
individual y social de la comunidad";
Que la Dirección General Educación de Gestión Estatal dependiente de la mencionada
Subsecretaría tiene entre sus responsabilidades primarias, "Implementar y llevar a
cabo las políticas y programas educativos de todas las áreas, niveles y modalidades
de la enseñanza de su dependencia, atendiendo los aspectos pedagógicos y
administrativos";
Que a la Dirección Educación Media le compete implementar las políticas y los
programas educativos de nivel medio, así como supervisar el desarrollo de las
acciones pedagógicas y administrativas en las escuelas del nivel medio;
Que a fin de permitir que la Escuela se constituya como un espacio que acompañe y
potencie los recorridos educativos de los/as estudiantes, es menester considerar los
intereses y realidades de la comunidad educativa en su conjunto;
Que en ese sentido, gran parte de la población que asiste a la mentada escuela realiza
deportes de alto rendimiento como práctica adicional a su trayectoria educativa de
nivel secundario;
Que en virtud de ello, se propicia adecuar la oferta educativa del establecimiento
educativo para capitalizar las experiencias extraescolares de los/as estudiantes y
enriquecer el proyecto educativo de forma relevante y en consonancia con la realidad
local;
Que en virtud de ello, la Dirección Educación Media propicia habilitar la
implementación del "Bachillerato Educación Física" Alternativa "A", de la Nueva
Escuela Secundaria en la Escuela de Educación Media N° 3 Distrito Escolar N° 10, a
partir de la cohorte 2023, así como establecer que la implementación del "Bachiller en
Ciencias Sociales y Humanidades" en dicha Escuela, será dejada sin efecto de forma
progresiva desde la mencionada cohorte;
Que a través de esta medida se propicia ajustar la oferta formativa de la escuela,
poniendo a disposición de los/as estudiantes orientaciones educativas que se adecúen
a sus preferencias, vocaciones y propósitos;
Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo en el sentido
precedentemente expuesto;
Que las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal y Planeamiento
Educativo prestaron su conformidad con las presentes;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la implementación del Bachillerato Educación Física
"Alternativa "A", de la Nueva Escuela Secundaria en la Escuela de Educación Media
N° 3 Distrito Escolar N° 10, a partir de la cohorte 2023.
Artículo 2°.- Déjase parcialmente sin efecto el Anexo XI de la Resolución N° 105-
SSPLINED/16, suprimiendo la implementación del Plan de Estudios "Bachiller en
Ciencias Sociales y Humanidades" de la Escuela de Educación Media N° 3 Distrito
Escolar N° 10 de forma progresiva a partir de la cohorte 2023.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y, efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Direcciones Generales
Planeamiento Educativo, Personal Docente y No Docente, Educación de Gestión
Estatal y, Carrera Docente, a las Gerencias Operativas Currículum, Recursos
Humanos Docentes y, Títulos y Legalizaciones del Ministerio de Educación. Cumplido,
archívese. Feced Abal