DISPOSICIÓN 42 2023 DIRECCION GENERAL DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Síntesis:
LLAMA - CONCURSO DE PROYECTOS INSTITUCIONALES DEL PROGRAMA REDES POR LA INCLUSIÓN - LINEAMIENTOS DE INTERVENCIÓN - AUTOCONOCIMIENTO AUTOCUIDADO Y ENTRENAMIENTO PARA LA INCLUSIÓN - ESTABLECE - PRESENTACIÓN DE LOS PROYECTOS INSTITUCIONALES - ENTRE LOS DÍAS 24 DE ABRIL DEL 2023 AL 14 DE MAYO DEL 2023 INCLUSIVE- MEDIANTE TRAMITACIÓN ADISTANCIA - TAD - FIJAS PLAZO MÁXIMO - OCHO MESES - EJECUCIÓN PROYECTOS INSTITUCIONALES
Publicación:
04/04/2023
Sanción:
27/03/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
VISTO: La Ley N° 6.292, el Decreto N° 463/19, Decreto N° 429/13, la Resolución N°
395-MDHYHGC/22, la Resolución N° 184-SECISYAI/22 y la Disposición N° 59-
GCABA-DGDEIS/2022 y,
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley de Ministerios N° 6.292, el Jefe de Gobierno es asistido en sus
funciones por los Ministros contemplando entre ellos al Ministerio de Desarrollo
Humano y Hábitat;
Que, dentro de los objetivos establecidos en el artículo 23 de dicha Ley, le
corresponden a este Ministerio, entre otros diseñar e implementar políticas, planes y
programas para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales, culturales, comunitarios, humanos y los derechos de incidencia
colectiva en general, integrando otros organismos estatales y organizaciones de la
sociedad civil y diseñar e implementar políticas, planes y programas de promoción y
desarrollo social destinados a la población en situación de vulnerabilidad social,
coordinando y creando espacios de consulta y participación de la ciudadanía;
Que, mediante el Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose en la órbita de la Secretaria de Inclusión Social y
Atención Inmediata del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat a la Dirección
General de Desarrollo e Inclusión Social, estableciendo entre sus responsabilidades
primarias la de "Proponer a la Secretaría la celebración de convenios de cooperación y
de gestión con organismos públicos y privados, que entiendan en la problemática
social en sus distintas dimensiones; Implementar un esquema integral de seguimiento
de las familias beneficiarias de los programas sociales e implementar acciones para
promover la efectiva reinserción de la persona a través del deporte, mentorías,
capacitaciones y actividades culturales de inclusión, en coordinación con las áreas
competentes. Generar redes comunitarias de contención y promoción social en pos de
reintegrar a la persona y familia al tejido social. Efectuar el seguimiento de casos de
alta vulnerabilidad a fin de propiciar su reinserción social. Articular con actores de la
sociedad civil a fin de generar estrategias conjuntas para la capacitación, contención y
reinserción social...", entre otras;
Que, en el artículo 2 del Decreto N° 429/13, se implementó el módulo "Tramitación a
Distancia" TAD-, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos SADE-,
como un medio de recepción y remisión de presentaciones, solicitudes, escritos,
notificaciones y comunicaciones, entre otros, propiciados a través de la Plataforma de
Tramitación a Distancia;
Que, por la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 se creó el Programa de gestión "Redes
por la Inclusión", en la órbita de la Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social
dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata, aprobándose
los Lineamientos Generales del Programa detallados en el IF-2022-24968005-GCABA-
DGDEIS, el texto modelo de Convenio de colaboración y gestión asociada a
celebrarse con Organizaciones de la Sociedad Civil (IF-2022-24968301-GCABA-
DGDEIS), el texto modelo de Proyecto Institucional (IF-2022-24968618-GCABA-
DGDEIS) y el texto modelo de Nota y Declaración Jurada (IF-2022-24968840-GCABA-
DGDEIS), todo ello en el marco del Programa y que como Anexos I, II, III y IV,
respectivamente forman parte de la mencionada Resolución;
Que, de conformidad con sus Lineamientos Generales (Anexo I - IF-2022-24968005-
GCABA-DGDEIS), el Programa "Redes por la inclusión" brinda asistencia a través de
la ejecución de acciones formativas, acompañamiento, contención, seguimiento y
promoción social tendientes a la inclusión sociocultural y económica que permita
fortalecer el proyecto de vida de personas y familias en situación de vulnerabilidad
social y su reinserción al tejido social, ello así desarrollando e implementando la
Dirección General de Desarrollo e Inclusión Social acciones directas, en coordinación
con áreas competentes y/o en gestión asociada con Organizaciones de la Sociedad
Civil que mantengan igual criterio de protección integral de derechos sociales de las
personas en situación de vulnerabilidad social, de conformidad con lo establecido por
las Leyes N° 3.706 y 4.036 y de acuerdo a los principios establecidos en los artículos
17 y 18 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y demás requisitos
establecidos por los Lineamientos;
Que, asimismo, por artículo 3° de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22 la titular de
este Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat faculta a la Secretaría de Inclusión
Social y Atención Inmediata a suscribir los convenios a celebrarse con las
Organizaciones de la Sociedad Civil conforme los Anexos aprobados en el artículo 2°,
a dictar las normas reglamentarias, complementarias, aclaratorias, operativas e
interpretativas, como así también a aprobar todo otro instrumento que requiera la
implementación del Programa de gestión "Redes por la Inclusión";
Que, en virtud de ello, por Resolución N° 184-SECISYAI/22 la Secretaría de Inclusión
Social y Atención Inmediata encomendó a la Dirección General de Desarrollo e
inclusión Social, por un lado, los llamados a las convocatorias de proyectos, la
creación y designación de los integrantes de la Comisión Evaluadora y la selección de
los proyectos más convenientes en el marco de los Lineamientos Generales del
Programa "Redes por la inclusión" y, por el otro, su publicación en el sitio web del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, estableciendo un tiempo
prudencial entre el llamado y la presentación de los proyectos, el cual no podrá ser
menor a un (1) día de publicación con tres (3) de anticipación;
Que por Disposición N° 59-DGDEIS/2022 se designan los miembros de la Comisión
Evaluadora y se habilita el correo electrónico oficial
redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar a los efectos de la recepción de consultas de
conformidad con la normativa del Programa;
Que, se entiende oportuno disponer el llamado al "Concurso de Proyectos
Institucionales del Programa "Redes por la Inclusión" - Lineamientos de intervención:
Autoconocimiento, autocuidado y entrenamiento para la inclusión (ap. 7.1 del Anexo
de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22) y Acompañamiento y seguimiento (ap. 7.3 del
Anexo de la Resolución N° 395-MDHYHGC/22)-, estableciéndose que la presentación
de los proyectos institucionales deberá efectuarse entre los días 24 de abril del 2023 al
14 de mayo del 2023 inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la
Resolución N° 395-MDHYHGC/22;
Que, la Secretaria de Inclusión Social y Atención Inmediata ha tomado conocimiento y
prestado conformidad con lo actuado y corresponde dictar el acto administrativo
pertinente;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
Artículo 1°.- Llamase a "Concurso de Proyectos Institucionales del Programa Redes
por la Inclusión Lineamientos de intervención: Autoconocimiento, autocuidado y
entrenamiento para la inclusión (ap. 7.1 del Anexo de la Resolución N° 395-
MDHYHGC/22) y Acompañamiento y seguimiento (ap. 7.3 del Anexo de la Resolución
N° 395 MDHYHGC/22) estableciéndose que la presentación de los proyectos
institucionales, conjuntamente con la documentación pertinente, por parte de las
Organizaciones, deberá efectuarse entre los días 24 de abril del 2023 al 14 de mayo
del 2023 inclusive, todo ello conforme los Anexos I, II, III y IV de la Resolución N° 395-
MDHYHGC/22, el concurso se llevará a cabo mediante el módulo "Tramitación a
Distancia" TAD conforme artículo 2 del Decreto N° 429/13, dejando habilitado para
consultas el correo electrónico oficial redesporlainclusion@buenosaires.gob.ar
aprobado por Disposición N° 59-DGDEIS/2022.-
Artículo 2°.- Fijase un plazo máximo de ocho (8) meses de ejecución de los proyectos
institucionales a presentar y publíquese el presente llamado en el sitio web del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
https://www.buenosaires.gob.ar/desarrollohumanoyhabitat, durante siete (7) días
corridos, a partir del 17 de abril de 2023.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente se imputará a la
partida correspondiente del presupuesto vigente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese a la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata.
Cumplido, archívese. Muti