RESOLUCIÓN 34 2023 SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
Síntesis:
SE AUTORIZA LA CONTRATACIóN DE PERSONAL
Publicación:
05/04/2023
Sanción:
28/03/2023
Organismo:
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
...............................................................................................................................................................................................................................................................
VISTO: El Decreto N° 224/13 y modificatorios, la Resolución Conjunta Nro. 11-
SECLYT/13 y sus modificatorias, la Resolución Nro. 1446-MHFGC/23, el Expediente
Electrónico N° 11162869-GCABA-DGPLUR/23, y
CONSIDERANDO:
Que por la presente actuación tramita la contratación de Lino Rivero Paula, DNI N°
33.856.359, CUIT N° 27-33856359-6, bajo la figura de locación de servicio en el modo,
forma y período que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente;
Que mediante el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,
ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de
Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de
Administración de Documentos Electrónicos -SADE;
Que por Resolución Conjunta N° 11/SECLYT/13 y sus modificatorias se estableció el
procedimiento administrativo electrónico correspondiente a los contratos celebrados
bajo el régimen de Locación de Obras y Servicios;
Que el artículo 2° del Decreto N° 224/13 facultó al/la titular de la Vicejefatura de
Gobierno, a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo
y a los funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo
de pesos veinte mil ($ 20.000.-), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad
presupuestaria, entre tanto, el artículo 3° faculta al Sr. Ministro de Hacienda y
Finanzas a modificar el monto máximo;
Que mediante la Resolución N° 1446 -MHFGC/23, se elevó el monto máximo
establecido en el artículo 2° del mencionado Decreto a la suma de pesos seiscientos
treinta y siete mil ($ 637.000.-);
Que la persona que figura en el anexo I de la presente no se encuentra inscripta en el
Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 (texto
consolidado por Ley N° 6.588) ni percibe ningún subsidio por razones de falta de
empleo y ha declarado bajo juramento, que no se encuentra revistando en la Planta
Permanente o Transitoria del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ni se
halla vinculada con éste, por contrato alguno o en calidad de pasante o asistente
técnico por convenio con alguna Universidad;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente y se ha
efectuado la afectación presupuestaria preventiva y definitiva del gasto que origina la
contratación que se propicia, por la suma total de Pesos UN MILLÓN OCHOCIENTOS
TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA ($1.835.360.-), en la partida
correspondiente al ejercicio presupuestario vigente;
Que por lo expuesto deviene procedente el dictado del acto administrativo que autorice
las contrataciones en cuestión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 224/13,
EL SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE:
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
...............................................................................................................................................................................................................................................................
Artículo 1°.- Autorizar la contratación de Lino Rivero Paula, DNI N° 33.856.359, CUIT
N° 27-33856359-6, que se detalla en el Anexo I (IF-2023-12483344-GCABA-SECDU),
de la presente, para realizar tareas bajo la modalidad de locación de servicio, en el
modo, monto y período indicado en el citado Anexo, en áreas de esta Secretaría de
Desarrollo Urbano.
Artículo 2°.- Delegar al titular de la Dirección General de Planeamiento Urbano, de la
Jefatura de Gabinete de Ministros la suscripción del instrumento contractual
correspondiente.
Artículo 3°.- Autorizar a la Dirección General Contaduría a incluir los importes
mensuales en una Orden General de Pago, correspondiente a lo mencionado en el
artículo 1° de la presente.
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará a la
respectiva partida presupuestaria del año 2023.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, de
la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. García Resta