DISPOSICIÓN 81 2023 DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Síntesis:
IMPLEMENTA - PROCEDIMIENTO DE PLANIFICACIÓN GESTIÓN Y PUESTA EN MARCHA - OPERATIVOS ESPECIALES - MARCO OPERATIVO - OFICINA UNIDAD DE TRÁMITES ESPECIALES - DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
Publicación:
10/04/2023
Sanción:
29/03/2023
Organismo:
DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS
VISTO: El Código Civil y Comercial de la Nación, la Leyes Nacionales 14.586, 17.671,
26.413, el Decreto CABA N° 363/2015 y modificatorios, la Disposición DI - 2023 - 29 -
DGRC ; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.413 establece que todos los hechos que den origen, alteren
o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas, deberán inscribirse en los
correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto CABA N° 363/2015 y
modificatorios, la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las
Personas dependiente del Ministerio de Gobierno, es el órgano que desempeña las
funciones comprendidas en la ley antes citada, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que la Ley Nacional N° 14.586 instituye que las disposiciones emanadas de la
autoridad del Director General son obligatorias para los funcionarios del ente registral y
hacen a la organización y operatividad de la repartición a su cargo;
Que entre las funciones del Registro Civil se encuentra la de cumplir con la
identificación dispuesta por la Ley 17.671 y en el marco de ella, por la delegación que
efectúa el Registro Nacional de las Personas respecto a los trámites que corresponden
en la atención al ciudadano en su proceso de identificarlos debidamente;
Que dentro del esquema de atención, se encuentra el Centro de Documentación
Rápida, en este caso la Oficina Unidad de Trámites Especiales que en el marco
normativo antes mencionado se ocupa operativamente de llevar a cabo cualquier
programa de operativos especiales dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
que deviene necesario conformar debidamente su reglamentación para el mejor
funcionamiento;
Que en dicho sentido es preciso dictar el acto administrativo que establezca el
procedimiento de planificación, gestión y puesta en marcha de opearativos especiales,
en la órbita de la Subgerencia Operativa Centros de Documentación Rápida y
Operativos Especiales, de la Gerencia Operativa Documentación y Cercanía con el
Ciudadano, de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las
Personas, incorporando el procedimiento respectivo establecido en el Anexo I que
forma parte de la presente disposición;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Implementar el Procedimiento de planificación, gestión y puesta en
marcha de Operativos Especiales en el marco operativo de la oficina Unidad de
Trámites Especiales de la Subgerencia Operativa Centros de Documentación Rápida y
Operativos Especiales, que como Anexo I ( IF-2023-12211469-GCABA-DGRC) forma
parte de la presente norma;
Artículo 2°.- Comuníquese a la Gerencia Operativa Documentación y Cercanía con el
Ciudadano y a todas las áreas dependientes de la misma. Cumplido, archívese.
Bargallo Benegas