RESOLUCIÓN 21 2023 SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA

Síntesis:

ESTABLECE APLICACIÓN -ACTIVIDADES DE APROXIMACIÓN AL MUNDO DEL TRABAJO Y A LOS ESTUDIOS SUPERIORES - SECCIONES DE QUINTO AÑO -  ESTABLECIMIENTOS DE NIVEL SECUNDARIO - IMPLEMENTACION OBLIGATORA - CICLO LECTIVO 2023 - SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

Publicación:

11/04/2023

Sanción:

14/03/2023

Organismo:

SUBSECRETARIA COORDINACION PEDAGOGICA EQUIDAD EDUCATIVA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

26.206 y sus modificatorias, las Leyes Nros. 898, 1.218 y 6.292 (textos consolidados

por Ley N° 6.588), Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, las Resoluciones CFE

Nros. 84/09, 93/09, y 191/12, las Resoluciones Nros. 321-MEGC/15, complementarias

y modificatorias, 1.263-MEGC/15, 1.574-MEGC/15 y 1.443-MEGC/15, 653-MEGC/18 y

sus ampliatorias, 654- MEGC/18 y sus ampliatorias, 655-MEGC/18 y sus ampliatorias,

1.137-GCABA-MEDGC/20 y sus ampliatorias, 1.231-GCABA-MEDGC/20 y sus

ampliatorias, 900- GCABA-MEDGC/21 y 3958-GCABAMEDGC/21 y el Expediente

Electrónico N° 10424208-GCABA- SSCPEE/23 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el artículo 23

reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la

ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad

justa y democrática;

Que así también, fomenta la vinculación de la educación con el sistema productivo,

capacitando para la inserción y reinserción laboral. Tiende a formar personas con

conciencia crítica y capacidad de respuesta ante los cambios científicos, tecnológicos

y productivos;

Que la Ley N° 898 implementó la obligatoriedad de la Escuela Secundaria en el ámbito

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que posteriormente la Ley de Educación Nacional N° 26.206 estableció la

obligatoriedad de la Escuela Secundaria definiendo que la educación secundaria en

todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las

adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para

la continuación de estudios;

Que uno de los objetivos de la educación secundaria es el desarrollo de procesos de

orientación vocacional a fin de permitir una adecuada elección profesional y

ocupacional de los/as estudiantes, conforme lo dispuesto en la Ley de Educación

Nacional;

Que a través de la Resolución CFE N° 84/09 se aprobó el documento "Lineamientos

políticos y estratégicos de la educación secundaria obligatoria" la que establece que

las jurisdicciones deberán revisar las normas y prácticas que comprometen el

cumplimiento de la obligatoriedad de la educación secundaria;

Que mediante la Resolución CFE N° 93/09 se aprobó el documento denominado

"Orientaciones para la Organización Institucional de la Educación Secundaria

Obligatoria" que prevé la implementación de propuestas de enseñanza que

"constituyen un conjunto de alternativas centradas en prácticas y saberes de

relevancia en el futuro próximo de los estudiantes del último ciclo. Estas alternativas

refieren tanto al ámbito laboral como al académico y están organizadas por la escuela

en espacios y tiempos específicos";

Que por otra parte, mediante la Resolución CFE N° 191/12 se aprobó el documento

"Núcleo Común de la Formación del Ciclo Orientado de la Educación Secundaria" en

el cual se prevé el desarrollo de estrategias tendientes a promover saberes vinculados

al trabajo que incluye la formación de los jóvenes para participar en el mundo del

trabajo;

Que en virtud de las normas antes mencionadas, la ciudad estableció los lineamientos

curriculares para cada nivel educativo;

Que por la Resolución N° 321-MEGC/15, complementarias y modificatorias, se aprobó

el Diseño Curricular y la Estructura Curricular para el Ciclo Básico y para el Ciclo

Orientado de la Formación General de los establecimientos correspondientes de la

Dirección de Educación Media y de la Dirección de Educación Técnica de la Dirección

General de Educación de Gestión Estatal, de la actual Dirección de Escuelas

Normales Superiores y Dirección de Educación Artística, y de la Dirección General de

Educación de Gestión Privada, correspondiente a la Nueva Escuela Secundaria en el

ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que por las Resoluciones Nros. 1.263-MEGC/15, 1.574-MEGC/15 y 1.443-MEGC/15

se aprobaron respectivamente el Diseño Curricular para el Bachillerato en Artes

Visuales con especialidad en Producción Cerámica, el Diseño Curricular para la

Formación Artístico-Técnica en Cerámica y el Bachillerato en Artes Visuales con

especialidad en Producción Artística Contemporánea para la modalidad artística de

nivel secundario en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en este sentido la Resolución N° 321-MEGC/15 y sus complementarias y

modificatorias, prevé como uno de los objetivo de los establecimientos educativos:

"Una escuela que estimule la salida laboral e incluya prácticas laborales para los

alumnos", así como promover la adquisición de capacidades que contribuyan con la

continuación de estudios superiores en distintos campos, disciplinas y/o

especialidades y la inserción en distintos ámbitos de actividad y en diferentes

trayectorias laborales;

Que en consonancia con lo previsto en la normativa federal y jurisdiccional, junto con

las buenas prácticas relevadas en las experiencias formativas de las instituciones

educativas, se desarrollaron herramientas para la Profundización de la Nueva Escuela

Secundaria;

Que la implementación de dichas herramientas ha permitido avanzar en la plena

aplicación del diseño curricular y consecuentemente lo previsto por la Ley Nacional de

Educación y el Consejo Federal de Educación;

Que a tales efectos se aprobó mediante Resolución N° 3958-GCABA-MEDGC/21 la

implementación obligatoria de las "Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y

a los estudios superiores", en todos los establecimientos educativos de Nivel

Secundario de Gestión Estatal y Privada;

Que mediante la citada Resolución se ha delegado en esta Subsecretaría y la

Dirección General de Educación de Gestión Privada la facultad de crear las normas

complementarias y ampliatorias, y realizar todas las acciones que resulten necesarias

para la implementación de la misma;

Que dichas actividades permiten que los/as estudiantes desarrollen autonomía

progresiva y adquieran confianza en un nuevo entorno, desplegando competencias

que les permitan desarrollarse en la sociedad civil con las herramientas favorecidas

por la escuela y potenciadas más allá de ella;

Que las Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y a los estudios superiores

han sido implementadas con el seguimiento y monitoreo de los equipos del Ministerio

de Educación con el fin de maximizar sus beneficios y desarrollar las experiencias

educativas que potencien la trayectoria de los/as estudiantes;

Que en dicho contexto la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad

Educativa ha evaluado la implementación de las Actividades de Aproximación

conforme surge del informe IF 2023-08353213-GCABAUEICEE;

Que del mismo se desprende que los/as estudiantes manifestaron una valoración

positiva respecto a distintos aspectos de las ACAP, refiriendo estar satisfechos o muy

satisfechos respecto a la relación lograda con el referente de la organización y el clima

laboral dentro de la organización;

Que asimismo el referido informe se destaca que los/as estudiantes mencionan que

lograron adquirir herramientas para desempeñarse en el mundo laboral y sentirse más

seguros al momento de buscar trabajo;

Que en virtud del seguimiento y monitoreo del desarrollo de las "Actividades de

Aproximación al mundo del trabajo y a los estudios superiores", resulta propicio que

los/as estudiantes transiten por experiencias que profundicen el desarrollo de las

aptitudes contempladas en el Diseño Curricular vigente, cuenten con una mayor

diversificación de los entornos formativos y aborden el aprendizaje en espacios

dinámicos y flexibles a través de diversos formatos;

Que por su parte, la Resolución N° 3958-GCABA-MEDGC/21 ha establecido la

implementación progresiva de las "Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y

a los estudios superiores" en las secciones de Quinto (5°) año de los establecimiento

de Nivel Secundario;

Que atento el alto valor formativo de las mentadas Actividades y los beneficios

evidenciados de su implementación, resulta propicio hacer extensivas las mismas a la

totalidad de las secciones de Quinto (5°) año de los establecimiento de Nivel

Secundario;

Que la Ley N° 6.292 (texto consolidado por Ley N° 6.588), establece que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que, en el marco de la precitada norma, le corresponde al Ministerio de Educación

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que

conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo

individual y social; así como planificar y administrar los recursos del sistema educativo

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Decreto N° 463/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa del

Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, contemplándose al Ministerio de

Educación;

Que corresponde a la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa

diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos para

contribuir al desarrollo individual y social de la comunidad, así como diseñar, promover

y evaluar las políticas a efectos de la optimización de las condiciones pedagógicas de

enseñanza y aprendizaje, en pos de mejorar la calidad educativa;

Que así también, se encuentra a cargo de la Dirección General de Educación de

Gestión Privada "Administrar, supervisar, coordinar y acompañar el Subsistema de

Educación de Gestión Privada de la jurisdicción, conforme con las políticas del

Ministerio de Educación";

Que en este orden de ideas, la Dirección General de Educación de Gestión Privada y

esta Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa promueven

establecer a partir del ciclo lectivo 2023 en todas las secciones de Quinto (5to) año de

los establecimientos de Nivel Secundario de las "Actividades de Aproximación al

mundo del trabajo y a los estudios superiores" cuya implementación obligatoria se

encuentra aprobada por Resolución N° 3.958/GCABA-MEDGC/21;

Que asimismo resulta oportuno establecer en relación al punto 4 del anexo (IF-2021-

37062201-GCABADGEGE) de la Resolución N° 3.958-MEDGC/21 que los itinerarios

podrán diseñarse en contextos formativos, tanto profesionales como académicos

reales, contemplando en la planificación de las "Actividades de Aproximación al mundo

del trabajo y los estudios superiores" (ACAP) que cada escuela realiza, los contenidos

específicos de cada una de las orientaciones y/o las ocho aptitudes centrales previstas

en el Diseño Curricular;

Que las Direcciones Generales de Educación de Gestión Privada, de Educación de

Gestión Estatal, de Coordinación del Sistema Integral de Prácticas y la Unidad de

Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa han tomado intervención en el

marco de sus competencias;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la

intervención de su competencia.

Por ello, y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución N°3958-GCABA-

MEDGC/21,

LA SUBSECRETARIA

DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA Y EQUIDAD EDUCATIVA

RESUELVE

Artículo 1°.- Establezcase la aplicación, a partir del ciclo lectivo 2023, en todas las

secciones de Quinto (5to) año de los establecimientos de Nivel Secundario de gestión

estatal y privada de las "Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y a los

estudios superiores" cuya implementación obligatoria se encuentra aprobada por

Resolución N° 3.958-GCABA-MEDGC/21.

Artículo 2°.- Establezcase en relación al punto 4 del anexo (IF-2021-37062201-

GCABA-DGEGE) de la Resolución N° 3.958-MEDGC/21 que los itinerarios podrán

diseñarse en contextos formativos, tanto profesionales como académicos reales,

contemplando en la planificación de las "Actividades de Aproximación al mundo del

trabajo y los estudios superiores" (ACAP) que cada escuela realiza, los contenidos

específicos de cada una de las orientaciones y/o las ocho aptitudes centrales previstas

en el Diseño Curricular.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Efectúense las Comunicaciones Oficiales a las Subsecretarías de Carrera Docente, de

Tecnología Educativa y Sustentabilidad, y a las Direcciones Generales de Educación

de Gestión Estatal y Educación de Gestión Privada, de Coordinación del Sistema

Integral de Prácticas, de Planeamiento Educativo y a las Direcciones de Educación

Media, Artística, y Escuelas Normales Superiores. Cumplido, archívese. Feced Abal

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 21-SSCPEE-23 establece la aplicación, a partir del ciclo lectivo 2023, en todas las<br />secciones de Quinto año de los establecimientos de Nivel Secundario de gestión estatal  y privada de las Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y a los estudios  superiores cuya implementación obligatoria se encuentra aprobada por Resolución N° 3.958-GCABA-MEDGC/21.</p><p>Art 2° establece en relación al punto 4 del anexo de la Resolución N° 3.958-MEDGC/21 que los itinerarios podrán diseñarse en contextos formativos, tanto profesionales como académicos reales, contemplando en la planificación de las Actividades de Aproximación al mundo del trabajo y los estudios superiores (ACAP) que cada escuela realiza, los contenidos específicos de cada una de las orientaciones y/o las ocho aptitudes centrales previstas en el Diseño Curricular.</p>