RESOLUCIÓN 213 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

Síntesis:

EXCEPTUA -  TOPES DE UNIDADES RETRIBUTIVAS EXTRAORDINARIAS -URSE - PERÍODO  1° DE ENERO DE 2023 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2023 - MINISTERIO DE CULTURA -  DIRECCIONES GENERALES - TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - COMPLEJO TEATRAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES -  DESARROLLO CULTURAL Y CREATIVO -  CENTRO CULTURAL RECOLETA  -  CENTRO CULTURAL GENERAL SAN MARTÍN - ENSEÑANZA ARTÍSTICA - FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES - PATRIMONIO, MUSEOS Y CASCO HISTÓRICO - DE MÚSICA - UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES MUSEO DE ARTE MODERNO - SUBSECRETARÍAS - POLÍTICAS CULTURALES Y NUEVAS AUDIENCIAS - DE GESTIÓN CULTURAL - MINISTERIO DE CULTURA

Publicación:

18/04/2023

Sanción:

12/04/2023

Organismo:

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS


VISTO: Los Decreto Nros. 1.202/05 y modificatorios, y 1.090/08, la Resolución N°

2600-MCGC/23, el Expediente Electrónico N° 9161711-GCABA-DGTALMC/23, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.202/05, reglamenta las Unidades Retributivas por Servicios

Extraordinarios (URSE) para los servicios y prestaciones que deban ser cumplidos por

los y las agentes gubernamentales cuyo desarrollo excedan las jornadas normales de

labor;

Que el Decreto N° 798/06, autoriza a los Ministros a habilitar prestaciones

remuneradas mediante el presente sistema, determinando que el tope anual de URSE,

por agente, no podrá exceder de doscientas setenta y cinco (275) cuando los mismos

sean realizados en días hábiles o de ciento treinta y siete (137) cuando se realicen en

días inhábiles;

Que por Resolución N° 2600-MCGC/23, el Ministro de Cultura autorizó el pago de

Unidades Retributivas por Servicios Extraordinarios (URSE) para el personal

gubernamental que se desempeña en diferentes organismos de acuerdo al Anexo I

(IF-2023-13787859-GCABA-MCGC), por el período comprendido entre los días 1° de

enero de 2023 y 31 de diciembre de 2023;

Que, asimismo, se solicita la excepción de los topes anuales establecidos en el

artículo 6° del Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios, para el personal

gubernamental dependiente del Ministerio de Cultura y de las Direcciones Generales

Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, Patrimonio, Museos y Casco

Histórico, Enseñanza Artística, Centro Cultural Recoleta, Festivales y Eventos

Centrales, Desarrollo Cultural y Creativo, Centro Cultural General San Martín, Unidad

de Proyectos Especiales Museo de Arte Moderno, Música, y Técnica, Administrativa y

Legal, cuyo desarrollo exceden su jornada de labor, en aras del cumplimiento de

actividades de "La Nochecita de los Museos", "La Noche de los Museos", eventos

federales Cosquín BA, la competencia de freestyle Gold Battle, Ferias, teatros, cines,

jornadas de charlas, recitales, talleres, apertura de la nueva sala Teatro Cine El Plata,

actividades nocturnas para el verano, Terrazas Lunáticas, visitas guiadas, Playas BA,

Verano en la Ciudad, Festival Internacional de BS AS, Ciudanza, BAFICI, Campeonato

de Baile de la Ciudad, Vacacione de Invierno Usina, Tango BA: Festival y mundial de

baile, Ciudad Emergente, BA Jazz, Festival internacional Danza Contemporánea,

Noches de Verano, espectáculos programados, Jazzologia, cursos y talleres, muestras

de arte, Espacios activos, salas de espectáculos, salas de cine, galerías de arte,

laboratorios, que tienen actividad docente y artística en la semana y el fin de semana

durante todo el año, entre otras actividades, organizadas por el Ministerio de Cultura;

Que el Decreto N° 1.090/08 delega en el señor Ministro del área requirente y del

entonces Ministro de Hacienda la facultad de dictar en forma conjunta la norma que

autorice superar en cada caso los topes de URSE indicados;

Que ha tomado intervención la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del

Ministerio de Cultura;

Que, ponderado el requerimiento en cuestión, se entiende procedente disponer la

autorización solicitada, ya que aquélla encuentra sustento en la naturaleza de los

servicios encomendados al Ministerio de Cultura, los que necesariamente deben ser

cubiertos con la intervención del personal citado de dicho organismo excediendo su

jornada habitual.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.202/05 y

modificatorios y por el Decreto N° 1.090/08,

EL MINISTRO DE CULTURA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVEN:

Artículo 1°.- Exceptúase al Ministerio de Cultura, a la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal, a la Dirección General Complejo Teatral de la Ciudad de

Buenos Aires, a la Dirección General Desarrollo Cultural y Creativo, Unidad de

Proyectos Especiales Museo de Arte Moderno, a la Dirección General Centro Cultural

Recoleta, a la Dirección General Centro Cultural General San Martín y a la Dirección

General de Enseñanza Artística dependientes de la Subsecretaría de Políticas

Culturales y Nuevas Audiencias, a la Dirección General Festivales y Eventos

Centrales, a la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico y la Dirección

General de Música dependientes de la Subsecretaría de Gestión Cultural del Ministerio

de Cultura, de los topes de Unidades Retributivas Extraordinarias (URSE) establecidos

en el artículo 6 del Decreto N° 1.202/05 y sus modificatorios y autorizados por

Resolución N° 2600-MCGC/23, por el período comprendido entre los días 1° de enero

de 2023 y 31 de diciembre de 2023.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese a las Direcciones Generales Técnica, Administrativa y Legal, Complejo

Teatral de la Ciudad de Buenos Aires, Patrimonio, Museos y Casco Histórico,

Enseñanza Artística, Música, Centro Cultural Recoleta, Festivales y Eventos

Centrales, Desarrollo Cultural y Creativo, Centro Cultural General San Martín, Unidad

de Proyectos Especiales Museo de Arte Moderno del Ministerio de Cultura, a las

Direcciones Generales de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, de

Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Cumplido, archívese. Avogadro - Mura

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 213-MHFGC-23 exceptua de los topes de unidades retributivas extarordinarias URSE al Ministerio de Cultura-Direcciones Generales Tecnica Administrativa Legal Complejo Teatral de la Ciudad de Buenos Aires Desarrolo Cultural y Creativo Centro Cultural Recoleta </p>