RESOLUCIÓN 2738 2023 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
SE APRUEBA Y ADJUDICA LA LICITACIóN PúBLICA N° 623-1188-LPU22
Publicación:
21/04/2023
Sanción:
18/04/2023
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
...............................................................................................................................................................................................................................................................
VISTO: Las Leyes N° 1.218 y N° 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el
Decreto N° 74/21, las Disposiciones N° 167/GCABA-DGCYC/21, N° 811/GCABA-
DGCYC/22 y N° 876/GCABA-DGCYC/22, el Expediente Electrónico N°
28.604.005/GCABA-DGCYC/2.022, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita el Convenio Marco de
Compras con Compulsa para la Contratación de Coberturas de Seguro con el objeto
de amparar diversos riesgos en el marco de la actividad ejecutada por el Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para uso exclusivo de la Gerencia Operativa de
Asuntos Legales de Seguros, la cual se encuentra dentro de la órbita de la Dirección
General de Compras y Contrataciones, dependiente de este Ministerio de Hacienda y
Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el
procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos
Aires Compras (BAC);
Que el Convenio Marco de Compras es definido en el Artículo 46 de la Ley N° 2.095
(texto consolidado por Ley N° 6.588) como "una modalidad de contratación electrónica
mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro
directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás
condiciones establecidas en dicho convenio";
Que, por su parte, el artículo 39, inciso h) del Anexo I del Decreto N° 74/21, sobre la
modalidad Convenio Marco de Compras con Compulsa, establece que: "(...) La
adquisición de estos bienes y/o servicios se gestionará a través del Portal Buenos
Aires Compras (BAC) (...) Solo se podrá efectuar sobre bienes o servicios que
mantengan relación con el objeto principal de la contratación adjudicada, cuando los
mismos se hayan establecido de forma genérica o no se encuentren previstos
taxativamente (...).";
Que por Disposición N° 167/GCABA-DGCYC/21, la Dirección General de Compras y
Contrataciones en carácter de Órgano Rector, aprobó el Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios;
Que por Disposición N° 811/GCABA-DGCYC/22, la Directora General de Compras y
Contrataciones, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, su Anexo I y
Pliego de Especificaciones Técnicas, designó a los integrantes de la Comisión
Evaluadora de Ofertas y estableció el llamado a Licitación Pública N° 623-1188-LPU22
para el día 16 de noviembre de 2.022 a las 14:00 horas, bajo la modalidad de
Convenio Marco de Compras con Compulsa, para la Contratación de Coberturas de
Seguro con el objeto de amparar diversos riesgos en el marco de la actividad
ejecutada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para uso
exclusivo de la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros, al amparo de lo
establecido en los artículos 32 y 46 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°
6.588), reglamentados por los artículos 31 y 45, respectivamente del Anexo I del
Decreto N° 74/21 y el artículo 39 Inciso h) del Anexo I del Decreto N° 74/21, por un
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
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monto estimado de hasta PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES con
00/100 ($ 383.000.000.-) por cada empresa oferente;
Que a posteriori, por cuestiones de índole administrativa y teniendo en cuenta los
principios de Libre Competencia, Concurrencia e Igualdad, y Publicidad y Difusión que
deben imperar en todos los procedimientos de Compras y Contrataciones regidos por
la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588) para que los proveedores
interesados puedan confeccionar con debida antelación sus ofertas y en consecuencia
obtener un mayor éxito de la contratación, se procedió a postergar la fecha de apertura
de ofertas de la Licitación que nos ocupa mediante la Disposición N° 876/GCABA-
DGCYC/22, fijándose como fecha definitiva para la realización del correspondiente
acto de apertura el día 24 de noviembre de 2.022 a las 14:00 horas;
Que el referido llamado y su postergación fueron publicados en el Boletín Oficial, por el
término de dos (2) días, en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y en el Portal Buenos Aires Compras. Asimismo, se publicaron en el
Boletín Oficial los actos administrativos citados en los considerandos que anteceden.
Por último, se notificó a los proveedores del rubro inscriptos en el RIUPP, a la Unión
Argentina de Proveedores del Estado y a la Cámara Argentina de Comercio;
Que, en el marco del proceso de marras, se emitieron a través del Sistema Electrónico
de Compras y Contrataciones denominado "Buenos Aires Compras" (BAC), las
Circulares Nros. 1, 2, 3, 4 y 5 Sin consulta y las Circulares Nros. 1, 2, 3, 4 y 5 Con
consulta, las cuales fueran notificadas a las firmas adquirientes de Pliego a través del
Portal referido, y publicadas en la Página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad;
Que en fecha 24 de noviembre de 2.022 y tal como luce en el Acta de Apertura de
Ofertas emitida a través del Portal Buenos Aires Compras (BAC), se recibieron seis (6)
únicas ofertas pertenecientes a las firmas: NACION SEGUROS S.A., LIFE SEGUROS
DE PERSONAS Y PATRIMONIALES S.A., SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS
LIMITADA, CAJA DE SEGUROS S.A., LA SEGUNDA COOPERATIVA LIMITADA DE
SEGUROS GENERALES y LA SEGUNDA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE
PERSONAS S.A.;
Que se ha cumplimentado el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la
reglamentación;
Que ante la consulta formulada por la Dirección General de Compras y Contrataciones
mediante Informe N ° IF-2023-05069175-GCABA-DGCYC, el Órgano de
asesoramiento jurídico se expidió -por Dictamen N° IF-2023-05624926-GCABA-
PGAAIYEP- manifestando que "(...) las ofertas presentadas por LA SEGUNDA
COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES y por la empresa LA
SEGUNDA COMPAÑÍA DE SEGUROS DE PERSONAS S.A., no encuadran en la
prohibición para contratar establecida en el artículo 90 inciso j) de la Ley N° 2.095 (...)
y su Decreto Reglamentario N° 74/GCABA/2021(...)";
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros dependiente de la
Dirección General de Compras y Contrataciones, efectuó la evaluación técnica de las
ofertas presentadas en base a los Pliegos de Especificaciones Técnicas
correspondientes, tal como se desprende del Informe N° IF-2023-09153691-GCABA-
DGCYC;
Que a través del Informe N° IF-2023-08647658-GCABA-DGCYC, la Dirección General
de Compras y Contrataciones realizó la evaluación correspondiente a los requisitos
Económico-Financieros de las ofertas presentadas;
Que se efectuó la evaluación correspondiente al requisito de Compras Públicas con
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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Perspectiva de Género, la cual se ha plasmado en el Informe N° IF-2023-08269029-
GCABA-DGCYC;
Que en base a los informes reseñados y habiendo realizado por su parte el análisis de
los aspectos administrativos y económicos de las ofertas presentadas, la Comisión
Evaluadora de Ofertas, aconsejó mediante Dictamen de Preadjudicación de Ofertas,
de fecha 20 de marzo de 2.023, desestimar totalmente las ofertas presentadas por las
firmas: LIFE SEGUROS DE PERSONAS Y PATRIMONIALES S.A., LA SEGUNDA
COOPERATIVA LIMITADA DE SEGUROS GENERALES y LA SEGUNDA COMPAÑÍA
DE SEGUROS DE PERSONAS S.A., conforme los términos de los Informes N° IF-
2023-11625880-GCABA-DGCYC y N° IF-2023-11391468-GCABA-DGCYC;
Que, asimismo, en el referido Dictamen se aconsejó adjudicar a favor de las ofertas
presentadas por las firmas: NACION SEGUROS S.A., en la suma total de hasta
PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES con 00/100 ($
383.000.000,00.-); SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, en la suma
total de hasta PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES con 00/100 ($
383.000.000,00.-); y CAJA DE SEGUROS S.A., en la suma total de hasta PESOS
DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES con 00/100 ($ 234.000.000,00.-),
conforme surge de los términos de los Informes N° IF-2023-11625880-GCABA-
DGCYC y N° IF-2023-11391468-GCABA-DGCYC;
Que la adjudicación aconsejada lo ha sido por ofertas más convenientes en un todo de
acuerdo a lo establecido en los Artículos 100 y 102 de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6.588) cuya reglamentación se encuentra en los Artículos 99 y
101 del Decreto N° 74/21;
Que en el mentado Dictamen la Comisión Evaluadora de Ofertas dejó expresa
constancia de que el mismo fue emitido habiéndose superado el plazo previsto en el
Artículo 100 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), cuya
reglamentación se encuentra en el Artículo 99 del Decreto N° 74/21, teniendo en
cuenta el tiempo que insumiera el análisis de la documentación, máxime considerando
la solicitud de documentación complementaria;
Que el Dictamen emitido en consecuencia fue publicado en el Portal
www.buenosairescompras.gob.ar, notificado a las firmas oferentes a través del referido
Portal, publicado en la Página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad y en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el
Artículo 102 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), cuya
reglamentación se encuentra en el Artículo 101 del Decreto N° 74/21;
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones, mediante Providencia N° PV-
2023-11626616-GCABA-DGCYC, dejó constancia que se procedió a publicar en el
Portal Buenos Aires Compras (BAC), el Dictamen de Evaluación de Ofertas
correspondiente al proceso de marras, remitiendo automáticamente BAC notificación
del mismo a las empresas oferentes;
Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna
presentación en tal sentido;
Que los oferentes preadjudicados han dado cumplimiento a los aspectos formales y
técnicos exigidos en los pliegos licitatorios y se encuentran calificados para ingresar al
Convenio Marco considerado;
Que en esas condiciones, corresponde aprobar y adjudicar este procedimiento de
selección a los oferentes preadjudicados, para que los mismos perfeccionen a través
del Portal Buenos Aires Compras, el Convenio Marco que se genere en consecuencia,
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
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a los efectos de que la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros,
perteneciente a la Dirección General de Compras y Contrataciones de este Ministerio
de Hacienda y Finanzas, gestione de forma directa las Coberturas de Seguro con el
Objeto de amparar diversos riesgos en el marco de la actividad ejecutada por el
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante la emisión de Órdenes
de Compra, en la forma y condiciones establecidas en aquel;
Que, es dable poner de manifiesto que, mediante la Ley N° 6.588, se aprobó la cuarta
actualización del Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que
contiene las normas de alcance general y carácter permanente, entre ellas la Ley N°
2.095, consolidadas al 28 de febrero de 2022. Por lo que consecuentemente, se ha
procedido a reestructurar la numeración de los artículos correspondientes a la citada
normativa;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la
intervención que le compete de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto
consolidado por Ley N° 6.588).
Por ello, de acuerdo a lo expuesto precedentemente y en uso de las facultades
conferidas por el Artículo 13 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y
por el Anexo VI del Decreto Reglamentario N° 74/21,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1°. - Aprobar la Licitación Pública N° 623-1188-LPU22, realizada bajo la
modalidad especial de selección denominada Convenio Marco de Compras con
Compulsa según lo previsto en los artículos 32 y 46 de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado por Ley N° 6.588), reglamentados por los artículos 31 y 45,
respectivamente del Anexo I del Decreto N° 74/21 y el artículo 39 Inciso h) del Anexo I
del Decreto N° 74/21.
Artículo 2°.- Incorporar dentro del Catálogo Electrónico BAC, en su carácter de
adjudicatarias, del Convenio Marco de Compras con Compulsa para la Contratación
de Coberturas de Seguro con el objeto de amparar diversos riesgos en el marco de la
actividad ejecutada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para uso
exclusivo de la Gerencia Operativa de Asuntos Legales de Seguros, de acuerdo con el
procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos
Aires Compras (BAC), a las firmas: NACION SEGUROS S.A., en la suma total de
hasta PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES con 00/100 ($
383.000.000,00.-); SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA, en la suma
total de hasta PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES con 00/100 ($
383.000.000,00.-); y CAJA DE SEGUROS S.A., en la suma total de hasta PESOS
DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES con 00/100 ($ 234.000.000,00.-), por
las cantidades y precios que constan, para cada renglón, en el Anexo I (IF-2023-
15219952-GCABA-MHFGC), ascendiendo el monto total de la adjudicación a PESOS
MIL MILLONES con 00/100 ($ 1.000.000.000,00.-).
Artículo 3°. - Desestimar totalmente las ofertas presentadas por las firmas: LIFE
SEGUROS DE PERSONAS Y PATRIMONIALES S.A., LA SEGUNDA COOPERATIVA
LIMITADA DE SEGUROS GENERALES y LA SEGUNDA COMPAÑÍA DE SEGUROS
DE PERSONAS S.A., conforme los términos de los Informes N° IF-2023-11625880-
GCABA-DGCYC y N° IF-2023-11391468-GCABA-DGCYC.
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"1983-2023. 40 Años de Democracia"
...............................................................................................................................................................................................................................................................
Artículo 4°. - Dejar establecido que el gasto que demande la presente contratación se
imputará a la correspondiente Partida de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos de los ejercicios correspondientes.
Artículo 5°. - Autorizar en Buenos Aires Compras, y remitir a la Dirección General de
Compras y Contrataciones para la prosecución de su trámite.
Artículo 6°. - Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el
término de un (1) día, en el Portal www.buenosairescompras.gob.ar, en un todo de
acuerdo a lo previsto en el Artículo 103 del Decreto reglamentario N° 74/21, en la
página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y notificar
fehacientemente a cada uno de los oferentes de acuerdo a lo previsto en el Artículo
102 del Decreto Reglamentario N° 74/21. Mura