RESOLUCIÓN 2254 2004 SECRETARIA DE SALUD

Síntesis:

ESTABLECE COMPOSICIÓN DE LA JUNTA DE RECUSACIONES Y EXCUSACIONES - RICARDO ALFREDO JOSÉ REZZÓNICO F.C. 169.719 - MARCOS BUCHBINDER, F.C. 183.165 - JUAN DOMINGO ARGENTO, F.C. 198.569 - BEATRIZ MARÍA CHIAPPARA - F.C. 342.709 - JOSEFINA SERRANO, F.C. 192.683 - JULIO LUJÁN SALINAS GARCÍA - F.C. 347.259 - GUILLERMO YANI NAKAMATSU - F.C. 195.516

Publicación:

27/12/2004

Sanción:

15/12/2004

Organismo:

SECRETARIA DE SALUD


Visto el Decreto N° 2.745/87 (B.M. 18.047), el Decreto N° 1.318/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1989), modificado por los Decretos Nros. 1.487/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 2004), 1.796/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 2037) y 2.015/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 2060), el Decreto N° 1.317/GCBA/04 (B.O.C.B.A N° 1989), modificado por Decreto N° 2.016/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 2060), la Resolución N° 1.207/SS/04 (B.O.C.B.A. N° 1984), y la Nota N° 3.113/HGAPPS/04 y Agreg., y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 1.207/SS/04 se conformó la Junta de Recusaciones y Excusaciones, prevista en el Decreto N° 2.745/87, reglamentario de la Ordenanza N° 41.455 (B.M. N° 17.920), a los efectos de la resolución de las recusaciones y excusaciones que se presenten respecto de los miembros del Jurado con relación a los concursos para selección de profesionales para cubrir cargos en las distintas áreas que abarca la Carrera Municipal de Profesionales de Salud;

Que el Decreto N° 1.317/GCBA/04 modificado por Decreto N° 2.016/GCBA/04, en el Capítulo VII de su Anexo II, prevé, asimismo, la conformación de una Junta de Recusaciones y Excusaciones a los mismos efectos que los previstos por Decreto N° 2.745/87, respecto de los Concursos Cerrados a todas las Unidades de Organización contemplados en el Art. 10.1.2. de la Carrera de Profesionales de la Salud;

Que, se entiende conveniente que la Junta de Recusaciones y Excusaciones prevista en el Decreto N° 1.317/GCBA/04 y modificatorio, sea la conformada por Resolución N° 1.207/SS/04 (B.O.C.B.A. N° 1984), toda vez que las funciones propias de dicha Junta son idénticas para los distintos procedimientos de selección contemplados en la Carrera de Profesionales de la Salud, no existiendo causa alguna que justifique la conformación de una nueva;

Que por el artículo 1° de la Resolución citada en el Visto fueron designados miembros titulares de la Junta de Recusaciones y Excusaciones los Dres. Ricardo Alfredo José Rezzónico, F.C. N° 169.719, Marcos Buchbinder, F.C. N° 183.165 y Pedro Saposnik, F.C. N° 219.419, y como suplentes los Dres. Beatriz María Chiappara, F.C. N° 342.709 y Juan Domingo Argento, F.C. N° 198.569;

Que por el artículo 2° se designó al Dr. Ricardo Rezzónico como Presidente de dicha Junta;

Que, por el Decreto N° 1.318/GCBA/04 y sus modificatorios se llamó a Concurso Cerrado a todas las Unidades de Organización, para la Selección de Profesionales para cubrir cargos vacantes de Director y Subdirector Médico del Área Técnica Administrativa y Asistencial de los Hospitales dependientes de la Secretaría de Salud;

Que, habiéndose postulado los Dres. Ricardo Rezzónico, Marcos Buchbinder y Beatriz María Chiappara al Concurso llamado por Decreto N° 1.318/GCBA/04 y modificatorio, habría un conflicto de intereses al encontrarse en la doble condición de Concursantes y de miembros de la Junta de Recusaciones y Excusaciones, ante la intervención que en este último carácter les pudiere corresponder en el citado concurso;

Que el Dr. Juan Domingo Argento presentó su renuncia a la Junta de Recusaciones y Excusaciones, con motivo de su presentación al Concurso llamado por Decreto N° 1.318/GCBA/04 y modificatorio;

Que, habiéndose excusado los Dres. Rezzónico, Buchbinder, por las razones invocadas, corresponde aceptar las mismas y eximir a la Dra. Chiappara, de intervenir en la Junta de Recusaciones y Excusaciones con relación a las excusaciones o recusaciones que se presenten con relación a los Jurados designados con motivo del Concurso llamado por Decreto N° 1.318/GCBA/04 y modificatorio;

Que, en idénticos términos, corresponde excusar al Dr. Argento, ya que los motivos alegados para su renuncia, se refieren a su presentación al citado Concurso;

Que, en consecuencia, al sólo efecto del conocimiento de las excusaciones o recusaciones que se presenten con relación a los Jurados designados para el Concurso llamado por Decreto N° 1.318/GCBA/04, corresponde designar los miembros reemplazantes para la Junta de Recusaciones y Excusaciones;

Que, asimismo, corresponde designar a otro miembro de la Junta de Recusaciones y Excusaciones para ejercer su presidencia, con motivo de las excusaciones o recusaciones presentadas con relación a los Jurados del referido Concurso;

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 10 del Anexo I del Decreto N° 2.745/87 (B.M. N° 18.047), reglamentario de la Ordenanza N° 41.455 (B.M. N° 17.920), y el Decreto N° 1.317/GCBA/04 (B.O.C.B.A. N° 1989) y su modificatorio,

EL SECRETARIO DE SALUD

RESUELVE:

Artículo 1° - Establécese que la Junta de Recusaciones y Excusaciones prevista en el Capítulo VII del Anexo II del Decreto N° 1.317/GCBA/04 y modificatorio, será la conformada por Resolución N° 1.207/SS/04 (B.O.C.B.A. N° 1984).

Artículo 2° - Acéptase la excusación de los Dres. Ricardo Alfredo José Rezzónico F.C. N° 169.719, Marcos Buchbinder, F.C. N° 183.165, y Juan Domingo Argento, F.C. N° 198.569, y exímase a la Dra. Beatriz María Chiappara, F.C. N° 342.709, de intervenir como miembros de la Junta de Recusaciones y Excusaciones constituida por la Resolución N° 1.207/SS/04 con relación a las excusaciones o recusaciones que se presenten respecto de los Jurados del Concurso llamado por el Decreto N° 1.318/GCBA/04 y modificatorio.

Artículo 3° - Desígnase, al solo efecto de intervenir en las recusaciones y excusaciones de los Jurados del Concurso llamado por el Decreto N° 1.318/GCBA/04 y modificatorio, a los Dres. Serrano, Josefina, F.C. N° 192.683 y Salinas García, Julio Luján, F.C. N° 347.259, en carácter de miembros titulares de la Junta de Recusaciones y Excusaciones, y al Dr. Nakamatsu, Guillermo Yani, F.C. N° 195.516, en carácter de suplente.

Artículo 4° - Establécese que el Dr. Pedro Saposnik, F.C. N° 219.419, ejercerá la presidencia de la Junta de Recusaciones y Excusaciones, cuando ésta deba intervenir en las excusaciones o recusaciones relativas a los Jurados designados con motivo de la realización del Concurso llamado por el Decreto N° 1.318/GCBA/04 y modificatorio.

Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección de Concursos, notifíquese a los interesados. Cumplido, archívese. Stern

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DESIGNA
Establece que la Junta de Recusaciones y Excusaciones prevista en el Capítulo VII del Anexo II del Decreto N° 1.317/GCBA/04, será la conformada por Res.1.207/SS/04
DESIGNA
Designa profesionales al solo efecto de intervenir en las recusaciones y excusaciones de los Jurados del Concurso llamado por el Decreto N° 1.318/GCBA/04