RESOLUCIÓN 262 2023 SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Síntesis:

APRUEBA - DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE - BONIFICACIONES TARIFARIAS - VERIFICACIÓN TÉCNICA VEHICULAR OBLIGATORIA - CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - ARTÍCULO 28  LEY N° 2.265

Publicación:

09/05/2023

Sanción:

03/05/2023

Organismo:

SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS


VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 (texto consolidado por Ley Nro. 6.588) 2.265; los

Decretos Nros. 403/GCABA/16, 127/GCABA/23, 463/GCABA/19 y sus modificatorios;

la Resolución Conjunta N° 2/SECTRANS/16; y el Expediente Electrónico N° EX-2023-

17124349-GCABA-DGGSM, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 2.265 se aprobó la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria

en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para todos los vehículos y

motovehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en otra

jurisdicción que circulen dentro de los límites territoriales de la Ciudad de Buenos

Aires;

Que, el objetivo de la ley es incrementar la seguridad vial, controlando las condiciones

mínimas de seguridad activa y pasiva exigidas a vehículos y motovehículos que

circulen en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires, proteger el medio ambiente,

contribuyendo a reducir la polución en la Ciudad emanada de esas fuentes móviles y

establecer un sistema de revisiones, controles y sanciones que garanticen el efectivo

cumplimiento de los mismos;

Que, la mencionada Ley estableció que el Poder Ejecutivo sería el encargado de

designar a la Autoridad de Aplicación, la que estaría integrada por representantes de

las áreas de Tránsito y de Medio Ambiente;

Que, fue así que, mediante Decreto N° 403/2016 y teniendo en consideración la

especialidad técnica requerida para garantizar una prestación eficiente y adecuada del

Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, se designó a la entonces

Secretaría de Transporte - actual Secretaría de Transporte y Obras Públicas - y a la

Agencia de Protección Ambiental, entidad autárquica en el ámbito de la actual

Secretaría de Ambiente-, como Autoridad de Aplicación de la Verificación Técnica

Vehicular Obligatoria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de dar

cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 2.265;

Que, a su vez, el mencionado Decreto considera que la Secretaría de Transporte

tendrá a su cargo la puesta en marcha, fiscalización, supervisión, inspección y

auditoría de la prestación del servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria, el

dictado de todo acto administrativo necesario para garantizar un eficiente

funcionamiento del servicio y velar por el debido cumplimiento de lo dispuesto por la

Ley N° 2.265, y en las condiciones generales, particulares y especificaciones técnicas

previstas en los pliegos aprobados por la Ley N° 4.111;

Que, por otra parte, la Agencia de Protección Ambiental tendrá a su cargo la

supervisión de todos los aspectos de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria que

tengan relación con el medio ambiente y que sean susceptibles de producir un impacto

ambiental;

Que, por medio de la Resolución Conjunta N° 2/SECTRANS/16, se aprobó el detalle

de competencias asignadas a la entonces Secretaría de Transporte;

Que, por medio de la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando entre los Ministerios del Poder

Ejecutivo al Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, mediante Decreto N° 463/19 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, asumiendo la Secretaría de Transporte y Obras Públicas

de la Ciudad de Buenos Aires, diversas funciones relacionadas al tránsito y al

transporte en el ámbito de la Ciudad;

Que, por otra parte, dentro de las responsabilidades primarias asignadas a la Gerencia

Operativa de Taxis Remises y Escolares, dependiente de la Dirección General Gestión

de Servicios de Movilidad de la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, Secretaría

de Transporte y Obras Públicas, se encuentra la de entender administrar y controlar la

concesión del Sistema de Verificación Técnica Vehicular obligatoria para los vehículos

radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras;

Que la Ley N° 6.631, sancionada con fecha 30 de marzo del corriente año y

promulgada por Decreto N° 127/GCABA/23, sustituyó, entre otros, el artículo 28 de la

Ley N° 2.265, el cual establece los requisitos para las exenciones en el pago de la

tarifa de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria;

Que, en este sentido, la Gerencia Operativa de Taxis Remises y Escolares mediante

IF-2023-17128541-GCABA-DGGSM expuso el detalle de la documentación necesaria

para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 28 la Ley N° 2.265;

Que por todo lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente,

tendiente a aprobar la documentación exigible para el otorgamiento de las

bonificaciones tarifarias establecidas en el artículo 28 de la Ley N° 2.265.

Por ello, y en uso de las atribuciones y facultades conferidas por los Decretos Nros.

403/GCABA/16 y 463/GCABA/19 y sus modificatorios,

LA SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la documentación exigible para las bonificaciones tarifarias de la

Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

establecidas en el artículo 28 de la Ley N° 2.265, que, como Anexo (IF-2023-

17152742-GCABA-DGGSM), forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese

a la Subsecretaría de Gestión de la Movilidad, a la Dirección General Gestión de

Servicios de Movilidad y a la Gerencia Operativa de Taxis, Remises y Escolares, quien

notificará las concesionarias prestadoras del servicio de Verificación Técnica Vehicular

Obligatoria. Cumplido, archívese. López Menéndez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6617

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucción N° 262- SECTOP/23, aprueba la documentación exigible para las bonificaciones tarifarias de la Verificación Técnica Vehicular Obligatoria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establecidas en el artículo 28 de la Ley N° 2.265.</p>