RESOLUCIÓN 131 2023 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 51-GCABA-ISSP/22 -  APRUEBA EL PLAN DE EVALUACIÓN DEL PERSONAL CON ESTADO POLICIAL - POLICÍA DE LA CIUDAD

Publicación:

10/05/2023

Sanción:

03/05/2023

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO: La Ley N° 5.688 (texto consolidado según Ley N° Ley N° 6.588), el Decreto

234-GCABA/17, las Resoluciones N° 51-GCABA-ISSP/22 y N° 118-GCABA-

MJYSGC/23, la NO-2023-16958606-GCABA- SAISSP, el Expediente Electrónico N°

16929292-GCABA-SGISSP/23, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.588), establece las bases

jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de Seguridad Pública de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su composición, misión,

función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases

jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas

y estrategias de seguridad pública;

Que por el Decreto N° 234-GCABA/17 se aprobó la reglamentación del mentado

cuerpo normativo;

Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de

apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública, y órgano

rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores

involucrados en todo el sistema integral, entre los que se destaca el personal de la

Policía de la Ciudad de Buenos Aires;

Que en la citada Ley, bajo el Libro IV - Título V, referido al plan de evaluación del

personal con estado policial, dispone en su artículo 389 que todo el personal con

estado policial en actividad debe cumplir obligatoriamente una instancia de evaluación

en esta casa de estudios;

Que asimismo, el artículo 391 prescribe que la periodicidad de la evaluación, las

competencias a evaluar, los contenidos de cada una, los estándares mínimos a

aprobar según jerarquía y especialidad, el régimen de evaluación y demás aspectos

vinculados a ella son determinados por este Instituto;

Que por su parte, la instancia de evaluación se constituye en una estrategia de

seguimiento de las capacidades técnicas y del rendimiento físico del personal con

estado policial, con el objetivo de mantener y potenciar las condiciones más idóneas

para el cumplimiento de la función policial, garantizando el incremento, la

diversificación de las posibilidades de actualización y el perfeccionamiento de los

oficiales, conforme establece el artículo 390 de la Ley de mención;

Que en dicho orden de ideas, la Resolución N° 51-GCABA-ISSP/22 aprobó el "Plan de

Evaluación del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad" que se dictó en

el año 2022;

Que el Sr. Ministro de Justicia y Seguridad estimó pertinente adecuar las disposiciones

procedimentales que regulan la selección para el ascenso ordinario en la órbita de la

Policía de la Ciudad para este año y en tal sentido por Resolución N° 118-GCABA-

MJYSGC/23 aprobó el "Procedimiento para la implementación del régimen de ascenso

ordinario del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad", cuyo artículo 7

inciso b), primer párrafo, prescribe que la Evaluación Permanente en el Instituto

Superior de Seguridad Pública, comprende las instancias de actualización académica,

de condición de tiro y de condición física y atlética, conforme los contenidos, criterios y

baremos aprobados por el Director del Instituto;

Que a los efectos de implementar los mandatos contenidos en dichas disposiciones

legales, se presenta la necesidad de diseñar un programa que permita capacitar en

forma permanente y realizar el seguimiento de las habilidades académicas, técnicas y

del rendimiento físico del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad con el

objeto de que se mantengan y potencien las capacidades para el desarrollo del

quehacer policial propendiendo al logro de una aptitud operativa que permita afrontar

de forma eficiente, respetuosa del marco legal vigente y de los derechos humanos, las

exigencias que requiere el desarrollo de la función encomendada;

Que ello resulta de vital importancia ya que las actividades propias de la función

policial, enmarcadas en un contexto de alta exigencia obligan a conseguir, mantener y

acrecentar la preparación académica, física y técnico operativa para llevar a cabo con

eficiencia las tareas propias en los diversos ámbitos de actuación;

Que en esa inteligencia, el Sr. Secretario Académico mediante NO-2023-16958606-

GCABA-SAISSP elevó a consideración de esta instancia, el proyecto de un nuevo

"Plan de Evaluación del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad" que se

integra con un Anexo I "Instancias de Evaluación" (IF-2023-16971089-GCABA-

SAISSP) y un Anexo II "Evaluación práctica de tiro y Evaluación Práctica de Condición

Física y Atlética" (IF-2023-16972736-GCABA-SAISSP) en los que se actualizan e

incrementan los contenidos de la capacitación en general, dando cumplimiento

asimismo, a las demandas de capacitación existente para el personal policial en

materia de género y discriminación en particular;

Que consecuentemente, la formulación de un programa que integre las tres instancias

-en cuanto a su esquema, metodología y contenido-, debe ser dinámico para servir

como instrumento de diagnóstico que permita observar y determinar el estado actual

de las capacidades profesionales, como estadio previo al desarrollo de planes

operativos para adaptarse a las necesidades que se establezcan, de modo de asistir

adecuadamente a la incorporación de nuevas competencias funcionales y a la

aparición de nuevos desafíos en materia de seguridad;

Que con el propósito de efectivizar este marco estratégico resulta imprescindible un

programa de evaluación como el que se ha presentado, que abarque la totalidad de

las áreas mencionadas y que adopte las características precedentemente señaladas, a

efectos de permitir estandarizar y trasparentar el análisis y ponderación de las

aptitudes del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad, incluido el

personal de la especialidad transitoria de Bomberos;

Que en esa inteligencia, a fin de dar cumplimiento a los requisitos establecidos en la

reglamentación, se ha previsto como exigencia de admisión ser personal con estado

policial en actividad y de la especialidad transitoria Bomberos que se encuentre en

condiciones para comenzar el proceso de ascenso, y haya manifestado expresamente

su voluntad de participar del mismo de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 136 y

siguientes de la Ley 5.688 (texto consolidado según Ley N° Ley N° 6.588) , en el

Decreto N° 234-GCBA/17 y en la Resolución N° 118-GCABA-MJYSGC/23;

Que en razón de lo expuesto, corresponde dejar sin efecto el la Resolución N° 51-

GCABA-ISSP/22, y aprobar el presente "Plan de Evaluación del Personal con estado

policial de la Policía de la Ciudad".

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

EL DIRECTOR

DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución N° 51-GCABA-ISSP/22

Artículo 2.- Aprobar el "Plan de Evaluación del Personal con estado policial de la

Policía de la Ciudad", cuyo programa de actividades y contenidos, descripción y

recomendaciones de las instancias de evaluación obran en los Anexos I y II que como

IF-2023-17172911-GCABA-ISSP e IF-2023-17173434-GCABA-ISSP, forman parte

integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, para su

conocimiento y demás efectos comuníquese al Sr. Ministro de Justicia y Seguridad, al

Sr. Secretario de Seguridad, al Sr. Jefe de la Policía de la Ciudad, a la Secretaría de

Administración de Seguridad y Emergencias, a la Subsecretaría de Emergencias, a la

Dirección General Gestión de Capital Humano de la Policía de la Ciudad y a la

Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido,

archívese. Unrein


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6618

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6618

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución N° 171-ISSP/24, deja sin efecto la Resolución N° 131-ISSP/23.</p>
DEROGA
<p>Artículo 1 de la Resolucion N° 131-ISSP/23, deja sin efecto la Resolución N° 51-ISSP/22.</p>