RESOLUCIÓN 98 2023 SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS
Síntesis:
SUSTITUYE - ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 130- GCABA-SSGEFYAR/21 - PROGRAMA COOPERAR EN COMUNIDAD
Publicación:
11/05/2023
Sanción:
18/04/2023
Organismo:
SUBSECRETARIA DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS
VISTO: la Ley Nacional N° 26.759, la Ordenanza N° 35.514 (texto consolidado por Ley
N° 6.588), el Decreto N° 578/16, las Resoluciones Nros. 130-GCABA-SSGEFYAR/21 y
81-GCABA-SSGEFYAR/22, el Expediente Electrónico N° 12.927.500-GCABA-
DGSE/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 26.759, en su Artículo 3° establece que las respectivas
jurisdicciones deben dictar las normas específicas para promover y regular la creación
y el fortalecimiento de las cooperadoras, el reconocimiento de las ya existentes y el
seguimiento y control de su funcionamiento;
Que así también prevé que implementarán un registro en cada jurisdicción y
establecerán el marco normativo que permita a las cooperadoras escolares la
administración de sus recursos;
Que la mencionada norma dispone que las Cooperadoras Escolares podrán recibir
aportes y subsidios que otorguen las autoridades nacionales, provinciales o
municipales; Que la Ordenanza N° 35.514 en su Artículo N° 11 inciso f) establece que
una de las fuentes de recursos de las Asociaciones Cooperadoras proviene de las
subvenciones que le acuerden;
Que mediante la Resolución N° 130-GCABA-SSGEFYAR/21 se creó el Programa
Cooperar en Comunidad con la finalidad de promover el trabajo en conjunto entre las
Asociaciones Cooperadoras, las Conducciones Escolares y la comunidad educativa, a
través de la transferencia de un subsidio pensado para solventar gastos
exclusivamente destinados al Proyecto Educativo Institucional, a fin de colaborar en el
proceso educativo de los alumnos y alumnas;
Que, asimismo, en dicho acto se establecieron las bases y condiciones para llevar a
cabo el referido programa;
Que posteriormente por la Resolución N° 81-GCABA-SSGEFYAR/22, se establecieron
las condiciones para su desarrollo durante el año 2022; Que, teniendo en
consideración la experiencia adquirida en la realización del Programa durante los años
2021 y 2022, resulta necesario introducir nuevas modificaciones, a los efectos de
determinar las nuevas bases y condiciones que regularán el mencionado programa
para su desarrollo durante el ciclo lectivo 2023;
Que en virtud de ello, se propicia sustituir las condiciones de la Resolución N° 81-
GCABA-SSGEFYAR/22 de conformidad con el detalle obrante en el Anexo I (IF-2023-
14232819-GCABA-DGSE) que a todos sus efectos forma parte de la presente;
Que la Gerencia Operativa Apoyo a Escuelas y Cooperadoras Escolares y la Dirección
General Servicios a las Escuelas promueven el dictado de la presente medida; Que la
medida cuenta con el debido reflejo presupuestario;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención
en el trámite. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N°
578/16,
Artículo 1°.- Sustituir el Anexo I (IF-2022-14056697-GCABA-DGSE) por el Anexo I (IF-
2023-14232819- GCABA-DGSE), el que a todos sus efectos forma parte integrante de
la presente Resolución, en relación al Programa Cooperar en Comunidad aprobado
por Resolución N° 130- GCABA-SSGEFYAR/21.
Artículo 2°.- El gasto que demande la implementación del presente será imputado a la
Partida Presupuestaria Jurisdicción 55 Unidad Ejecutora 582 Programa 52
Actividad 10000 Partida 5.1.7.55. Fuente de Financiamiento 11.
Artículo 3°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás efectos, efectuar las comunicaciones oficiales pertinentes a las
Direcciones Generales Servicios a las Escuelas, Administración de Recursos y,
Coordinación Legal e Institucional, y al Ministerio de Hacienda y Finanzas. Cumplido,
archívese. Tomaghelli