RESOLUCIÓN 12 2023 INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

Síntesis:

AUTORIZA TRANSFERENCIA - JUZGADO NACIONAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL N° 1 - COMPETENCIA ELECTORAL - DISTRITO DE LA CAPITAL FEDERAL

Publicación:

12/05/2023

Sanción:

04/05/2023

Organismo:

INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL


VISTO: La ley 6.031 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Convenio de

Colaboración N° 09/2007, el Decreto N° 109/23, el Expediente Electrónico N°

16917743-IGE/23, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de Ley N° 6.031 creó el Instituto de Gestión Electoral (IGE), como

ente autárquico en el ámbito del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, con personería jurídica pública estatal, autarquía financiera e independencia

funcional, conforme a la organización, misión y competencias determinadas en su

artículo 4°;

Que el artículo 2° de la citada Ley, establece que el Instituto de Gestión Electoral (IGE)

ejerce sus funciones específicas de modo imparcial y en coordinación con las demás

autoridades públicas, sin sujeción a directivas, instrucciones ni condiciones que se

impartan o establezcan por sujetos ajenos a su estructura, emitiendo decisiones en

materia electoral susceptibles de ser revisadas solo judicialmente;

Que en el artículo 5° del Anexo I de la Ley N° 6.031 Código Electoral de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires se establece que el Instituto de Gestión Electoral, con

potestades administrativas en materia electoral, es uno de los Organismos Electorales

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con las competencias y funcionamiento

previsto en las leyes respectivas;

Que en el marco de las competencias atribuidas por el artículo 4° de la Ley N° 6.031,

se establece que el Instituto de Gestión Electoral: "... 1) Organiza y administra el

proceso electoral tomando parte en todas las instancias correspondientes, de acuerdo

con lo previsto en la normativa vigente";

Que mediante el Convenio N° 09/2007, suscripto por el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, el Ministerio del Interior de la Nación, la Excma. Cámara

Nacional Electoral y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1

con competencia Electoral en el distrito de la Capital Federal, cuyo objeto es

instrumentar las condiciones en que las partes mencionadas se brindarán colaboración

mutua al momento de llevarse a cabo elecciones en el distrito, sean simultáneas o

exclusivamente locales, como así también la cooperación técnica entre ellas, se ha

previsto entre otras cuestiones, los criterios para establecer la compensación

económica que la instrumentación de las acciones requieren en cada oportunidad;

Que atrevés del Decreto No 109/23 el Jefe de Gobierno convocó al electorado de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires a elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y

Obligatorias para que, en forma concurrente con las elecciones primarias nacionales,

proceda a la selección, de un (1) candidato/a a Jefe/a de Gobierno, treinta (30)

candidatos/as a Diputados/as titulares y respectivos suplentes para integrar el Poder

Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y siete (7) candidatos/as a

miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las quince (15) Juntas

Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por agrupación política,

conforme las previsiones establecidas en el cuarto párrafo del artículo 60 del Código

Electoral - Anexo I de la Ley N° 6.031;

Que asimismo, convocó al electorado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a

elecciones generales, a celebrarse en forma concurrente con las elecciones generales

nacionales, para que proceda a la elección de Jefe/a de Gobierno y Vicejefe/a de

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, treinta (30) Diputados/as titulares y

sus suplentes para integrar el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires y siete (7) miembros integrantes titulares y sus suplentes de cada una de las

quince (15) Juntas Comunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quienes

asumirán sus funciones el día 10 de diciembre de 2023 conforme las previsiones

establecidas en el cuarto párrafo del artículo 60 del Código Electoral - Anexo I de la

Ley N° 6.031, disponiendo además que la celebración de la eventual segunda vuelta

electoral, prevista en el artículo 96 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y

el artículo 43 del Código Electoral, será realizada en la misma fecha que establezca el

Poder Ejecutivo Nacional para la eventual segunda vuelta electoral nacional;

Que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia

Electoral en el distrito de la Capital Federal solicitó la pertinente transferencia de

fondos que se efectuará en el marco de lo establecido por la cláusula Décimo Sexta

del convenio mencionado por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y UN

MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON

00/100 ($ 281.536.320,00), relativas a 68.000 horas extraordinarias;

Que la pertinente transferencia se efectuará en el marco de lo establecido en la

cláusula Décimo Séptima del Convenio ut supra mencionado que establece que el

pago se realizará en un cincuenta por ciento (50%) dentro de los cinco (5) días de

efectuada la convocatoria a elecciones con más un veinticinco por ciento (25 %) dentro

de los sesenta (60) días de efectuada dicha convocatoria;

Que transcurrido tal plazo, resulta necesario realizar una transferencia por la suma de

PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS

MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 281.536.320,00), a depositarse en la

Cuenta Corriente del Banco Ciudad de Buenos Aires - Sucursal Tribunales N° 4445/7

a nombre de la Secretaría Electoral de Capital Federal -CBU N°

0290005600000000444578;

Que el Instituto de Gestión Electoral, como Organismo Electoral de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires con las competencias y funcionamiento previsto en las

leyes respectivas entiende necesario dar curso favorable a la transferencia que debe

realizarse en materia electoral;

Que fue verificada la existencia de fondos suficientes en la partida presupuestaria

correspondiente;

Que en consecuencia corresponde autorizar el gasto a favor del Juzgado Nacional en

lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia Electoral en el distrito de la

Capital Federal, por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES

QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($

281.536.320,00);

Que, en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 6.031 y el Decreto N°

116/23,

EL TITULAR DEL INSTITUTO DE GESTION ELECTORAL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorízase la transferencia a favor del Juzgado Nacional en lo Criminal y

Correccional Federal N° 1 con competencia Electoral en el distrito de la Capital

Federal, por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES

QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($

281.536.320,00), a depositarse en la Cuenta Corriente del Banco Ciudad de Buenos

Aires - Sucursal Tribunales N° 4445/7 a nombre de la Secretaría Electoral de Capital

Federal -CBU N° 0290005600000000444578, destinado a atender las tareas

relacionadas con las próximas elecciones convocadas por el Jefe de Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el Decreto No 109/23, al amparo de lo

previsto en el Convenio N° 09/2007.

Artículo 2°.- Facultase a la Dirección General de Contaduría a efectuar la transferencia

autorizada por el anterior artículo.

Artículo 3°.- El gasto que demande la presente será imputado a las partidas

presupuestarias correspondientes.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

comuníquese al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con

competencia Electoral en el distrito de la Capital Federal, al Ministerio de Hacienda y

Finanzas, a la Dirección General de Contaduría y pase a la Dirección General de

Contaduría para la prosecución del trámite. Emiliozzi

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
<p>Artículo 1° de la Resolucion 12-IGE/23 autoriza la transferencia a favor del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1 con competencia Electoral en el distrito de la Capital Federal, por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 281.536.320,00), a depositarse en la Cuenta Corriente del Banco Ciudad de Buenos Aires - Sucursal Tribunales N° 4445/7 a nombre de la Secretaría Electoral de Capital Federal -CBU N° 0290005600000000444578, destinado a atender las tareas relacionadas con las próximas elecciones convocadas por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el Decreto No 109/23, al amparo de lo previsto en el Convenio N° 09/2007.</p>