RESOLUCIÓN 613 2023 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Síntesis:
MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 243/EATC/23 - APRUEBA - A PARTIR DEL 3 DE MAYO DE 2023 - PRECIOS - VENTA INDIVIDUAL - LOCALIDADES - TEMPORADA ARTÍSTICA 2023 - INFORMA - ENTRADAS CORRESPONDIENTES POR LEY N° 3546 - SUJETAS A DISPONIBILIDAD - CUPO ESTABLECIDO - CERTIFICADO OFICIAL - BOLETERÍA DEL TEATRO COLÓN - ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
Publicación:
12/05/2023
Sanción:
09/05/2023
Organismo:
ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN
VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N° 6.588), la Ley de Procedimiento
Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N°
1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 133-GCABA-
SSHA/22, 1369-GCABA-EATC/22, y 243-GCABA-EATC/23, el EX-2023-16988296-
GCABA-DGTALEATC, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la modificación de los precios que regirán, a
partir del 3 de mayo del 2023, en la venta individual de las localidades
correspondientes a la Temporada Artística 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón;
Que mediante la Ley 2.855 se creó el Ente Autárquico Teatro Colón en el ámbito del
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la
organización y competencia establecidas en esa Ley y por Decreto N° 1.342/08 se
aprobó su reglamentación;
Que el artículo 2° de la Ley dispone que es misión de este Ente "crear, formar,
representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de
cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición
histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires";
Que en su artículo 3° establece entre las diferentes funciones en favor de este Coliseo
para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los
habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la
Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que
desarrolla" (inciso b) y la de "entender en la planificación, programación y ejecución de
actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara y
experimental" (inciso c);
Que el artículo 14° inciso c) dispone que es función del Director/a General establecer
la programación de los espectáculos que desarrolle este Teatro;
Que en el artículo 14, inciso I) se estatuye como función del Director/a General
"Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los
objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos humanos,
físicos, económicos financieros y patrimoniales...";
Que en el artículo 14, inciso m) se detalla como función del Director/a General
"Celebrar los actos jurídicos de naturaleza civil, comercial y administrativa que sean
necesarios para el ejercicio de las funciones del Ente Autárquico Teatro Colón";
Que el artículo 28 inciso c) instaura entre los recursos propios del Ente Autárquico
Teatro Colón, "los fondos provenientes de las recaudaciones de boletería que obtenga
por sus actividades y prestaciones a terceros";
Que el Capítulo II "Del Precio de Arrendamientos y Espectáculos" artículo 507 del
Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto consolidado por Decreto
N° 69/GCABA/21), faculta al Poder Ejecutivo para establecer los precios de entrada a
los espectáculos que organice y de los servicios complementarios que se presten en
las salas o locales donde aquellos se realicen, como así también el precio de las
entradas a los polideportivos o similares; Que. en el marco de estas consideraciones
surge que la autonomía funcional y la autarquía financiera y la competencia asignada
por la Ley 2855 determinan que este Ente Autárquico pueda per se fijar el precio de
las entradas individuales de las propias funciones que organice;
Que en igual sentido se expidió la Secretaría Legal y Técnica mediante la Providencia
PV-2012-01339516-DGCL, de fecha 27 de junio de 2012, donde destacó que esta
Dirección General podrá establecer el precio de las localidades sin que sea necesaria
la autorización previa o ratificación posterior por la máxima autoridad de la
Administración del Gobierno de la Ciudad;
Que, por Expediente Electrónico N° 2022-05653667-GCABA-DGTES tramitó la
Licitación Pública N° 614-0102-LPU22 que tiene por objeto la contratación de un
servicio integral de provisión de una plataforma informática para la emisión, gestión,
venta de entradas, merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler
de equipos, provisión de insumos y puestos de boletería de acuerdo con el
procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos
Aires Compras (BAC), para ser utilizado en todo el gobierno de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires;
Que mediante Resolución N° 133-GCABA-SSHA/22 se aprobó la mencionada
Licitación y se Adjudicó la misma a la firma ENTRADAUNO SRL (CUIT N°
33715125159);
Que por Resolución N° 1.369-GCABA-EATC/22 se aprobaron los Títulos de la
Temporada Artística 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón, conforme Anexo I IF-
2022-45860301- GCABA-DGPREATC;
Que en la Resolución N° 243-GCABA-EATC/23, se aprobaron los precios que rigen
desde el 8 de marzo de 2023 la venta individual de las localidades correspondientes a
la Temporada Artística 2023, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo adjunto IF-
2023-08479374-GCABA-DGTALEATC;
Que, a través del IF-2023-16992604-GCABA-DGTALEATC, la Gerencia Operativa de
Promoción Comercial y Financiera, dependiente de la Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal, solicita formalizar la aprobación de los precios de venta
individual de localidades, a partir del 3 de mayo del 2023, correspondientes a Ópera
(Gran Abono, Nocturno Nuevo, Nocturno Tradicional, Vespertino y Extraordinario),
Ballet (Nocturno, Vespertino y Extraordinario), Colón para Chicos, Grandes Intérpretes
y Orquesta Filarmónica de Buenos Aires (OFBA), todas funciones artísticas de la
Temporada Artística 2023, del Ente Autárquico Teatro Colón y acompaña el listado de
precios obrante en IF-2023-16991387-GCABA-DGTALEATC Anexo;
Que por lo expuesto resulta necesaria la aprobación de los precios que regirán a partir
del 3 de mayo del 2023 en las localidades de venta individual correspondientes a la
Temporada Artística 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón;
Que la Gerencia Operativa de Gestión Sectorial y la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal han tomado intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 2855,
Artículo 1°.- Modificar la Resolución N° 243-GCABA-EATC/23 aprobándose a partir del
3 de Mayo de 2023, los precios que regirán para la venta individual de las localidades
correspondientes a la Temporada Artística 2023, de acuerdo al detalle obrante en el
Anexo adjunto IF-2023-16991387-GCABA-DGTALEATC, el cual forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- Informar que las entradas correspondientes por Ley N° 3.546, se
encuentran sujetas a disponibilidad en razón del cupo establecido por la mencionada
ley, debiendo presentar el certificado oficial correspondiente en la boletería del Teatro
Colón.
Artículo 3°.- Establecer e informar que se tomarán las medidas que resulten
necesarias dentro de la programación y/o la reprogramación de las visitas guiadas
previstas, dado el contexto sanitario imperante y a efectos de implementar los
recaudos pertinentes, y asimismo podrán modificarse las localidades destinadas al
expolio y/o las destinadas a la venta.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remitir
para su conocimiento a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente
Autárquico Teatro Colón. Notificar a la firma ENTRADAUNO S.R.L. conforme lo
estipulado en el Art.61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N°1510/97. Cumplido, archívese.
Telerman