RESOLUCIÓN 613 2023 ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Síntesis:

MODIFICA - RESOLUCIÓN N° 243/EATC/23 - APRUEBA - A PARTIR DEL 3 DE MAYO DE 2023 - PRECIOS - VENTA INDIVIDUAL - LOCALIDADES - TEMPORADA ARTÍSTICA 2023 - INFORMA - ENTRADAS CORRESPONDIENTES POR LEY N° 3546 - SUJETAS A DISPONIBILIDAD - CUPO ESTABLECIDO - CERTIFICADO OFICIAL - BOLETERÍA DEL TEATRO COLÓN -  ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

Publicación:

12/05/2023

Sanción:

09/05/2023

Organismo:

ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN


VISTO: La Ley N° 2.855 (texto consolidado por Ley N° 6.588), la Ley de Procedimiento

Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N°

1510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 133-GCABA-

SSHA/22, 1369-GCABA-EATC/22, y 243-GCABA-EATC/23, el EX-2023-16988296-

GCABA-DGTALEATC, y

CONSIDERANDO:

Que por las presentes actuaciones tramita la modificación de los precios que regirán, a

partir del 3 de mayo del 2023, en la venta individual de las localidades

correspondientes a la Temporada Artística 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón;

Que mediante la Ley 2.855 se creó el Ente Autárquico Teatro Colón en el ámbito del

Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con

personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la

organización y competencia establecidas en esa Ley y por Decreto N° 1.342/08 se

aprobó su reglamentación;

Que el artículo 2° de la Ley dispone que es misión de este Ente "crear, formar,

representar, promover y divulgar el arte lírico, coreográfico, musical -sinfónico y de

cámara- y experimental, en su expresión de excelencia de acuerdo a su tradición

histórica, en el marco de las políticas culturales de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires";

Que en su artículo 3° establece entre las diferentes funciones en favor de este Coliseo

para procurar el cumplimiento de su misión, la de "...facilitar al conjunto de los

habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme al artículo 32 de la

Constitución de la Ciudad, el acceso a las actividades artístico-culturales que

desarrolla" (inciso b) y la de "entender en la planificación, programación y ejecución de

actividades vinculadas al arte lírico, coreográfico, musical - sinfónico y de cámara y

experimental" (inciso c);

Que el artículo 14° inciso c) dispone que es función del Director/a General establecer

la programación de los espectáculos que desarrolle este Teatro;

Que en el artículo 14, inciso I) se estatuye como función del Director/a General

"Planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los

objetivos del Ente Autárquico Teatro Colón y las actividades de los recursos humanos,

físicos, económicos financieros y patrimoniales...";

Que en el artículo 14, inciso m) se detalla como función del Director/a General

"Celebrar los actos jurídicos de naturaleza civil, comercial y administrativa que sean

necesarios para el ejercicio de las funciones del Ente Autárquico Teatro Colón";

Que el artículo 28 inciso c) instaura entre los recursos propios del Ente Autárquico

Teatro Colón, "los fondos provenientes de las recaudaciones de boletería que obtenga

por sus actividades y prestaciones a terceros";

Que el Capítulo II "Del Precio de Arrendamientos y Espectáculos" artículo 507 del

Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Texto consolidado por Decreto

N° 69/GCABA/21), faculta al Poder Ejecutivo para establecer los precios de entrada a

los espectáculos que organice y de los servicios complementarios que se presten en

las salas o locales donde aquellos se realicen, como así también el precio de las

entradas a los polideportivos o similares; Que. en el marco de estas consideraciones

surge que la autonomía funcional y la autarquía financiera y la competencia asignada

por la Ley 2855 determinan que este Ente Autárquico pueda per se fijar el precio de

las entradas individuales de las propias funciones que organice;

Que en igual sentido se expidió la Secretaría Legal y Técnica mediante la Providencia

PV-2012-01339516-DGCL, de fecha 27 de junio de 2012, donde destacó que esta

Dirección General podrá establecer el precio de las localidades sin que sea necesaria

la autorización previa o ratificación posterior por la máxima autoridad de la

Administración del Gobierno de la Ciudad;

Que, por Expediente Electrónico N° 2022-05653667-GCABA-DGTES tramitó la

Licitación Pública N° 614-0102-LPU22 que tiene por objeto la contratación de un

servicio integral de provisión de una plataforma informática para la emisión, gestión,

venta de entradas, merchandising, localidades de actividades y/o eventos con alquiler

de equipos, provisión de insumos y puestos de boletería de acuerdo con el

procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos

Aires Compras (BAC), para ser utilizado en todo el gobierno de la Ciudad Autónoma

de Buenos Aires;

Que mediante Resolución N° 133-GCABA-SSHA/22 se aprobó la mencionada

Licitación y se Adjudicó la misma a la firma ENTRADAUNO SRL (CUIT N°

33715125159);

Que por Resolución N° 1.369-GCABA-EATC/22 se aprobaron los Títulos de la

Temporada Artística 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón, conforme Anexo I IF-

2022-45860301- GCABA-DGPREATC;

Que en la Resolución N° 243-GCABA-EATC/23, se aprobaron los precios que rigen

desde el 8 de marzo de 2023 la venta individual de las localidades correspondientes a

la Temporada Artística 2023, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo adjunto IF-

2023-08479374-GCABA-DGTALEATC;

Que, a través del IF-2023-16992604-GCABA-DGTALEATC, la Gerencia Operativa de

Promoción Comercial y Financiera, dependiente de la Dirección General Técnica,

Administrativa y Legal, solicita formalizar la aprobación de los precios de venta

individual de localidades, a partir del 3 de mayo del 2023, correspondientes a Ópera

(Gran Abono, Nocturno Nuevo, Nocturno Tradicional, Vespertino y Extraordinario),

Ballet (Nocturno, Vespertino y Extraordinario), Colón para Chicos, Grandes Intérpretes

y Orquesta Filarmónica de Buenos Aires (OFBA), todas funciones artísticas de la

Temporada Artística 2023, del Ente Autárquico Teatro Colón y acompaña el listado de

precios obrante en IF-2023-16991387-GCABA-DGTALEATC Anexo;

Que por lo expuesto resulta necesaria la aprobación de los precios que regirán a partir

del 3 de mayo del 2023 en las localidades de venta individual correspondientes a la

Temporada Artística 2023 del Ente Autárquico Teatro Colón;

Que la Gerencia Operativa de Gestión Sectorial y la Dirección General Técnica

Administrativa y Legal han tomado intervención en el marco de sus competencias.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley 2855,

EL DIRECTOR GENERAL

DEL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN

RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar la Resolución N° 243-GCABA-EATC/23 aprobándose a partir del

3 de Mayo de 2023, los precios que regirán para la venta individual de las localidades

correspondientes a la Temporada Artística 2023, de acuerdo al detalle obrante en el

Anexo adjunto IF-2023-16991387-GCABA-DGTALEATC, el cual forma parte de la

presente Resolución.

Artículo 2°.- Informar que las entradas correspondientes por Ley N° 3.546, se

encuentran sujetas a disponibilidad en razón del cupo establecido por la mencionada

ley, debiendo presentar el certificado oficial correspondiente en la boletería del Teatro

Colón.

Artículo 3°.- Establecer e informar que se tomarán las medidas que resulten

necesarias dentro de la programación y/o la reprogramación de las visitas guiadas

previstas, dado el contexto sanitario imperante y a efectos de implementar los

recaudos pertinentes, y asimismo podrán modificarse las localidades destinadas al

expolio y/o las destinadas a la venta.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Remitir

para su conocimiento a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ente

Autárquico Teatro Colón. Notificar a la firma ENTRADAUNO S.R.L. conforme lo

estipulado en el Art.61 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, aprobada por el Decreto N°1510/97. Cumplido, archívese.

Telerman


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 6620

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Articulo 1° de la Resolucion N° 1822-EATC-23 modifica la Resolución N° 613-GCABA-EATC-23 y convalida los nuevos precios, vigentes desde el 1° de noviembre de 2023, para la venta individual de las localidades<br />correspondientes a la Temporada Artística 2023, </p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 613/EATC/23 modifica la Resolución N° 243/EATC/23, aprobándose a partir del 3 de Mayo de 2023, los precios que regirán para la venta individual de las localidades correspondientes a la Temporada Artística 2023.</p>